Discrepancias

AutorVíctor Navarro
CargoRegistrador jubilado
Páginas212-215

Se ha puesto en boga, desde hace algunos años, tachar de anticuado todo nuestro derecho escrito que no es de formación reciente, y hasta se produce la paradoja de que para demostrarlo se citan disposiciones de los modernísimos Códigos, el Fuero Juzgo y las Partidas.

También se acude casi siempre al ejemplo de la legislaciónPage 213 extranjera, sin hacer previamente el examen comparativo de su mayor o menor mérito filosófico, ni tampoco de las posibilidades de su aclimatación, esto es, de su conformidad o disconformidad con nuestras costumbres y nuestras tradiciones. El afán de investigaciones y estudios jurídicos, tan plausible y beneficioso en los jurisconsultos eminentes, ha traído consigo el inconveniente de una invasión de medias cucharas de la toga, que atacados de gregarismo, se sienten arrastrados por la corriente del tema en tratamiento en aquella actualidad, que unas veces es el Código Mercantil, otras el Hipotecario y otras el Penal. A pocos se les ocurre criticar el Civil en su defectuoso conjunto, ni mucho menos los administrativos ; cuando tan abundante motivo dan de censura y de lamentos algunos de ellos, como, por ejemplo, los estatutos relativos a los impuestos públicos, y sobre todo el draconiano reglamento para la recaudación.

Es asimismo de notar el viciado ambiente de sentimentalismo social, que lleva a muchos escritores a extremos tales de inconsciente parcialidad que les hacen convertir, por ignorancia de esenciales aspectos de la materia que tratan, a los supuestos opresores, en víctimas oprimidas. Tal sucede en el problema de la tierra en relación con los jornales.

Pero no es de esto de lo que me propongo hablar ahora, sino de la tan cacareada reforma del Código Penal, al que son en número excesivo los que se creen autorizados a lanzarle su particular anatema. La mayor parte de los que lo hacen no saben cuáles sean sus pecados, y entre los que presumen saberlo, seguramente que no puede haber paridad de pareceres, por falta de un criterio superior e indiscutido que sirva de guía a la común opinión. El Código Penal de 1848, con su reforma del 50, fue una obra, aunque no perfecta, sí magistral, bastante a hacer perdurable la alta reputación del gran jurisconsulto don Joaquín Francisco Pacheco, y no es justo el desdén con que ahora tan a la ligera se la trata, ni tampoco que un profesor actual no haya encontrado en ella motivo para otro elogio que conceder que está elegantemente escrita. Si los atacados de modernismo y...

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