Desistimiento del consumidor después de que el contrato haya sido ejecutado. STJUE de 17 de mayo de 2023 (Asunto C-97/22)
Autor | vLex |
En el presente artículo se analiza la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de mayo de 2023 (Asunto C-97/22) que tiene por objeto la interpretación del artículo 14, apartado 5, de la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre los derechos de los consumidores, por la que se modifican la Directiva 93/13/CEE del Consejo y la Directiva 1999/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan la Directiva 85/577/CEE del Consejo y la Directiva 97/7/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, la cual se ha planteado en el contexto de un litigio entre un comerciante y un consumidor en relación con el pago del servicio prestado a este, en ejecución de un contrato celebrado fuera del establecimiento, por una empresa que ha cedido al comerciante el conjunto de los derechos derivados de dicho contrato.
En este punto ya adelantamos que el TJUE resuelve que, de conformidad con el artículo 14, apartados 4, letra a), inciso i), y 5, de la Directiva 2011/83/UE el consumidor está exento de toda obligación de pagar las prestaciones realizadas en ejecución de un contrato celebrado fuera del establecimiento cuando el comerciante de que se trate no le ha informado de su derecho de desistimiento, y el consumidor ha ejercitado su derecho de desistimiento una vez ejecutado dicho contrato.
En octubre de 2020, un consumidor celebró verbalmente con una empresa un contrato de renovación de la instalación eléctrica de su casa, sin que dicha empresa lo informara de su derecho de desistimiento.
Después de la ejecución del contrato, en diciembre de 2020, esa empresa presentó al consumidor la correspondiente factura, que este no pagó.
En marzo de 2021 la empresa cedió a un comerciante el conjunto de los derechos derivados de dicho contrato.
El mismo mes de marzo de 2021 el consumidor notificó el desistimiento del mismo contrato al comerciante, quien presentó al correspondiente órgano jurisdiccional una demanda por la que pretendía obtener el pago del servicio prestado al consumidor, alegando que pese al desestimiento del consumidor, la empresa cedente dispone de un derecho al pago. Entendía que la exclusión de tal derecho, por el incumplimiento de la obligación de información que recae...
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