División judicial de herencia. Calificación registral de documentos judiciales

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad
Páginas259-261

Resumen: Se discute, en este recurso, el alcance que puede tener la calificación registral respecto de los documentos judiciales. La RS ratifica que las decisiones judiciales no pueden acceder automáticamente al Registro de la Propiedad, sin haber pasado antes por el tamiz de la calificación registral, ya que es, el registrador, quien debe examinar, en todo caso -a efectos de la inscripción- sus formalidades extrínsecas, los obstáculos que puedan surgir del Registro, así como la competencia del juzgado o tribunal que la dicta y la congruencia del mandato con el procedimiento o juicio en que se hubiera dictado la resolución.

Hechos: En el Registro de la Propiedad aparece una vivienda inscrita, en principio, a nombre de los padres de A.M.C., que se encontraban casados en régimen de gananciales.

Más tarde, por sentencia de 2009, relativa a juicio ordinario de división judicial de herencia de A.M.C., se adjudica la titularidad de aquella vivienda primitiva (inscrita, como digo, a nombre de los dos padres de ésta), en proindiviso y por partes iguales, a los cinco hijos de A.M.C., sin perjuicio de la cuota legal usufructuaria del esposo de ésta. Y en el antecedente tercero de dicha...

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