Disolución de comunidad con cuota indivisa ganancial. Intervención de ambos cónyuges

AutorJosé Félix Merino Escartin
CargoRegistrador de la propiedad

Resumen: En las comunidades de bienes en las que alguna de las cuotas indivisas es ganancial es necesaria la intervención de ambos cónyuges para el otorgamiento de la escritura de disolución de la comunidad y consiguiente extinción del condominio.

Hechos: Se disuelve la comunidad sobre un bien que inicialmente pertenecía por herencia a tres hermanas. En la escritura previa a la de disolución una de ellas aporta su cuota indivisa a su sociedad de gananciales, y en la escritura siguiente se le adjudica la totalidad del bien a la misma que aportó a la sociedad de gananciales pero no interviene su cónyuge.

La registradora suspende la inscripción de la disolución porque se precisa el consentimiento del cónyuge de la comunera adjudicataria para otorgar la disolución de comunidad.

El notario autorizante recurre y alega que la adjudicataria se limita a adquirir las otras 2/3 partes que no le pertenecen con dinero ganancial, para lo que está legitimada, y que no actúa sobre la tercera parte restante (1/3) que continúa siendo ganancial.

La Dirección General desestima el recurso.

Doctrina: En cuanto a la naturaleza del negocio jurídico de disolución de comunidad declara que produce una mutación jurídico real de carácter esencial en el bien, pues extingue la comunidad existente y...

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