ORDEN 1/2010, de 3 de mayo, de la Conselleria de Educación y de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se implanta la Hoja de Notificación de la posible situación de desprotección del menor detectada desde el ámbito educativo en la Comunitat Valenciana y se establece la coordinación interadministrativa para la protección integral de la infancia.

SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN 1/2010, de 3 de mayo, de la Conselleria de Educación y de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se implanta la Hoja de Notificación de la posible situación de desprotección del menor detectada desde el ámbito educativo en la Comunitat Valenciana y se establece la coordinación interadministrativa para la protección integral de la infancia. [2010/5952] Preámbulo Una de las actuaciones prioritarias en el marco de las competencias que la Generalitat tiene en materia de protección de menores, es la de impulsar acciones que contribuyan a mejorar los mecanismos de detección de casos de desprotección del menor, así como optimizar la derivación y actuación coordinada de los distintos agentes implicados en la protección del menor.

Es labor de la comunidad educativa en su conjunto, el conocimiento y difusión de los derechos del niño, así como el fomento de su respeto y protección. El profesorado de los centros y servicios educativos, especialmente el de Educación Infantil, Primaria y Secundaria Obligatoria, por su actividad, son uno de los agentes que mejor pueden observar la presencia de indicadores y factores de riesgo en el menor que evidencien la necesidad de una atención socioeducativa, al mismo tiempo que pueden ofrecer un apoyo a las familias en la promoción del buen trato a la infancia.

La Ley Orgánica de Educación, en su Disposición final primera por la que se modifica la Ley Orgánica 8/1995, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece que entre los diferentes derechos que tienen los alumnos se encuentra el de la protección contra toda agresión física o moral.

El Decreto 39/2008, de 4 de abril, del Consell, sobre la convivencia en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos y sobre los derechos y deberes del alumnado, padres, madres, tutores o tutoras, profesorado y personal de administración y servicios, contempla que el alumnado tiene derecho a la protección contra toda agresión física, sexual, psicológica, emocional o moral, no pudiendo ser objeto, en ningún caso, de tratos vejatorios o degradantes.

La Ley 12/2008, de 3 de julio de 2008, de la Generalitat, de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia de la Comunitat Valenciana, establece en el artículo 26 que los servicios y centros escolares, tanto públicos como privados, y órganos colegiados de carácter escolar, tienen la obligación de comunicar y denunciar cualquier situación de riesgo y desamparo en la que se encuentre un menor, y el deber de colaborar con los servicios sociales municipales y con el departamento competente en materia de protección de menores de la Generalitat, en el ejercicio de la función protectora de éstos.

En el mismo sentido se expresa el Reglamento de Medidas de Protección Jurídica del Menor en la Comunitat Valenciana, aprobado por Decreto 93/2001, de 22 de mayo, del Gobierno Valenciano, modificado por Decreto 28/2009, de 20 de febrero, del Consell.

Asimismo el citado artículo 26 de la Ley 12/2008, señala que la Generalitat promoverá la colaboración entre las instituciones educativas y las instituciones de protección de menores a los efectos de facilitar la prevención, la...

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