La discriminación racial de los gitanos en España y en el ámbito de la Unión Europea

AutorCristina Hermida
Páginas223-242

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España constituye el país de la Unión Europea con mayor número de población gitana, representando alrededor del 8 % de todos los gitanos europeos1. “La población gitana en España ha aumentado con la llegada de personas romaníes procedentes principalmente de Rumanía y Bulgaria que, sobre todo desde el año 2002 (cuando se eliminó el requisito de visado para estos dos países) y posteriormente desde 2007 (cuando sus países de origen se adhirieron a la UE), han elegido España como país de destino2.

Ahora bien, a pesar de ser la minoría étnica más importante en España y de llevar casi seis siglos de historia en el país, los gitanos son un grupo cultural que sigue sufriendo graves injusticias y atropellos, además de ser el colectivo más rechazado en la sociedad española y uno de los más excluidos tanto social como económicamente3. Situación que se agrava todavía más

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si pensamos que esto no es un fenómeno aislado sino que, por desgracia, de una forma alarmante se producen graves atropellos a los conocidos como Roma People también en otros Estados miembros de la Unión Europea4.

La Comisión Europea, en un comunicado presentado el 2 de julio de 2008 ante el Parlamento Europeo y otras instituciones comunitarias, afirmó que millones de europeos de origen romaní son objeto de una discriminación persistente, tanto a nivel individual como institucional, así como de una exclusión social a gran escala. Y ello a pesar de que, en relación con el uso de instrumentos comunitarios, durante los años noventa se comenzasen a impulsar iniciativas innovadoras específicas para la población gitana en el marco de las Iniciativas Comunitarias Horizon e Integra del Fondo Social Europeo (FSE) que culminaron con la inclusión de objetivos y medidas específicas relativas a la población gitana en el Programa Operativo de Lucha Contra la Discriminación (POLCD) para el año 2000-2006, que han tenido continuidad durante el ciclo 2007-20135.

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Pues bien, una encuesta de la Agencia de Derechos Fundamentales publicada en mayo de 2013 puso de manifiesto casos de exclusión social y miseria entre romaníes en once países de la Unión Europea, con altos niveles de desempleo (más del 66 %) y bajos niveles de graduación de la escuela secundaria (15 %). En mayo de ese mismo año, una evaluación de la Comisión Europea sobre el progreso de los Estados miembros en la integración de los romaníes halló deficiencias en la atención de la salud y la vivienda. En agosto de 2013, la Comisión anunció que supervisaría los desalojos y expulsión de Francia de romaníes de Europa del Este, y en septiembre escribió a Italia para pedir información sobre la discriminación contra los romaníes, conforme al informe 2013 “Unión Europea de Human Rights Watch”.

Pero volviendo a la situación en España, hay que reconocer que en los últimos treinta años, autoridades públicas de todos los niveles de gobierno han situado en su agenda la inclusión social de la población gitana desfavorecida, lo que ha contribuido a la consecución de algunos logros significativos, si bien quedan todavía grandes desafíos pendientes. Planes gubernamentales en los ámbitos de empleo, inclusión social, etc., han contemplado, especial-mente en la última década, referencias explícitas a la población gitana,6lo que ha permitido alinear esfuerzos, la identificación de buenas prácticas y una mayor cooperación entre actores. El enfoque inclusivo de las políticas sociales de carácter universal se ha complementado con medidas específicamente dirigidas a aquellas personas gitanas que tenían más dificultades para acceder a los servicios universales por su situación de desventaja o exclusión social, en consonancia con los Principios Básicos Comunes para la Inclusión de los Roma nº 2: “Centrarse explícita pero no exclusivamente en la población gitana”; y nº 4: “Apuntar a la integración total de la población gitana en la sociedad”7.

A nivel estatal, cabría resaltar la aprobación en 1985 por el Congreso de los Diputados de la Proposición no de Ley sobre la creación de un Plan Nacional de Desarrollo Gitano, tras la que se puso en marcha, en 1989, el Programa de Desarrollo Gitano (PDG). Dentro de las medidas de carácter específico es necesario destacar también la cooperación financiera y técnica

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con organizaciones no gubernamentales (ONG) del movimiento asociativo gitano y/o que trabajan por el desarrollo de la población gitana8.

En lo que respecta a las personas migrantes como los Roma (gitanos) de los países del Este, el Estado español establece una clara distinción entre ciudadanos españoles y extranjeros, como queda patente en los artículos 11 y 13 de la Constitución Española así como en la Ley 2/2009 que reformó la Ley de Extranjería 8/20009. Se establecen otras dos distinciones en lo que se refiere a la ciudadanía y los inmigrantes, en virtud de los Tratados de la UE y las Directivas en materia de inmigración:10entre inmigrantes ciudadanos de la UE y aquellos procedentes de países de fuera de la UE, y entre los que se encuentran en situación regular e irregular.

Desde un punto de vista legislativo en el ámbito de la lucha contra la discriminación, hay que destacar el avance que supuso la Directiva 2000/43/CE11 y la 2000/78/CE12. Ahora bien, en nuestro país no se realizó una trasposición adecuada, sino de mínimos con la Ley 62/2003 de 30 de diciembre de medidas fiscales, administrativas y del orden social, siendo necesaria una adecuada trasposición de la misma que se habría producido con la publicación del Proyecto de Ley Integral de Igualdad de Trato y no Discriminación (que finalmente no continuó su tramitación en el Parlamento por la disolución del mismo de cara a las elecciones).

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También hitos importantes de este proceso han sido los pasos dados hacia un mayor reconocimiento institucional de la población gitana. El Congreso de los Diputados acordó, en 1999, la creación de una Subcomisión para el estudio de la problemática de la población gitana; en 2005, aprobó una moción parlamentaria por la que se instaba al Gobierno a promover la cultura, la historia, la identidad y la lengua del pueblo gitano que se materializó en la creación, en 2007, del Instituto de Cultura Gitana, adscrito al entonces Minis-terio de Cultura. Asimismo, las asambleas legislativas de varias comunidades autónomas han incluido, en las reformas de sus Estatutos de Autonomía, menciones expresas a las comunidades gitanas presentes históricamente en sus territorios13. Asimismo, en los últimos años se han establecido órganos consultivos y de representación del movimiento asociativo gitano adscritos tanto a la Administración General del Estado como a varias Comunidades Autónomas14.

Pues bien, a pesar de todos estos avances resulta llamativo que la Organización No Gubernamental SOS Racismo, en su “Informe anual 2008 sobre el racismo en el Estado Español” señalase que “durante el último año, el caso del pueblo gitano ha representado el ejemplo más flagrante y a la vez profundamente asimilado de discriminación en el Estado Español”. Lo que se ha puesto de manifiesto también en la serie de informes anuales publicados por la Fundación Secretariado Gitano desde el año 2005, titulada “Discriminación y comunidad gitana”15.

En el campo de la lucha contra la discriminación, no sólo se han reforzado los instrumentos y mecanismos de protección de las potenciales víctimas con la trasposición de la Directiva 43/2000 al ordenamiento jurídico español, sino que en los últimos años se han ido creando fiscalías especializadas para el tratamiento de delitos de odio y no discriminación, como en las provincias de Barcelona, Madrid o Málaga. En los últimos tiempos, el Fiscal General del Estado designó un Fiscal de Sala Delegado del Tribunal Supremo para la tutela penal de la igualdad y contra la discriminación. Es asimismo destacable la creación del Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y no Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico, del que forman parte dos entidades del movimiento asociativo gitano, así como de la

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Red de Asistencia a las Víctimas promovida por dicho organismo. Todas estas iniciativas se han desarrollado con una implicación activa de organizaciones de la sociedad civil y asociaciones gitanas en consonancia con los Principios Básicos Comunes para la Inclusión de los Roma nº 9: “Participación de la sociedad civil” y nº 10: “Participación activa de las personas gitanas”16.

El Consejo de Ministros dio un importante paso cuando aprueba el 2 de marzo de 2012 la Estrategia española para la Inclusión de la Población Gitana en España. Esta nueva estrategia se deriva de la Comunicación de la Comisión de 5 de abril al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones Un marco europeo de estrategias nacionales de inclusión de los gitanos hasta 2020 (COM (2011) 173 final). Dicha Comunicación, refrendada por los Estados miembros en la reunión del Consejo EPSCO de 19 de mayo y por el Consejo Europeo en su reunión de 24 de junio, instaba a los Estados miembros a aprobar Estrategias nacionales para la inclusión de la población Roma/gitana (o un conjunto integrado de medidas), que debían presentarse antes del fin de 2011. Las estrategias debían estar concebidas en coordinación con la Estrategia Europea 2020 y los Planes Nacionales de Reforma de cada país.

La Estrategia incide en las cuatro áreas clave para la inclusión social: Educación, Empleo, Vivienda y Salud. En cada una de ellas se marcaron unos objetivos cuantitativos, que se concretan en porcentajes de población, a alcanzar en el año 2020, así como unas metas intermedias para 2015. Además de estas cuatro áreas, la Estrategia establece líneas de actuación complementarias en materia de acción social, participación, mejora del conocimiento de este colectivo, igualdad de la mujer, no discriminación, promoción de la cultura y una especial atención a la población romaní procedente de...

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