Sobre la determinación normativa: lagunas de reconocimiento, lagunas normativas y antinomias

AutorMoreso, José Juan
CargoUniversitat Pompeu Fabra
Páginas55-71

Ver nota 1

Now you’re telling me

You’re not nostalgic Then give me another word for it You who are so good with words

And at keeping things vague

Because I need some of that vagueness now

It’s all come back too clearly

Yes I loved you dearly And if you’re offering me diamonds and rust

I’ve already paid.

Joan Baez, Diamond and Rust, 1975 2

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I Introducción

Una rama importante de la tradición filosófica considera que las entidades susceptibles de verdad y falsedad son las proposiciones. Es habitual asociar a esta noción semántica de proposición el principio lógico de bivalencia: toda proposición es o bien verdadera o bien falsa.

Sin embargo, también parte de la tradición filosófica sostiene la idea de que existen enunciados que aparentemente son candidatos perfectos a expresar proposiciones en tanto que son oraciones correctamente formuladas en un lenguaje, pero a las que no se puede atribuir verdad o falsedad. Lo ejemplificaré en los siguientes tres enunciados:

a) En primer lugar, encontramos enunciados que contienen tér-minos singulares sin referente, como

[1] El actual Rey de Francia es sabio,

Como es bien conocido, P. F. Strawson consideró que las proposiciones expresadas con enunciados como [1] carecen de valor de verdad 3.

b) En segundo lugar, hay enunciados que atribuyen una propiedad a un objeto en la penumbra de tal propiedad, enunciados que contienen predicados vagos, como en el siguiente enunciado que se refiere a una persona X cuya altura es de 1,78 m.

[2] X es alta.

En ocasiones, como veremos a continuación, se ha apuntado que tales enunciados expresan proposiciones carentes de valor de verdad. Esta es una es una de las formas de eludir las paradoja sorites, que siempre amenaza los predicados vagos 4.

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c) Por último tenemos enunciados que se refieren a futuros contingentes como:

[3] Mañana habrá una batalla naval

La discusión de Aristóteles en el capítulo 9 de De Interpretatione constituye uno de los textos filosóficos más debatidos en la historia de la filosofía. Sin la intención de participar en este debate, merece la pena destacar que en ocasiones se sostiene que las proposiciones sobre futuros contingentes carecen de valor de verdad y, por esta razón, tales proposiciones proporcionan otro argumento para rechazar el principio de bivalencia 5.

Por otra parte, puede mostrarse con facilidad que el rechazo a la bivalencia y la conservación de las nociones aristotélicas-tarskianas de verdad y falsedad, según las cuales,

(V) «p» es verdadero sí y solo sí, p; y

(F) «p» es falso sí y solo sí, no p; implica el rechazo del tercero excluido:

(LTE) «p v ¬p»

De (V), (F) y (TE) se deriva el principio de bivalencia: (PB) O «p» es verdadero o «p» es falso.

Esto es, rechazar la bivalencia y conservar (V) y (F) implica rechazar el tercero excluido 6.

Esta implicación sustenta la interpretación más clásica del texto de Aristóteles: es necesario abandonar no solo el principio de bivalencia sino también la ley del tercero excluido.

Precisamente el problema del valor de verdad de las proposiciones de futuro llevó a Jan ?ukasiewicz a postular una lógica con múltiples valores, en la cual ni la bivalencia ni el tercero excluido son válidos

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lógicamente 7. Más recientemente, se produjeron interesantes avances en la(s) Lógica(s) de la Verdad por Georg Henrik von Wright 8.

Esta postura supone que una proposición puede ser verdadera (V), falsa (F) o indeterminada, indefinida (I). Así, rechazar el Tercero Excluido implica sostener que enunciados como:

[3’] Mañana o bien habrá una batalla naval o bien no habrá una batalla naval,

tienen un valor de verdad indeterminado; no son verdaderas ni falsas. Y tampoco son ni verdaderas ni falsas:

[2’] O bien X es alta o bien X no es alta

y

[1’] O bien el actual Rey de Francia es sabio o bien el actual

Rey de Francia no es sabio.

Si las proposiciones [1’], [2’] y [3’] fueran o verdaderas o falsas, serían entonces tautologías, esto es, verdades lógicas. Por otra parte, existe una intuición sólida de que la verdad lógica depende solo de la forma lógica de las proposiciones y no de su contenido. Por ello [1’], [2’] y [3’] deberían ser verdades lógicas sin perjuicio de sus contenidos

(i.e. «Mañana habrá una batalla naval») y no carecer de valor de verdad. Esta es la interpretación dada por William y Martha Kneale al controvertido pasaje de Aristóteles: «In other words, Aristotle is trying to assert the Law of Excluded Middle while denying the Principle of Bivalence» 9. No obstante, William y Martha Kneale consideran esta postura incompatible con la propia noción aristotélica de verdad, de manera que esta posición no era accesible al propio Aristóteles 10.

En todo caso, si contáramos con un modo de mantener el tercero excluido (y con él las verdades lógicas) sin asumir la bivalencia, tendríamos un modo de afrontar las proposiciones indeterminadas sin renunciar a las verdades lógicas clásicas. Éste es precisamente la intención del enfoque de la supervaluación 11.

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Mi intención en este artículo es doble:

(i) Por un lado, pretendo exponer someramente la concepción supervaluacionista actual y el modo en que este enfoque nos permite tratar proposiciones que carecen de valores de verdad, conservando las verdades de la lógica clásica.

Obviamente, los predicados legales contenidos en disposiciones jurídicas pueden ser -y lo son frecuentemente- indeterminadas, y tienen casos de aplicación difícil. Por ejemplo, la octava enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de América establece «Excessive bail shall not be required, nor excessive fines imposed, nor cruel and unusual punishments inflicted». Pero, ni excessive bail and fines (fianzas y multas excesivas) ni cruel and inusual punishments inflicted (penas crueles e inusuales) son precisos en el sentido de evitar casos limítrofes. Por el contrario, la imprecisión de este tipo de enunciados ha dado lugar a un rico y controvertido debate incluso en el seno del Tribunal Supremo de los EE. UU.

Emplearé el concepto de laguna de reconocimiento para definir un caso difícil de aplicación de un predicado jurídico.

(ii) Por otro lado, las lagunas de reconocimiento no son la única fuente de indeterminación jurídica. También existen casos en los que las disposiciones jurídicas no ofrecen solución a un problema normativo; son casos de ausencia de norma. Llamaré laguna normativa a los casos de este tipo. También es posible que dos disposiciones jurídicas diferentes establezcan soluciones incompatibles para el mismo caso genérico. Llamaré antinomia a esta situación 12.

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Trataré de aplicar el enfoque supervaluacionista a las lagunas normativas y antinomias y, en este sentido, a articular sus elementos principales para construir una teoría jurídica supervaluacionista.

II Supervaluaciones

Es práctica habitual articular las nociones básicas de la semántica con la ayuda de la idea de los mundos posibles. Así, una verdad lógica, una tautología, puede ser caracterizada como una proposición verdadera en todos los mundos posibles. Una contradicción es una proposición falsa en todos los mundos posibles. Las restantes proposiciones son contingentes, verdaderas solamente en algunos mundos posibles. Normalmente los mundos posibles se imaginan completos, en el sentido de que por cada hecho F, o es el caso de que F o es el caso de que no F.

En este sentido, E. Bencivenga, K. Lambert y B. C. van Fraassen 13

nos invitan a considerar el hecho de que Pegaso sea blanco. Este hecho no puede ser determinado. Los hechos indeterminados sugieren que los mundos pueden ser también incompletos. Y el reconocimiento de mundos incompletos equivale a asignar valores de verdad parciales a ciertas proposiciones. De este modo, una valuación parcial es la asignación de valores de verdad (verdadero -V, falso -F e Indefinido -I) a las proposiciones atómicas de un lenguaje L. Las proposiciones moleculares de L obtienen valores de verdad de la manera clásica, de los valores definidos (V y F) de sus proposiciones atómicas.

Una valuación v de las proposiciones de un lenguaje L es adecuada si y solo si es apropiada y estable.

Una valuación v en las proposiciones de un lenguaje L es apropiada si y solo si atribuye a las proposiciones de L los valores de verdad de acuerdo con los significados intuitivos de los componentes no lógicos de las proposiciones de L.

Una valuación v en las proposiciones de un lenguaje L es estable si y solo si cualquier extensión en la atribución de los valores de verdad a las proposiciones de L mantiene la atribución previa de valores de verdad definidos. Y una valuación u extiende otra t si la atribución de valor de verdad de u a las proposiciones atómicas de L convierte en definido al menos el valor de verdad de una sentencia que era indefinida según con la atribución de valores de verdad de t. En tal caso, usando las pala-bras de Fine en la exposición de este método, «the Stability Condition states that if a sentence has a definite truth-value under a specification

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t it enjoys the same definite truth-value under any specification u that extends t; definite truth-values are preserved under extension» 14.

Y una valuación v es completa si y solo si asigna solo los valores de verdad definidos Verdadero (V) y Falso (F) a las proposiciones de L.

Así, podemos decir que una valuación v es admisible si y solo si es adecuada y completa. Esta noción de valuación admisible nos permite introducir la noción de supervaluación 15.

Una valuación s es una supervaluación en un lenguaje L si y sólo si existe un conjunto no vacío K de valuaciones de L tal que para alguna proposición A de L:

s(A) = V si y solo si v(A) = V para todo v perteneciente a K. s(A) = F si y solo si v(A) = F para todo v perteneciente a K. s(A) = I (Indefinido), en el resto de...

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