Las diferentes formas en que se manifiesta la inteligencia artificial en la sociedad y en la economía

AutorBlanca Ballester Casanella
Páginas303-331
LAS DIFERENTES FORMAS EN QUE SE MANIFIESTA
LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA SOCIEDAD
Y EN LA ECONOMÍA
B B C
Profesora Asociada de Derecho Mercantil
EAE Business School
Sumario: 1. Introducción.- II.- La inteligencia artificial y su impacto en la sociedad actual.-
III.- La imputacion de responsabilidad civil en materia de inteligencia artificial.-
IV.- La implantación de la tecnología distruptiva en las empresas.- V.- El impacto
de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral: Especial referencia a la sentencia
del Juzgado de lo Social número 10 de las Palmas de Gran Canaria de 23 de sep-
tiembre de 2019.- Conclusión.- Bibliografía
1. INTRODUCCIÓN
La denominada 4ª revolución industrial1, esta generado que la legislación deba
hacer frente a los muchos desafíos que esta provocando la aplicación de la inteligen-
cia artificial y la automatización robótica en todos los ámbitos de las relaciones socia-
les y económicas.
Los seres humanos interactuamos constantemente y sin darnos cuenta con siste-
mas de inteligencia artificial en nuestra rutina diaria, e incluso ya empezamos a sen-
tirnos emocionalmente vinculadas a ellos, pero cabría preguntarnos qué relación hay
entre la inteligencia artificial y los sentimientos y sobre todo, como están afectando a
nuestra realidad social, laboral y económica.
A día de hoy, mucha gente no es consciente de estar interactuando ya con siste-
mas de inteligencia artificial y reaccionan con rechazo y miedo hacia el propio con-
cepto de una máquina inteligente que pueda aprender por sí misma. La preocupación
1 CORDEIRO, José Luis (2017): «Inteligencia Artificial y Robótica: hacia la singularidad tecno-
lógica». Revista APD: Asociación para el Progreso de la Dirección, No. 328, pp. 10. Disponible en: https://
www.apdcolombia.org/wp-content/uploads/sites/8/2017/03/R_328_Marzo-2017.pdf (Consultado el 31
de enero de 2019).
304 Blanca Ballester Casanella
más inmediata es ser sustituido en el trabajo por un sistema de inteligencia artificial,
pero no falta quien se preocupa también por su posible incidencia y futuro control de
la raza humana.
Desde un punto de vista conceptual, se entiende por inteligencia artificial, aque-
lla tecnología que de forma autónoma, tiene capacidad para tomar decisiones que
impactan de forma directa en la realidad.
Esta capacidad de influir en su entorno, viene generada por la posibilidad de
imitar e incluir capacidades mentales humanas que van desde el razonamiento, hasta
la resolución de problemas e incluso hasta la toma de decisiones. Por esa razón se
puede afirmar, que la inteligencia artificial aprende a raíz a los datos que recibe y es
capaz de adaptarse a cualquier nueva situación en base a decisiones anteriormente
adaptadas tratando de mejorar de forma autónoma, en dicha toma de decisiones.
De todas formas y tal y como tendremos la oportunidad de analizar más adelan-
te, no existe una única tipología de inteligencia artificial, ni una descripción precisa
de su funcionamiento, puesto que puede contener variantes dependiendo del tipo de
algoritmos y procesos empleados, o de los objetivos perseguidos.
Así mismo, resulta llamativo que hasta el año 2017 el término inteligencia artifi-
cial, no haya sido usado por las políticas de la unión2. De hecho, la primera versión
del documento de la Comisión presidida por Jean Claude Juncker mediante el que se
presentaba su estrategia para la creación de un mercado único digital (MUD), de 6 de
mayo de 20153 no mencionaba a esta tecnología. En dicha Comunicación se habla,
en términos genéricos, de “teléfonos inteligentes”, “sistemas de transporte inteligen-
tes”, “mediciones inteligentes” y “servicio(s) inteligente(s)”, pero no se menciona en
ningún momento a la inteligencia artificial como un concepto diferenciado.
2 Como explica Sánchez del Campo Redonet, en marzo de 2012, la Comisión Europea habili
una partida presupuestaria para financiar un proyecto llamado robolaw, “con el objetivo de elaborar
un informe detallado con todas las cuestiones éticas y legales que plantean los robots, así como ofrecer
orientaciones y principios que puedan guiar a los reguladores europeos y nacionales cuando tengan
que legislar sobre esta cuestión». La iniciativa, liderada por la profesora Erica Palmerini de la Scuola
Superiore Sant´ Anna de Pisa, presentó su informe final en octubre de 2014. Previamente, el 19 de abril
de 2016, la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y
Social Europeo y al Comité de las Regiones “Digitalización de la industria europea Aprovechar todas las
ventajas de un mercado único digital”, COM(2016) 180 final, había destacado que “La convergencia de
una serie de tecnologías está estimulando el cambio digital, en particular en la IoT, los macrodatos y la
nube, la robótica y la inteligencia artificial y la impresión 3D.” Este informe sirvió de base a un grupo de
trabajo creado por el comité de asuntos legales (JURI) del Parlamento Europeo para abordar los temas
legales relativos al desarrollo de la robótica y la inteligencia artificial, con un foco especial en la redac-
ción de reglas de derecho civil sobre esta materia, del que hablaremos más adelante. SÁNCHEZ DEL
CAMPO REDONET, Alejandro, “Europa quiere regular a los robots”, Diario La Ley, Sección Ciberdere-
cho, 28 de febrero de 2017.
3 COM/2015/0192 final https://eur-lex. europa.eu/legal-content/ES/TST/PDF/?uri=CEKEX:52
015DC0192&from=HU

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR