Detención y apertura de envíos postales

AutorJesús Mª Barrientos
Cargo del AutorMagistrado y Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)


A diferencia de la correspondencia , no alcanza la tutela dispensada en el artículo 18.3, de la Constitución Española (CE) a aquellos otros envíos postales que por sus características físicas no sean usualmente utilizados para contener correspondencia individual sino para servir al transporte y tráfico de mercancías; se excluyen, por tanto, p.e. las maletas, maletines, neceseres, bolsas de viaje, baúles, etc.

Contenido
  • 1 Requisitos para la apertura de los envíos postales
  • 2 Normativa
  • 3 Jurisprudencia
  • 4 Ver también
  • 5 Recursos adicionales
    • 5.1 En doctrina
  • 6 Legislación básica
  • 7 Legislación citada
  • 8 Jurisprudencia citada
Requisitos para la apertura de los envíos postales

En todos estos casos, es decir, cuando se trata de paquetes o envíos no incluidos dentro del carácter secreto de las comunicaciones, el nivel de tutela se corresponde con el dispensado para la intimidad personal en el art. 18.1, CE , lo que implica que podrá la autoridad administrativa proceder a su apertura y a la inspección y control de su contenido, aunque con sujeción a las máximas constitucionales derivadas del carácter fundamental del derecho, esto es, que la apertura sea necesaria e idónea para alcanzar un fin constitucionalmente legítimo, y que la concreta forma de control o inspección reporte en el caso menos sacrificios en el derecho individual que beneficios en los intereses generales.

Normativa

El Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH) : Art. 8 , sobre reconocimiento del derecho a la intimidad personal, familiar, del domicilio y la correspondencia.

La Arts. 579 a 588 Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) : sobre la detención, apertura y examen de la correspondencia.

Jurisprudencia

STEDH de 22 de mayo de 2008 -caso Iliya Stefanov c. Bulgaria- [j 1], ; STEDH de 3 de abril de 2007 -caso Copland c. el Reino Unido- [j 2] ; y STEDH de 16 de febrero de 2000 - caso Amann c. Suiza- [j 3]. Sobre alcance de la protección del derecho a la intimidad personal en el acceso a archivos informáticos o correos electrónicos. STEDH de 3 de abril de 2007 –caso Copland c. Reino Unido- [j 4] . Trata supuesto de acceso a lista de llamadas telefónicas, a e-mail y lista de webs visitadas por responsables de la empresa en que trabajaba, como supuesto de inconsentido de invasión de la intimidad personal.

STC 173/2011, de 7 de noviembre de 2011 [j 5]. Contiene doctrina sobre la protección del derecho constitucional a la...

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