Dosier legislativo de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022

El BOE del 29 de diciembre publica la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, que entra en vigor el 1 de enero de 2022.

La presente Ley de Presupuestos recoge el testigo de la norma a la que sucede y se redacta con ánimo de consolidar una recuperación económica y social justa que permita la creación de un escenario económico resiliente y un crecimiento sostenible basado en la modernización estructural del tejido productivo en un contexto de cohesión social y territorial.

Contexto normativo

Los efectos de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 ocasionaron una evidente influencia en los Presupuestos Generales del Estado para 2021, los cuales presentaron una clara orientación hacia la recuperación económica y social.

Consecuencia de lo anterior, la presente Ley de Presupuestos para el año 2022 recoge el testigo de la norma de 2021 y se redacta con el objetivo de consolidar una recuperación económica y social justa que permita la creación de un escenario económico resiliente y un crecimiento sostenible.

En este contexto, resulta de obligada referencia la incorporación a los Presupuestos de fondos procedentes de la puesta en marcha del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, dentro del instrumento excepcional de recuperación Next Generation EU, para la realización de reformas e inversiones sostenibles y favorables al crecimiento.

Estructura de la Ley
Título I: De la aprobación de los Presupuestos y de sus modificaciones

En el presente Título se aprueban la totalidad de los estados de ingresos y gastos del sector público estatal y se consigna el importe de los beneficios fiscales que afectan a los tributos del Estado.

Entre otras materias, se recoge el ámbito de los Presupuestos Generales del Estado teniendo en cuenta la clasificación que realiza la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presupuesto de gastos de funcionamiento e inversiones del Banco de España, las normas de modificación y ejecución de créditos presupuestarios, las limitaciones presupuestarias y los créditos vinculantes que han de operar durante la vigencia de la Ley y la financiación de la asistencia sanitaria prestada por el Instituto de Gestión Sanitaria y por el Instituto Social de la Marina.

Título II: Gestión Presupuestaria

En el Título II se regula la gestión de los presupuestos docentes, se recogen competencias específicas en materia de modificaciones presupuestarias en el ámbito del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y se incluyen normas sobre la aplicación de remanentes de tesorería en el presupuesto del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

También se establece el porcentaje de participación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la recaudación bruta obtenida en 2021 derivada de su actividad propia, fijándo dicho porcentaje en un 5 por ciento.

Título III: De los gastos de personal

El presente Título, sin ánimo de exhaustividad, trata sobre los gastos del personal con la previsión general de que, durante el año 2022, tanto las retribuciones del personal al servicio del sector público como la masa salarial del personal laboral experimentarán un crecimiento del 2 por ciento respecto de los vigentes a 31 de diciembre de 2021.

También se incluye la regulación de la Oferta de Empleo Público, que se sujetará a una tasa de reposición de efectivos del 110 por cien. Respecto de los sectores considerados como prioritarios, la tasa será del 120 por cien y para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuerpos de Policía Autonómica y Policías Locales, será del 125 por cien.

Título IV: De las pensiones públicas

El presente Título hace referencia al criterio para la actualización de las pensiones abonadas por el sistema de la Seguridad Social. En este caso, no se fija el porcentaje de incremento sino que se establece el procedimiento para su determinación. De este modo, las pensiones experimentan un incremento porcentual igual al valor medio de las tasas de variación interanual expresadas en tanto por ciento del Índice de Precios al Consumo de los doce meses previos a diciembre de 2021.

No obstante lo anterior, se establece un incremento del 3 por ciento respecto de las pensiones no contributivas.

Título V: De las Operaciones Financieras

El Título V regula la deuda pública, los avales públicos y otras garantías y relaciones del Estado con el Instituto de Crédito Oficial. El principal objetivo del Título es autorizar la cuantía hasta la cual el Estado y los Organismos Públicos puedan realizar operaciones de endeudamiento.

Título VI: Normas Tributarias

En el presente Título se regulan varios cambios en el ámbito tributario que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre el Valor Añadido, el Impuesto de Sociedades, el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, el Impuesto sobre Actividades Económicas, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y las tasas públicas.

Título VII: De los Entes Territoriales

En el Título VI se contienen normas relativas a la financiación de las Entidades Locales, englobando en el mismo a los municipios, provincias, cabildos y consejos insulares, así como Comunidades Autónomas uniprovinciales. El núcleo principal está constituido por la articulación de la participación de las Entidades Locales en los tributos del Estado, tanto en la determinación de su cuantía, como en la forma de hacerla efectiva

También se regulan determinados aspectos de la financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y de las Ciudades con Estatuto de Autonomía.

Título VIII: Cotizaciones Sociales

El presente Título recoge la normativa relativa a las bases y tipos de cotización de los distintos regímenes de la Seguridad Social, procediendo a su actualización.

Dicho Título se divide en tres artículos relativos, respectivamente, a «Bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional durante el año 2022» y «Cotización a las Mutualidades Generales de Funcionarios para el año 2022» y «Cotización a derechos pasivos».

Disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales

El contenido de la Ley de Presupuestos se completa con diversas disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales, en las que se recogen preceptos de índole muy variada.

Principales novedades
Novedades en materia fiscal
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

* Se minora el límite general de reducción aplicable en la base imponible por aportaciones y contribuciones a sistemas de previsión social, si bien se prevé que dicho límite pueda incrementarse no solo mediante la realización de contribuciones empresariales, sino también mediante aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social siempre que estas aportaciones sean de igual o inferior importe a la respectiva contribución empresarial. De este modo, se eleva la cuantía del incremento de este...

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