Devolución de ingresos indebidos

AutorRafael Calvo Ortega (director)

Sentencias

1) Normas procesales nacionales. STJCE, de 28-1100, Roquette Frères, As. C-88/99.

Fallo: «El Derecho comunitario no se opone a la normativa de un Estado miembro que establece que, en materia tributaria, la acción de devolución de ingresos indebidos basada en la declaración por un órgano jurisdiccional nacional o comunitario de la disconformidad de una norma nacional con otra norma nacional de rango superior o con una norma comunitaria sólo puede abarcar el período posterior al 1 de enero del cuarto año que precede a aquel en que recayó la resolución judicial mediante la cual se declaró la disconformidad».

Bibliografía

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