STSJ Canarias , 8 de Julio de 2005

PonenteJOSE MARIA DEL CAMPO CULLEN
ECLIES:TSJICAN:2005:3043
Número de Recurso733/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

En Santa Cruz de Tenerife , a 8 de julio de 2005.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Santa Cruz de Tenerife formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D./Dña. Jose Manuel Celada Alonso (Presidente), D./Dña. Jose Mª Del Campo Y Cullen (Ponente) y D./Dña. Mª Carmen Sanchez Parodi Pascua , ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 0000733/2004 , interpuesto por NAVIERA ARMAS S.A. , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000401/2003 en reclamación de DERECHOS-CANTIDAD , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Jose Mª Del Campo Y Cullen .

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Instituto Social De La Marina , en reclamación de DERECHOS-CANTIDAD siendo demandado NAVIERA ARMAS S.A. y Pedro Miguel y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 23/1/2004 , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El trabajador D. Pedro Miguel , afiliado a la Seguridad Social nº NUM000 , trabajó con categoría profesional de Marinero para la empresa NAVIERA ARMAS, S.A. con diversos contratos de obra o servicio determinado a tiempo completo. Los contratos de trabajo de obra y servicio determinado fueron los siguientes:1.Contrato de trabajo por obra o servicio determinado a tiempo completo suscrito el 22-08-01 con el objeto de prestar su servicios profesionales en reforzar tripulaciones mínimas en el tráfico interinsular canario por un periodo de embarque. (folios 31 y 32). El tiempo de trabajo fue desde el 22-08-01 al 11-10-01.2.Contrato de trabajo por obra o servicio determinado a tiempo completo suscrito el 14-04-02 con el objeto de prestar su servicios profesionales en reforzar tripulaciones mínimas en el tráfico interinsular canario por un periodo de embarque. (folios 22 y 23). El tiempo de trabajo fue desde el 14-04-02 hasta el 13- 06-02.Según su cartilla de embarque, embarcó en el Volcán de Tindaya desde el 14-04-02 al 13-06- 02 (folio 26).3.Contrato de trabajo por obra o servicio determinado suscrito el 17-07-02, con el objeto de prestar su servicios profesionales en reforzar tripulaciones mínimas en el tráfico interinsular canario por un periodo de embarque (folios 14 y 15). El tiempo de trabajo fue desde el 17-07-02 hasta el 07-01-03.4.Contrato de trabajo por obra o servicio determinado suscrito el 08-01-03, con el objeto de prestar su servicios profesionales en reforzar tripulaciones mínimas en el tráfico interinsular canario por un periodo de embarque (folios 85 y 86). El tiempo de trabajo fue desde el 08-01-03 al 13-03-03 (folio 73).

SEGUNDO

En los periodos de inactividad entre contratos de trabajo el trabajador obtuvo prestación de desempleo de la siguiente manera:- D. Pedro Miguel presentó solicitud de prestación contributiva por desempleo el 23-07-01 como consecuencia de la terminación del contrato de trabajo por obra o servicio determinado del que era empleador la empresa NAVIERA ARMAS, S.A., habiendo percibido 31 días de prestaciones de desempleo.-

El 15-10-01 el trabajador presentó solicitud de reanudación de la prestación por desempleo como consecuencia de la terminación de un nuevo contrato por obra o servicio determinado del que era empleador la misma que terminó el 11-10-01 del que era empleador la misma empresa anteriormente citada, habiendo percibido 102 días de prestaciones por desempleo.- El 17-06-02 el trabajador presentó solicitud de reanudación de la prestación por desempleo como consecuencia de la terminación de un nuevo contrato por...

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