Dosier legislativo de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes

La ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, publicada en el BOE el 25 de julio de 2015 y que entra en vigor el 1 de abril de 2017, adecúa el marco normativo del sistema de patentes a las necesidades actuales y acomoda el sector de la innovación a la evolución normativa comunitaria e internacional.

Objetivos

El principal objetivo de la Ley es facilitar la obtención rápida de títulos sólidos para los innovadores nacionales. Para ello, la novedad más destacada introducida por la norma es el establecimiento del examen previo de novedad y actividad inventiva como único sistema para la concesión de patentes, sistema que simplifica y agiliza la protección de la innovación mediante patentes y refuerza la seguridad jurídica.

Novedades

1) Se establece como único sistema para la concesión de patentes el examen previo de novedad y actividad inventiva, eliminándose el sistema opcional o “a la carta”.

2) Se modifica el modelo de utilidad en aspectos como el tipo de invenciones que protege o las condiciones necesarias para ejercitar acciones en defensa de dicho título.

3) Se eliminan los certificados de adición.

4) En las invenciones realizadas en el marco de una relación de empleo o de servicios, se refuerza el equilibrio entre el deber de información del empleado y el de respuesta y ejecución del empresario. Asimismo, respecto de la presunción de que las invenciones se realizaron durante la vigencia de la relación, se sustituye la presunción iuris et de iure por la presunción iuris tantum.

5) Respecto de la solicitud de patente:

* Se simplifican los requisitos para obtener la fecha de presentación.

* Se añade a los requisitos de la solicitud la obligación de informar sobre el origen geográfico o la fuente de procedencia de la materia biológica a que se refiera la invención.

* Se introduce la prioridad interna.

6) Respecto del procedimiento de concesión de patentes (examen previo):

* Se integra la búsqueda con el examen técnico, plasmándose las conclusiones en la opinión escrita y a cuyas objeciones podrá contestar el interesado.

* Se establece el pago inicial de la tasa de búsqueda.

* Se establece un sistema de oposición post-concesión, manteniéndose las observaciones de terceros.

* Se modifica el régimen de recursos administrativos contra la concesión de patente.

7) Respecto de las acciones de defensa del titular de la patente:

* A efectos de...

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