Disolución sin causa

AutorSonia Amatriain Pérez
CargoBufete Alexander Pitts

SÌ, en efecto. Precisamente una de las causas de disoluciÛn de una S.A. es por acuerdo de la Junta General, que puede ser ordinaria o extraordinaria. Pero para que el acuerdo de disoluciÛn sea v·lido ser· necesario que, en primera convocatoria, concurran a la Junta, presentes o representados, accionistas que posean al menos el 50% del capital suscrito con derecho a voto. En segunda convocatoria ser· suficiente la concurrencia del 25% del capital, pero, en caso de que...

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