Dos grandes juristas en el comienzo del derecho del trabajo europeo. Ludovico Barassi y Philipp Lotmar: parecidos y diferencias

AutorLuca Nogler
CargoUniversidad de Trento. Italia
Páginas223-242
223
1. PARECIDOS
Un año antes de la publicación del «contrato de trabajo [Arbeitsvertrag]» de
Lotmar2, el italiano Ludovico Barassi publicó un volumen comprensivo de 916
páginas, con el título «Il contratto di lavoro nel diritto positivo italiano»3. Para la
comparación del «contrato de trabajo [Arbeitsvertrag]» de Lotmar con el «con-
trato de trabajo [contratto di lavoro]» de Barassi, señalo que la ciencia jurídica
italiana dedicó al primer volumen del contrato de trabajo más atención, un año
después de la edición del libro de Barassi, que la que se prestó al opus magnum
de Lotmar en Alemania. Por aquel entonces, los juristas italianos estaban fas-
cinados por los pandectistas alemanes. Ludovico Barassi se apresuró a revisar
su libro en relación con el contrato de trabajo de Lotmar. Publicó una segunda
edición entre 1915 y 19174, y duplicó la extensión de la primera edición.
El Código Civil italiano de 1942 utiliza la expresión genérica «contrato de tra-
bajo [contratto di lavoro]». Se trata de una expresión genérica delimitada como
el concepto de Lotmar de contrato de trabajo (Arbeitsvertrags). No comprende
todos los contratos que implican una obligación de hacer («obbligazioni di
facere»). No obstante, lo que en Alemania se denomina hoy contrato de trabajo
(Arbeitsvertrag), tampoco cabe traducirlo con el término «contrato de trabajo
[contratto di lavoro]», puesto que el contrato de trabajo alemán representa, en
el «Código Civil» italiano, un tipo con dos posibles «contratos de trabajo», seña-
ladamente el «contrato de trabajo subordinado o dependiente» (con subordina-
ción o dependencia).
1 * Traducción al castellano, desde el alemán original («Ludovico Barassi und Philipp Lotmar:
Gemeinsamkeiten und Unterschiede»), de A. Arufe Varela.
2 LOTMAR, P., Der Arbeitsvertrag nach dem Privatrecht des deutschen Reiches, I (Leipzig, 1902).
3 BARASSI, L., Il contratto di lavoro nel diritto positivo italiano (Milán, 1901), referido en lo que sigue como
BARASSI, Il contratto di lavoro, 1ª ed.
4 BARASSI, L., Il contratto di lavoro nel diritto positivo italiano, 2ª ed., I (Milán, 1915), II (Milán, 1917),
referido en lo que sigue como BARASSI, Il contratto di lavoro I o II, respectivamente.
1. Parecidos. 2. Diferencias. 3. Las consecuencias de las diferencias: Lotmar tiene cabeza de Jano, ni el «último
pandectista», ni el «primer laboralista». 4. El primer volumen: el contrato de trabajo como promesa contractual
de hacer. 5. El segundo volumen como comienzo de la ciencia del Derecho del Trabajo ¿errores instructivos?
Luca Nogler
Universidad de Trento. Italia.
DEBATE
DOS GRANDES JURISTAS EN EL COMIENZO DEL DERECHO
DEL TRABAJO EUROPEO. LUDOVICO BARASSI Y PHILIPP
LOTMAR: PARECIDOS Y DIFERENCIAS
DEBATE__Dos grandes juristas en el comienzo del derecho del trabajo europeo. Ludovico Barassi y Philipp Lotmar: parecidos y diferencias
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En la comparación de las obras de Lotmar y Barassi, hay que constatar cinco
puntos de partida comunes:
1.1 Ambos eran conscientes de que debían situar sus afirmaciones en el marco
del Derecho positivo, lo que ambos explicitan ya en los títulos. El título de la
segunda edición del contrato de trabajo de Lotmar ya no contiene las palabras
«según el Derecho privado del Imperio alemán»5. Considero esto un aislamiento
inadecuado de su trabajo de la cultura de la época en la fue escrito.
1.2 Ambos autores, tanto Lotmar como Barassi, desconfiaban de los jueces. Segu-
ramente, ambos habrían estado de acuerdo con la opinión del amigo de Lotmar,
Theodor Loewenfeld, de que «el Derecho … no [es] en absoluto propiedad del
juez, sino un bien común»6.
1.3 Ambos conocían muy bien la tradición, que en italiano se llama «letteratura
testuale di diritto romano», a la que ambos se refieren a menudo en sus obras.
Deliberadamente, no utilizo la expresión «fuentes del Derecho Romano», por-
que ambos autores difieren entre sí en relación con ella. Lotmar se refiere a
la «tradizione letteraria testuale» como tradición literaria7. Lotmar y Barassi
concuerdan en dos aspectos adicionales, en los que siguen a Ludwig Knapp, del
que Lotmar, como precisó en una carta a Sinzheimer, se consideraba discípulo
sólo en relación con la Filosofía del Derecho, y en cuyo recuerdo escribió la
conferencia «Del Derecho que nació con nosotros»8. Según sus palabras, Knapp
perseguía el objetivo de luchar contra «la vegetación del error de las fantasías
jurídicas», esto es, todas las consideraciones que exceden de las fuentes jurídicas
positivas9. Lotmar y Barassi le seguían como juristas. Las fantasías jurídicas que
se derivan de motivos económicos y/o políticos, no debían ocupar ningún lugar
en la interpretación.
1.4 En cuarto lugar, las dos grandes obras partían de diferenciar el trabajo de los
juristas del de los economistas. Barassi menciona indignado los «árbitros sur-
gidos de los valores sociales: los nacionaleconomistas»10. Lotmar es aquí muy
preciso: la economía nacional no se interesa en un intercambio entre trabajo y
5 LOTMAR, P., Der Arbeitsvertrag (Berlín, 2001), en lugar de LOTMAR, P., Der Arbeitsvertrag nach dem
Privatrecht des deutschen Reiches I (Leipzig 1902), II (Leipzig 1908), referido en lo que sigue como LOTMAR,
Der Arbeitsvertrag I o II, respectivamente.
6 LOEWENFELD, T., J. v. Staudingers Kommentar zum Bürgerlichen Gesetzbuch und dem Einführungsgesetz,
7ª/8ª ed. (Múnich, 1912-1914), p. 12. Cfr. LOTMAR, P., Die Gerechtigkeit, en el mismo, Vom Rechte, das mit
uns geboren ist. – Die Gerechtigkeit. Zwei Vorträge (Berna, 1893), p. 52: «Si se defiende ante todo que de la
jurisprudencia se espera justicia, resulta como corresponde que la exigencia de justicia no se limita a las
sentencias que se dicten por tribunales estatales en procesos o litigios, sino que también se requiere de otras
sentencias que sean justas».
7 LOTMAR, Der Arbeitsvertrag II, 1.
8 LOTMAR, Vom Rechte (como en nota 8). Véase RADBRUCH, G. , Rechtsphilosophie (autoría de
KAUFMANN, A.), en el mismo, Gesamtausgabe, vol. 2 (Heidelberg, 1993), p. 31 y nota 10.
9 KNAPP, L., System der Rechtsphilosophie (Erlagen, 1857), p. 243.
10 BARASSI, Il contratto di lavoro nel diritto positivo italiano (Milán, 1901), después reeditado en Milán,
2003, el cual cito como Il contratto di lavoro1).

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