La discutida regulación de la deducción de los gastos de los vehículos parcialmente afectos en el IRPF Análisis de la STS 825/2019 de 13 de junio de 2019

AutorJosé Miguel Martín Rodríguez
CargoProfesor Ayudante Doctor de Derecho Financiero y Tributario Universidad Pablo de Olavide
Páginas297-309
Nueva Fiscalidad 297
Jurisprudencia y doctrina administrativa.
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La discutida regulación de la deducción
de los gastos de los vehículos
parcialmente afectos en el IRPF
Análisis de la STS 825/2019
de 13 de junio de 2019
José Miguel Martín Rodríguez
Profesor Ayudante Doctor de Derecho Financiero y Tributario
Universidad Pablo de Olavide
RESUMEN:
Un profesional pretende afectar parcialmente un vehículo a su actividad y aplica una proporción
de su amortización como gasto deducible. Tras una comprobación administrativa que le niega
dicha deducción la cuestión alcanza al TS que se pronuncia al respecto de manera rotunda. La
actual normativa del IRPF (arts. 29.2 LIRPF y 22.4 RIRPF) impide en principio la afectación parcial
de bienes indivisibles como los vehículos cuando se usen también para fines privados. Además,
la mayoría de los vehículos quedan expresamente excluidos de la posibilidad de afectarse
cuando su uso para fines privados sea siquiera residual. Este régimen es constitucional y el
desarrollo reglamentario no vulnera el mandato legal.
La realidad es que el conflicto más habitual con la Administración surge cuando el
contribuyente pretende demostrar la afectación exclusiva del vehículo, la dificultad de
recabar pruebas y la rigidez administrativa suelen llevar el asunto hasta los tribunales.
Como alternativa para flexibilizar el régimen de los vehículos parcialmente afectos, ante
las situaciones injustas que inevitablemente genera, proponemos recurrir a alguno de
los sistemas que han articulado otros países de nuestro entorno y que son técnica y
administrativamente posibles.
Palabras clave: elemento patrimonial, vehículo, gastos deducibles, afectación, fines
privados.
ABSTRACT:
A professional intends to partially affect a vehicle to his activity and applies a proportion of
its depreciation as a deductible expense. After an tax audit the deduction was denied and

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