Disposiciones legales publicadas en el BOE (por su fecha de publicación)
Autor | Col.legi de Notaris de Catalunya |
Páginas | 213-244 |
MES DE NOVIEMBRE DE 2000 A. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
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IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Resolución 1/2000, de 11 de octubre, de la Dirección General de Tributos, relativa al ejercicio del derecho a la deducción de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido soportadas por los empresarios o profesionales con anterioridad a la realización por los mismos de las entregas de bienes y/o prestaciones de servicios que constituyen el objeto de su actividad empresarial o profesional. Publica BOE de 4 de noviembre.
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FIRMA ELECTRÓNICA - FEDATARIOS PÚBLICOS. Instrucción de 19 de octubre de 2000, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre el uso de la firma electrónica por los fedatarios públicos. Publica BOE de 9 de noviembre.
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TRANSACCIONES EXTERIORES: PRÉSTAMOS Y CRÉDITOS. Circular 6/2000, de 31 de octubre, del Banco de España, modificando la n.° 23/1992, de 18 de diciembre, sobre préstamos, créditos y compensaciones exteriores a no residentes. Publica BOE de 17 de noviembre.
Fija las cuantías mínimas para la obligación de notificación al Banco de España (para la atribución de NOF), en las siguientes: 3.000.000 ? (o su contravalor) para:
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los préstamos y créditos financieros y anticipos reintegrables concedidos por residentes que no sean entidades registradas a no residentes.
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las operaciones de financiación a no residentes mediante la adquisición por residentes de títulos emitidos por no residentes (pagarés, bonos, etc.), que no sean negociables en Bolsa o mercados organizados.
La misma cifra constituye el limite por encima del cual las entidades registradas no pueden hacer adeudo o abono alguno derivados de financiaciones a no residentes sin que a éstas se les haya asignado el NOF correspondiente, si bien dicho NOF puede asignarse por la propia entidad registrada en los préstamos a no residentes (siempre que no sean residentes en paraísos fiscales) que no excedan de 6.000.000 (o su contravalor).
6.000.000 (o su contravalor) para:
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Facilidades crediticias de residente a no residente y por plazo superior a un año en operaciones de exportación de bienes y servicios.
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Compensaciones de cobros o pagos entre residente y no residente por transacciones de cualquier natualeza.
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PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS. ÍNDICES. Resolución del Banco de España de 16 de noviembre de 2000, publicando los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda correspondientes al mes...
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