La dislexia y Naciones Unidas

AutorMar Moreno Rebato
Páginas125-135
7. LA DISLEXIA Y NACIONES UNIDAS
1� LA DISLEXIA Y LA CONVENCIÓN DE NACIONES UNIDAS DE LOS DERECHOS
DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Tratado Internacional, rmado por España, y como tal forma parte de nuestro
Ordenamiento Jurídico desde su publicación en el Boletín Ocial del Estado. Más
aún, el artículo 10.2. de la Constitución Española establece que las normas relativas
a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se
interpretarán de acuerdo a los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas
materias raticados por España; incluida, claro está, la Convención sobre los dere-
chos de las personas con discapacidad.
La Ley española sobre derechos de las personas con discapacidad; en concreto, El
Texto Refundido de la Ley General de los derechos de las personas con discapacidad
y de su inclusión social136 se dicta en aplicación de esta Convención, tal y como se
establece en el preámbulo de la misma:
135 Hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. Dicha Convención está raticada por
España, BOE nº 96, 21 de abril de 2008.
136 Vid. Real Decreto Legislativo 1/2013, 29 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido
de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
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