Devolución de ingresos indebidos

AutorMiguel Ricart Palau
Cargo del AutorAbogado

2.1. Solicitud

D. Roberto H. N., mayor de edad, con domicilio en S., calle Júcar, n.° 35, y provisto del N.I.F. n.° ...

EXPONE:

Que habiendo ingresado la cantidad de 82.145 pesetas por el concepto del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, ejercicio de ... -según recibo que se adjunta- y correspondicndole pagar únicamente por tal concepto y ejercicio la cantidad de 48.076 pesetas -según se deduce de la resolución adjunta-

SOLICITA:

Que por ese Ayuntamiento se proceda a la devolución del importe de 34.069 pesetas indebidamente ingresado, correspondiente a la diferencia entre las cantidades expresadas en el párrafo anterior.

S., a ... de ... de ...

OTROSI: Que la devolución solicitada deberá realizarse mediante transferencia bancaria a la cuenta corriente n.° ... de la oficina ... del Banco ...

SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE S.

2.2. Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Urbana.

[ NO INCLUYE CUADRO ]

2.3. Normativa aplicable

Ley General Tributaria

Art. 64. Prescribirán a los cinco años los siguientes derechos y acciones:

...

  1. El derecho a la devolución de los ingresos indebidos.

    Art. 66.

    1. El plazo de prescripción a que se refiere la letra d) del artículo 64 se interrumpirá por cualquier acto fehaciente del sujeto pasivo que pretenda la devolución del ingreso indebido o por cualquier acto de la Administración en que se reconozca su existencia.

      Art. 155. 1. Los sujetos pasivos o responsables y sus herederos o causahabientes, tendrán derecho a la devolución de los ingresos que indebidamente hubieran realizado en el Tesoro con ocasión del pago de las deudas tributarias aplicándose el interés legal.

    2. Por vía reglamentaria se regulará el procedimiento que debe seguirse, según los distintos casos de ingresos indebidos para el reconocimiento del derecho a la devolución y la forma de su realización, que podrá hacerse, según preceptúa el artículo 68 de esta Ley, mediante compensación.

      Real Decreto por el que se regula el procedimiento para la realización de devoluciones de ingresos indebidos de naturaleza tributaria, de 21 de septiembre de 1990.

      Art. 2.° Contenido del derecho a la devolución.

    3. La cantidad a devolver a consecuencia de un ingreso indebido estará constituida esencialmente por el importe del ingreso indebidamente efectuado y reconocido a favor del obligado tributario.

    4. También formarán parte de la cantidad a devolver:

  2. El recargo, las costas y los intereses satisfechos durante el procedimiento cuando el ingreso indebido se hubiere...

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