Unión europea: la nueva directiva sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas

AutorSilvia Elías Bernardos
CargoAbogada del Área de Mercantil de Uría Menéndez (Madrid).
Páginas81-85

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Introducción

En noviembre de 2002 se hacía público el informe de la comisión de expertos de alto nivel designada por la Comisión Europea para la modernización del Derecho societario en Europa, denominado ´Informe Winterª en honor al presidente del grupo de expertos. El Informe incluía entre sus recomendaciones para el corto plazo una serie de medidas que buscaban mejorar el marco comunitario sobre gobierno corporativo. En particular, se recomendaba la introducción de obligaciones de información más exigentes en materia de gobierno corporativo y la institución de un régimen jurídico integrado que favoreciera la comunicación efectiva sociedadaccionista, la satisfacción eficiente del derecho de información del accionista y su participación en la toma de decisiones de la sociedad, todo ello con eficacia transfronteriza, haciendo uso cuando fuera posible de las modernas tecnologías.

En mayo de 2003 la Comisión dio un paso más con su comunicación al Consejo y al Parlamento Europeo ´Modernización del Derecho de sociedades y mejora de la gobernanza empresarial en la Unión EuropeaUn plan para avanzarª, en la que se llamaba la atención sobre la necesidad de adoptar nuevas iniciativas que reforzaran los derechos de los accionistas en las sociedades cotizadas y solucionaran las dificultades existentes para la votación transfronteriza.

Mediante Resolución de abril de 2004, el Parlamento Europeo apoyó el propósito de la Comisión de consolidar los derechos de los accionistas, en particular a través de la ampliación de las normas sobre transparencia, los derechos de voto mediante representación, la posibilidad de participar en Juntas generales por medios electrónicos y el ejercicio transfronterizo de los derechos de voto.

En virtud de todo lo anterior, y al objeto de complementar Directivas precedentes (entre ellas la llamada Directiva de Transparencia, 2004/109/CE, de 15 de diciembre de 2004) que desarrollan de mane- ra insuficiente algunos aspectos tangenciales, el Parlamento y el Consejo aprobaron con fecha 11 de julio de 2007 la Directiva 2007/36/CE, sobre el ejercicio de determinados derechos de los accionistas de sociedades cotizadas (la ´Directivaª). La Directiva fue publicada en el DOUE el pasado 14 de julio, con el contenido y finalidad que a continuación se exponen.

Objetivos fundamentales de la Directiva

En suma, el propósito elemental que las instituciones de la Unión han perseguido con la adopción de la Directiva ha sido facilitar y promover el ejercicio de los derechos de información y voto de los accionistas de las sociedades cotizadas en el ámbito comunitario. Particularmente, con tal intención, se han fijado los siguientes objetivos básicos, que inspiran su articulado:

(i) Garantizar que las Juntas generales de las sociedades cotizadas sean convocadas con suficiente antelación y que todos los documentos que deben presentarse a la Junta general estén disponibles a tiempo para permitir que todos los accionistas, con independencia de su lugar Page 82 de residencia, puedan adoptar una decisión razonada y emitir sus votos tempestivamente.

(ii) Suprimir los obstáculos que dificultan el voto de los accionistas, tales como la supeditación del ejercicio de los derechos de voto al bloqueo de acciones durante un tiempo determinado antes de la Junta general.

(iii) Retirar todos los obstáculos legales para la participación electrónica en Juntas generales, a excepción de las necesarias para la verificación de la identidad del accionista y la seguridad de las comunicaciones electrónicas.

(iv) Permitir a los accionistas no residentes en el Estado miembro en cuestión ejercer sus derechos en relación con la Junta general con la misma facilidad que los residentes, eliminando los obstáculos que dificultan su acceso a la información sobre la Junta y el ejercicio del voto sin necesidad de asistir físicamente a la reunión.

(v) Regular otras formas de participación del accionista en la Junta general, como la introducción de nuevos puntos en el orden del día de la reunión, la presentación de propuestas de acuerdos sobre puntos del orden del día o el ejercicio del derecho de información sobre dichos puntos.

(vi) Suprimir los obstáculos que dificultan el ejercicio del voto por delegación para aquellos accionistas que optan por no acudir...

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