STSJ Aragón , 10 de Julio de 2000

PonenteCARLOS BERMUDEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAR:2000:1872
Número de Recurso471/2000
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución10 de Julio de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número 471/2000 Sentencia número 777/2000 MAGISTRADOS ILMOS. SRES:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO En Zaragoza, a diez de julio de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.471 de 2000 (Autos núm. 117 a 121/2000 acumulados), interpuesto por la parte demandada DEGIDI, S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social de Huesca , de fecha, 10 de abril de 2000 siendo demandante Dª. Raquel , Dª. Soledad , Dª. Marí Trini , Dª.

María Rosario y D. Serafin , sobre despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Raquel y Soledad , Marí Trini , María Rosario y Serafin , contra Degidi S.L., sobre despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social de Huesca, de fecha 10 de Abril de 2000, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando como estimo las demandas formuladas, por Raquel , Soledad , Marí Trini , María Rosario y Serafin contra Degidi S.L. debo declarar y declaro el despido de los trabajadores actores improcedente con condena a la parte demandada a estar y pasar por tal declaración y a que, en el plazo legal de cinco días desde la notificación de la sentencia, opte entre la readmisión o el abono de una indemnización cifrada para Raquel en 229.335 pesetas, para Soledad en 396.171 pesetas, para la actora Marí Trini en 237.701 pesetas, para la actora María Rosario en 503.892 pesetas y para el actor Serafin en 338.617 pesetas y en todo caso a que abone a cada actor los salarios dejados de percibir desde la fecha de despido hasta que se notifique la sentencia".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"1. - Que la actora Raquel mayor de edad y que ostenta DNI n° NUM000 prestó servicios para la empresa demandada Degidi S.L. sita en Tamarite de Litera con antigüedad de 12-1-1999, categoría de oficial segunda conductora y salario día con inclusión de la parte proporcional de extras de 4.141,48 pesetas 2.- Que la actora Soledad mayor de edad y que ostenta DNI n° NUM001 prestó servicios para la empresa demandada Degidi S.L. sita en Tamarite de Litera con antigüedad de 25-5-1998, categoría de oficial segunda conductora y salario día con inclusión de la parte proporcional de extras de 4.730,4 pesetas.

  1. - Que la actora Marí Trini mayor de edad y que ostenta DNI n° NUM002 prestó servicios para la empresa demandada Degidi S.L. sita en Tamarite de Litera con antigüedad de 11-1-1999, categoría de oficial segunda conductora y salario día con inclusión de la parte proporcional de extras de 4.302,3 pesetas.

  2. - Que la actora María Rosario mayor de edad y que ostenta DNI n° NUM000 prestó servicios para la empresa demandada Degidi S.L. sita en Tamarite de Litera con antigüedad de 9-6-1997, categoría de auxiliar administrativa y salario día con inclusión de la parte proporcional de extras de 3.967,66 pesetas.

  3. - Que el actor Serafin mayor de edad y que ostenta DNI n° NUM003 prestó servicios para la empresa demandada Degidi S.L. sita en Tamarite de Litera con antigüedad de 10-7-1998, categoría de oficial segunda conductor y salario día con inclusión de la parte proporcional de extras de 4.334,3 pesetas.

  4. - Que a los actores la empresa demandada les comunicó el cese de su relación laboral por fin de contrato para el día 4-2-2000 constando que los actores a lo largo de su relación laboral en cada caso...

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