DECRETO 106/2004, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean diversas distinciones honoríficas en la Sanidad madrileña.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Consumo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 106/2004, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se crean diversas distinciones honoríficas en la Sanidad madrileña.

Resulta una práctica habitual en la sociedad contemporánea y en todas las épocas, tanto premiar y reconocer la colaboración de manera excepcional de personas e instituciones, como recompensar y distinguir los servicios prestados.

En este sentido, la Sanidad es una de las áreas en la que los servicios que en ella se prestan tienen más trascendencia por estar dirigidos a cuidar y preservar la salud de los seres humanos. La dedicación y abnegación de los profesionales e instituciones sanitarias en el ejercicio de esta actividad, deben ser reconocidas con la relevancia que dichos méritos merecen.

El marco habitual de la competencia sobre sanidad e higiene viene atribuido a la Comunidad de Madrid en el artículo 27.4 de su Estatuto de Autonomía. Por otra parte, la plena asunción de las competencias en materia sanitaria por la Comunidad de Madrid, atribuidas por el Real Decreto 1479/2001, de 27 de diciembre, sobre traspaso a la Comunidad de Madrid de las funciones y servicios del Instituto Nacional de la Salud, hace que, en el ámbito sanitario, corresponda a dicha Administración la regulación de la concesión de los honores y distinciones relacionados con los servicios prestados a la misma.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, consciente del valor y la importancia de la Sanidad, y su repercusión en la sociedad, pretende reconocer acciones, servicios y méritos, así como fomentar y estimular las cualidades de aquellas personas e instituciones que contribuyan a la mejora de la calidad y el prestigio de la Sanidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Sanidad y Consumo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 1 de julio de 2004,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

  1. El presente Decreto tiene por objeto crear las condecoraciones y distinciones de carácter honorífico que a continuación se relacionan, con el propósito de reconocer y premiar a personas físicas y entidades:

    1. Gran Cruz de la Sanidad Madrileña.

    2. Placa de oro.

    3. Cruz de Honor de la Sanidad Madrileña en la categoría de oro.

    4. Cruz de Honor de la Sanidad Madrileña en la categoría de plata.e) Placa de plata.

    5. Insignia de oro.

    6. Insignia de plata.

    7. Diploma.

  2. En ningún caso estas condecoraciones y distinciones tendrán efectos económicos.

Artículo 2

Gran Cruz de la Sanidad...

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