Devengo del IVA en caso de pagos anticipados. Comentario a la Resolución de la DGT de 13 de mayo de 2005.

AutorBenoit Barriere
CargoCMS Albiñana & Suárez de Lezo

Según el artículo 75.uno.1º de la LIVA en las entregas de bienes, el IVA se devenga cuando tiene lugar la puesta a disposición del bien del adquirente o, en su caso, cuando se efectúen las entregas conforme a la legislación que les sea aplicable. Se entiende por puesta a disposición la puesta en poder y posesión del bien por parte del adquirente y se corresponde con el momento en que se trasladan al comprador los riesgos inherentes al bien adquirido.

Como excepción a este principio, el artículo 75.dos de la LIVA viene a precisar que, en caso de pagos anticipados, el devengo no sucederá en el momento de la entrega sino cuando se realice el cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos.

Se plantea a la DGT si se puede aplicar la norma de devengo en función de los pagos anticipados en el caso de una entrega de dinero por parte de un cliente al vendedor de un bien, sin que las partes hayan llegado a un acuerdo sobre dicho precio, dado que las partes mantienen una discrepancia en cuanto a este punto. El vendedor pregunta a la DGT si la recepción por su parte de esta cantidad de dinero, a pesar de que las partes no hayan llegado a un acuerdo respecto del precio, se debe considerar como un pago anticipado y por lo tanto, éste tendrá que emitir una factura con el IVA correspondiente.

La DGT contesta a la consulta considerando que los contratos mercantiles se rigen por las reglas generales y comunes de los contratos consensuales, es decir que la compraventa se perfecciona por el consentimiento o acuerdo de las partes sobre la cosa y el precio objeto del contrato. En efecto, según el artículo 1.445 del Código Civil en un contrato de compraventa uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ello un precio en dinero. Por otra parte, el artículo 1.450 del Código Civil señala que la venta se perfeccionará si...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR