Despido de representante de los trabajadores

AutorvLex
Actualizado aJulio 2023

AL JUZGADO DE LO SOCIAL

D./Dª. ..........................., con D.N.I. nº ..................., mayor de edad, de estado civil .................... y con domicilio en ...........................ante este JUZGADO DE LO SOCIAL comparece y, como mejor proceda en Derecho,

EXPONE:

Que mediante el presente escrito formula demanda por despido improcedente contra la empresa ......................, domiciliada en ...........................en base a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:

HECHOS

PRIMERO.- Que el demandante ha venido prestando sus servicios en la empresa demandada desde ........................ostentando la categoría profesional de .................y un salario mensual, incluida la prorrata de pagas extras, de .................euros.

SEGUNDO.- Que desde el día ....................... ostenta la representación de los trabajadores de la empresa demandada, como miembro del Comité de empresa.

TERCERO.- Que con fecha ...........................la empresa demandada hizo entrega al firmante de una carta, cuya fotocopia se adjunta, en la que se le notificaba el despido.

CIARTO.- Que el despido carece de las garantías mínimas que la legislación dota a los representantes unitarios: los hechos referidos en la carta de despido, carecen de toda concreción, y son vagos, genéricos, sin que se refieran en ningún caso a infracciones concretas, ni a días concretos, todo lo cual produce una absoluta indefensión a esta parte por cuanto no es posible rebatirlos puntualmente. De la misma forma las infracciones a que se refiere la carta, son absolutamente inciertas, ya que por el trabajador en ningún caso se han llevado a cabo las acciones que se le imputan. y por parte de la empresa demandada, en ningún momento se ha llevado a cabo la tramitación del correspondiente expediente contradictorio, ni se ha dado audiencia al trabajador afectado, ni a los demás miembros del comité de empresa.

QUINTO.- Que se ha intentado la conciliación ante el SMAC con el resultado de SIN AVENENCIA, conforme queda acreditado por la certificación que se acompaña.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- En cuanto a la competencia del Juzgado, la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en particular sus artículos 1 y 2 letra a).

II.- El Real Decreto 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores y, en particular, sus artículos 54, 55, que regulan el despido disciplinario y el artículo 68 del TRLET...

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