STSJ Asturias , 23 de Julio de 2004
Ponente | MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJAS:2004:3890 |
Número de Recurso | 559/2003 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 23 de Julio de 2004 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL OVIEDO SENTENCIA: 02392/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN N.I.G: 33044 34 4 2003 0104993 , MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000559/2003 Materia: DESPIDO OBJETIVO Recurrente/s: Maite Recurrido/s:
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de GIJON DEMANDA 0000691/2002 Sentencia número: 2.392/2004 Ilmos. Sres.
D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ D. JOSE ALEJANDRO CRIADO FERNANDEZ En OVIEDO a veintitrés de Julio de dos mil cuatro, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española , EN NOMBRE DE S.M. EL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA
En el RECURSO SUPLICACION 0000559/2003, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. IGNACIO AGUIRRE FERNANDEZ, en nombre y representación de Maite , contra la sentencia de fecha cuatro de octubre de dos mil dos, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 003 de GIJON en sus autos número DEMANDA 0000691/2002 , seguidos a instancia de Maite frente a MINISTERIO FISCAL, INGEMAR SERVICIOS INMOBILIARIOS S.L., parte demandada representada por el/la Sr./Sra. Letrado D/Dª. CARLOS MEANA SUAREZ, en reclamación de Despido, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Dª MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ , y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en autos el mencionado Juzgado de lo Social dictó sentencia de fecha cuatro de octubre de dos mil dos por la que se estimaba en parte la demanda.
En la mencionada sentencia y como hechos declarados probados, los siguientes:
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- Dña. Maite , con D.N.I. nº NUM000 suscribió contrato de trabajo con Ingemar Servicios Inmobiliarios S.L. el 31 de julio de 2000, a tiempo parcial (30 horas a la semana) y de duración determinada hasta el 31 de enero de 2002, como entrevistadora encuadrada en la categoría de auxiliar.
La relación laboral se rige por le Convenio Colectivo de Oficina y Despachos.
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- El día 1 de febrero de 2001 las mismas partes suscriben contrato de trabajo, bajo la categoría de auxiliar con fun ci ones de visitadora, jornada de 20 horas semanales y por tiempo indefinido.
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- La Sra. Maite , bajo las condiciones de jornada pactadas , prestó servicios hasta el 20 de marzo de 2002, que inició un descanso por maternidad con derecho a prestaciones del 100%, sobre una base reguladora bruta de 15,83 euros/día, reconocido por la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social con efectos hasta el 9 de julio de 2002.
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- El 9 de mayo de 2002 la Sra. Maite presentó denuncia contra la empresa en la Inspección de Trabajo en reclamación de salarios.
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- El 7 de junio de 2002 la Sra. Maite recibió carta de este tenor:
"Como le consta, la empresa Ingemar Servicios Inmobiliarios, S.L. padece desde hace tiempo una situación evolutiva negativa, tal y como pone de manifiesto el cierre del Ejercicio del año 21002 con pérdidas de: 15.036,88 eu r os (2.501.927 ptas.) y con peor proyección en el último eje r cicio de 2001, con pérdidas de: 1.571,53 euros (2.923.658 ptas). Las pérdidas acumuladas en años anteriores ascienden a: 34.489,17 euros (5.738.515 ptas). Los gastos de la empresa al 31.12.01 ascienden a un total de: 63.377,46 euros (10.545.123 ptas). Los gastos de personal ascedian a: 35.019,32 euros (5.826.725 ptas) y las deudas con los bancos a: 54.091,09 euros (9.000.000 ptas). Las ventas efectuadas fueron de: 45.805,93 eurso (7.621.465 ptas). Actualmente, la situación de la empresa se ha agravado. Se han obtenido hasta el momento los siguientes resultados: Ventas 17.498,50 euros (2.911.505 ptas). Gastos total: 18.657,84 euros (3.104.403 ptas) Gastos de personal: 10.381,26 euros (1.727.297 ptas). Deudas con blanco: 54.091,09 euros (9.000.000 ptas). En este estado, se hace previas la adaptación de medidas tendentes a mejorar la situación económica de la empresa y posibilitar la virtualidad futura de la misma. Para ello se deben adoptar medidas para la reducción del gasto, con el fin de contribuir a la superación de la situación económica negativa de la empresa. Para ello. Se hace preciso proceder a la extinción de su relación laboral por las causas económicas expuestas, ya que los gastos mensuales del a bono de sus salarios y las correspondientes cuotas a la Seguridad Social,...
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