Los destinatarios en las técnicas de reproducción asistida

AutorFrancisco Lledó Yagüe - Óscar Monje Balmaseda - Ana Isabel Herrán Ortiz - Ainhoa Gutiérrez Barrenengoa - Andrés Urrutia Badiola
Páginas116-117

Page 116

5.1. El papel de la "mujer" en la reproducción humana asistida

Otro de los aspectos que merecen nuestra atención dentro de las sucintas reflexiones que efectuamos a la Ley de la Fecundación Humana Asistida es la cuestión concerniente a los destinatarios de las técnicas de reproducción. En este punto debemos remitirnos básicamente al artículo 6 de la citada ley, según el cual: «Toda mujer podrá ser receptora o usuaria de las técnicas reguladas en la presente ley, siempre que haya prestado su consentimiento a la utilización de aquéllas de manera libre, consciente, expresa y por escrito. Deberá tener dieciocho años al menos y plena capacidad de obrar. La mujer que desee utilizar estas técnicas de reproducción asistida, deberá ser informada de los posibles riesgos para la descendencia y durante el embarazo derivados de la edad inadecuada. Si estuviese casada, se precisará además el consentimiento del marido, con las características expresadas en el apartado anterior, a menos que estuviesen separados por sentencia firme de divorcio o separación, o de hecho por mutuo acuerdo que conste fehacientemente. El consentimiento del varón, prestado antes de la utilización de las técnicas, a los efectos previstos en el artículo 8, apartado 2, de esta ley, deberá resumir idénticos requisitos de expresión li-

Page 117

bre, consciente y formal. La elección del donante es responsabilidad del equipo médico que aplica la técnica de reproducción asistida. Se deberá garantizar que el donante tiene la máxima similitud fenotípica e inmunológica y las máximas posibilidades de compatibilidad con la mujer receptora y su entorno familiar".

En conclusión, como concluye certeramente Peña Bernaldo de Quirós, si es lógico que el Estado respete la libertad de tener hijos en el estado civil que sea, no ocurre lo mismo cuando los hijos sólo pueden venir al mundo con una colaboración oficial o cuasioficial (la del establecimiento sanitario...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR