STSJ Aragón , 26 de Julio de 2004

PonenteJAIME SERVERA GARCIAS
ECLIES:TSJAR:2004:2138
Número de Recurso164/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA Recurso Nº 164 del año 2002 SENTENCIA Nº 557 de 2004 Ilmos. Srs. Presidente D. Jaime Servera Garcías Magistrados.

D. Eugenio Esteras Iguacel D. Fernando García Mata.

Zaragoza, veintiséis de julio de dos mil cuatro En nombre de S.M. el Rey Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sección Segunda, el recurso número 164/2002, seguido entre partes, como demandante, D. Antonio , representada por el Procurador, D. José María Sainz de Varanda y defendida por el Letrado, D. Ángel Mallo Fortiñán; como demandadas la Administración Estatal, representada y defendida por el Abogado del Estado, y la Diputación General de Aragón, representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos.

Es objeto de impugnación la resolución del Tribunal Económico -Administrativo Regional de Aragón, de 24 de octubre de 2001, que desestima la reclamación 50/234/00, contra liquidación por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad transmisiones onerosas, así como contra el acuerdo sancionador en relación con el mismo Impuesto.

Procedimiento: Ordinario Cuantía: 11.990,19 euros Ponente: Iltmo. Sr. D. Jaime Servera Garcías.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Mediante escrito presentado con fecha 14 de febrero de 2002, la parte actora dedujo el presente recurso contencioso-administrativo contra la indicada resolución.

SEGUNDO

Previa la interposición del recurso, publicación de su incoación y aportación del expediente administrativo, la parte actora formuló demanda en súplica de que se dicte sentencia que anule la resolución del TEAR impugnada, dejando sin efecto la liquidación y sanción confirmadas por la misma, por apreciación de prescripción del derecho de la Administración a la determinación de la deuda tributaria, con imposición de las costas a la Administración demandada si se opusiere a dichas pretensiones.

TERCERO

Las Administraciones demandadas, en sus respectivos escritos de contestación a la demanda, suplicaron la desestimación del recurso.

CUARTO

Recibido el proceso a prueba, no se propuso diligencia alguna, y finado el periodo probatorio, las partes no solicitaron el traslado para conclusiones sucintas por escrito, señalándose para votación y fallo del recurso el día 21 de los corrientes.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente a la referida resolución del Tribunal Económico que, rechazando el alegato único de prescripción del derecho de la Administración a la determinación de la deuda tributaria, confirmó los actos de liquidación y sancionartorio por el Impuesto referencia, en relación con la adquisición por el demandante, por mitad y proindiviso, con Dña. Marí Jose , de determinadas fincas rústicas, mediante compra venta concertada en contrato privado de fecha 21 de junio de 1995, al precio total de 38 millones de pesetas (228.384,6 euros), dicha demandante articula este recurso jurisdiccional en el que reitera su pretensión de anulación de los referidos actos administrativos y de la resolución del TEAR que los confirma, por prescripción del derecho de la Administración para la determinación de la deuda tributaria, por transcurso...

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