STSJ Canarias 240/2011, 15 de Abril de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución240/2011
Fecha15 Abril 2011

En Santa Cruz de Tenerife, a 15 de abril de 2011.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, formada por los/as Ilmos. /as Sres. /as Magistrados D. /Dna. MARIA DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA, D. /Dna. ANTONIO DORESTE ARMAS y D. /Dna. MARIA CARMEN GARCIA MARRERO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0001096/2010, interpuesto por CORPORACION DERMOESTETICA S.A., frente Sentencia del Juzgado de lo Social No 1 de Santa Cruz de Tenerife en los Autos 0000244/2010 en reclamación de Despido, ha sido Ponente el/la Ilmo. /a Sr. /a. D. /Dna. MARIA DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

ANTECEDENTES DE HECHO

S

PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por D./Dna. Berta , en reclamación de Despido siendo demandado CORPORACION DERMOESTETICA S.A. y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 1 de junio de 2010, por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio.

SEGUNDO.- Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.- Berta prestó servicios para Corporación Dermoestética, S.A., desde el 01/02/06, con la categoría profesional de consultora y percibiendo un salario de 2.038,66 euros brutos prorrateados.

SEGUNDO.- Berta no ostenta ni ha ostentado en el ano anterior a su despido la condición de delegado de personal, miembro del comité de empresa o delegado sindical.

TERCERO.- El día 18/01/10 se produjo el despido de Berta por parte de su empleador Corporación Dermoestética, S.A.; en la carta de despido se alegaba

"La dirección de la empresa ha tenido conocimiento de los siguientes hechos:

El pasado martes 22 de Diciembre de 2009 a las 16.30 horas, mientras almorzaba usted, la técnico del centro Dona Marisol le indicó que tenía a un paciente en la sala de espera aguardando a que le atendiese por una consulta sobre un tratamiento de obesidad. La técnico le indicó que dicho paciente debía estar de vuelta en su trabajo a las 17.30 horas y tenía un poco de prisa.

Su respuesta fue que si el paciente tenía prisa, podía marcharse y volver otro día.

No obstante, al cabo de unos minutos, salió usted a recoger el formulario utilizado para pasar las consultas con clientes y, dirigiéndose a la técnico Marisol , le increpó en presencia de la Doctora Ángeles y del propio cliente diciéndole: " tu no eres nadie para decirme que ya son las 16.30 horas y tengo que pasar una consulta. Eres una ninata de mierda. Me dan ganas de pegarte dos tortas".

Posteriormente, tras terminar la consulta con el cliente y viendo que la técnico estaba indignada por su comportamiento anterior, volvió usted a dirigirse a ella diciéndole " no te voy a estar oliendo el culo todo el día para que me perdones".

Al día siguiente, llamo usted a su despacho a Marisol y le dijo textualmente: " Como no cambies de actitud y me pidas perdón, te vas a ganar una mala enemiga aquí dentro. Porque con un e-mail te puedo sacar esta misma tarde por la puerta pa`fuera, porque yo sigo siendo la jefa y de aquí nadie me va a echar, ni Laura ( su supervisora) ni María Angeles ( su subdirectora de gestión de clínicas), ni el mismo Ramón ( el presidente de la empresa). Eres un ninata de mierda, gracias a mi tienes este trabajo y te puedo hundir tanto a ti como a la mierda esa ( refiriéndose a Doña Ángeles ) como el Titanic, y yo siempre me salgo con la mía ". Sus manifestaciones fueron escuchadas desde el puesto de recepción por la higienista Felicidad debido a que las profirió usted a voz en grito.

Por otra parte, el pasado día 24 de Diciembre protagonizó usted una discusión telefónica con su supervisora Doña. Laura al negarse ésta a autorizarle que se tomara como día libre el sábado 26 de Diciembre ya que al ser sábado de cierre de mes era imprescindible su presencia en el centro.

A consecuencia de esta negativa, se dirigió usted a ella en términos despectivos llegando a gritarle : " voy a cogerme ese día libre sí o sí, tu no eres nadie para decirme que es lo que tengo que hacer ", " cuando empieces tu a hacer bien tu trabajo, empezaré yo a hacer bien el mio".... , " tu no eres mi jefa, tu no eres nadie", y le colgó usted el teléfono. Los gritos que profería usted por el auricular pudieron ser oídos por uno de los trabajadores de la clínica de Badajoz, que en ese momento se encontraba en el despacho junto con la supervisora.

Endendemos que su actuación debe se considerada como falta muy grave no solamente por faltar al respeto y haber proferido ofensas graves contra varias de las personas que trabajan en la empresa, tanto colaboradoras como superiores, ( art. 54.2 c del Estatuto de Trabajadores y art. 18.3 , m del vigente Acuerdo de Cobertura de Vacíos), sino que además ha utilizado usted su posición como coordinadora del centro para amenazar a una subordinada en un claro abuso de autoridad ( art. 18.3 . j del Acuerdo de Cobertura de Vacíos).Todo ello con el agravante de que, el episodio protagonizado por usted el día 22 fue presenciado por un cliente, lo cual supone un perjuicio considerable para la imagen de la empresa.

Por todo lo anterior, procedemos a su despido disciplinario con efectos del día de hoy. La liquidación y finiquito que legalmente le corresponden los tendrá a su disposición en nuestras oficinas en el plazo de diez días.

CUARTO.-Se presentó el día 25/01/10 por parte del actor papeleta de conciliación, teniendo lugar la comparecencia ante el S.M.A.C. el día 11/02/10 sin efecto.

QUINTO.- El día 22 de diciembre de 2009 sobre las 16:30 horas Berta le dijo a Marisol en presencia de un cliente:

" tu no eres nadie para decirme que ya son las 16.30 horas y tengo que pasar una consulta. Eres una ninata de mierda. Me dan ganas de pegarte dos tortas".

Posteriormente, tras terminar la consulta con el cliente y viendo que la técnico estaba indignada por su comportamiento anterior, volvió a dirigirse a ella diciéndole " no te voy a estar oliendo el culo todo el día para que me perdones".

Al día siguiente, llamó a su despacho a Marisol y le dijo: " Como no cambies de actitud y me pidas perdón, te vas a ganar una mala enemiga aquí dentro. Porque con un e-mail te puedo sacar esta misma tarde por la puerta pa`fuera, porque yo sigo siendo la jefa y de aquí nadie me va a echar, ni Laura , ni María Angeles , ni el mismo Ramón . Eres un ninata de mierda, gracias a mi tienes este trabajo y te puedo hundir tanto a ti como a la mierda esa como el Titanic, y yo siempre me salgo con la mía "

Marisol era en ese momento técnico del centro y estaba a las órdenes de Berta .

SEXTO.- El día 24 de diciembre de 2009 Berta le dijo a Laura en conversación telefónica:

"voy a cogerme ese día libre sí o sí, tu no eres nadie para decirme que es lo que tengo que hacer ", " cuando empieces tu a hacer bien tu trabajo, empezaré yo a hacer bien el mio", " tu no eres mi jefa, tu no eres nadie".

Laura era en ese momento supervisora de Berta .

TERCERO.- Que el Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: Debo estimar y estimo íntegramente la demanda presentada por Berta , y, en consecuencia:

PRIMERO: Declaro improcedente el despido de la parte actora llevado a cabo por la demandada Corporación Dermoestética, S.A., el día 18 de enero de 2010 y prescrita la falta por la que fue sancionada.

SEGUNDO: Condeno a la parte demandada Corporación Dermoestética, S.A., a que en el plazo de cinco días desde la notificación de esta sentencia, opte,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 13 de Febrero de 2014
    • España
    • 13 Febrero 2014
    ...se declare la procedencia del despido, para lo que selecciona de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Santa Cruz de Tenerife), de 15 de abril de 2011 (Rec. 1096/2010 ), en la que consta que la actora prestó servicios para Corporación Dermoestética SA, como c......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR