Diligencia embargo vehículo. Asier José Urquiza Olabarrieta.

SecciónAdministración General del Estado

Diputación Foral de Alava - Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava DocumentoMiércoles, 27 de Octubre de 2004 , * B.O.T.H.A. Num. 125III - OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Administración del Estado MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Dirección Provincial de Álava Ref. 6.508Diligencia embargo vehículo. Asier José Urquiza Olabarrieta. Tipo Identificador: 00022565411 Deuda pendiente: 251,54 Número de expediente: 01 02 04 00020640 nombre/Razón social: Urquiza Olabarrieta, Asier José Domicilio: Lekamaña, 3 Localidad: 01450- Lekamaña NAF/CIF/NIF: 030580232F Número documento: 01 02 333 04 002052407 Diligencia de embargo de vehículos (TVA-333). En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, por deudas a la Seguridad Social cuyo importe pendiente arriba se indica, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos y no habiéndose satisfecho, conforme a lo previsto en el articulo 102.6 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004de 11 de junio, (BOE del día 25), declaro embargados los siguientes vehículos de su propiedad. Vehículos: Matrícula: BI5317CH. Marca: A.U.D.I. Modelo: A4 2.4 5V. En virtud de lo dispuesto en citado artículo del mencionado Reglamento los vehículos trabados deben ponerse, en el plazo de cinco días, a disposición de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la documentación y las llaves necesarias para su apertura, funcionamiento y, si procede, custodia, con la advertencia de que, en caso contrario, se procederá a solicitar a las Autoridades que tengan a su cargo la vigilancia de la circulación, y a los demás que proceda, la captura, el depósito y el precinto de los vehículos objeto de embargo, en el lugar donde se hallen, poniéndolos a disposición del Recaudador embargante, así como que impidan la transmisión o cualquier otra actuación en perjuicio de los derechos de la Seguridad Social. Los bienes tasados por la Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por la persona o colaborador que se indican en el mencionado Reglamento, a efecto de la posible venta en pública subasta de los mismos, si no se atiende el pago de la deuda, sirviendo el valor de...

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