Disposiciones legales publicadas en el BOE (por su fecha de publicación)

AutorCol.legi de Notaris de Catalunya
Páginas213-244

MES DE NOVIEMBRE DE 2000 A. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

  1. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Resolución 1/2000, de 11 de octubre, de la Dirección General de Tributos, relativa al ejercicio del derecho a la deducción de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas por los empresarios o profesionales con anterioridad a la realización por los mismos de las entregas de bienes y/o prestaciones de servicios que constituyen el objeto de su actividad empresarial o profesional. Publica BOE de 4 de noviembre.

  2. FIRMA ELECTRÓNICA - FEDATARIOS PÚBLICOS. Instrucción de 19 de octubre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el uso de la firma electrónica por los fedatarios públicos. Publica BOE de 9 de noviembre.

  3. TRANSACCIONES EXTERIORES: PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS. Circular 6/2000, de 31 de octubre, del Banco de España, modificando la n.° 23/1992, de 18 de diciembre, sobre préstamos, créditos y compensaciones exteriores a no residentes. Publica BOE de 17 de noviembre.

    Fija las cuantías mínimas para la obligación de notificación al Banco de España (para la atribución de NOF), en las siguientes: 3.000.000 ? (o su contravalor) para:

    1. los préstamos y créditos financieros y anticipos reintegrables concedidos por residentes que no sean entidades registradas a no residentes.

    2. las operaciones de financiación a no residentes mediante la adquisición por residentes de títulos emitidos por no residentes (pagarés, bonos, etc.), que no sean negociables en Bolsa o mercados organizados.

      La misma cifra constituye el limite por encima del cual las entidades registradas no pueden hacer adeudo o abono alguno derivados de financiaciones a no residentes sin que a éstas se les haya asignado el NOF correspondiente, si bien dicho NOF puede asignarse por la propia entidad registrada en los préstamos a no residentes (siempre que no sean residentes en paraísos fiscales) que no excedan de 6.000.000 (o su contravalor).

      6.000.000 (o su contravalor) para:

    3. Facilidades crediticias de residente a no residente y por plazo superior a un año en operaciones de exportación de bienes y servicios.

    4. Compensaciones de cobros o pagos entre residente y no residente por transacciones de cualquier natualeza.

  4. PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS. ÍNDICES. Resolución del Banco de España de 16 de noviembre de 2000, publicando los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda correspondientes al mes...

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