Desarrollo rural sostenible en España

AutorHenar Álvarez Cuesta
Páginas77-88

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El desarrollo del mundo rural en España está ligado indisolublemente a la agricultura y ganadería como actividades económicas. La agricultura está inscrita en el ADN español y también amparada específicamente en el texto constitucional: "los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles. Con el mismo fin se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña" (art. 130 CE). Este precepto, incluido en el Título VII: Economía y Hacienda, busca la igualdad de oportunidades y la solidaridad entre la población agraria198, principios también incorporados en los conceptos de desarrollo rural sostenible y empleos verdes.

Tal y como se afirmó respecto a la Unión Europea, este sector conforma, para nuestro país, uno de los ámbitos de mayor importancia, tanto en términos económicos como de su cohesión social, "por su volumen de empleo, por su facturación, por el papel social y político que desempeña en relación con la ordenación y ocupación en el territorio, la conservación del medio ambiente y preservación cultural del paisaje"199.

En idéntico sentido al mundial, no cabe pretender unificar las distintas actividades (y con ello prestaciones de servicios) concurrentes en los diversos tipos de explotaciones agropecuarias existentes en España. Sin embargo, sí es posible afirmar que "las necesidades de mano de obra en este sector tienen características muy particulares, oscilantes al ritmo que marcan la intensidad y variedad de los cultivos, la estacionalidad de las tareas, exigencias del mercado de productos y la climatología"200, tanto se trate de grandes explotaciones como de pequeños minifundios de subsistencia.

3.1. Marco normativo

A nivel estatal, y desde hace relativamente poco tiempo, se ha preten-dido, al menos formalmente (si bien con escasa virtualidad práctica), ofrecer una nueva oportunidad e impulso a este sector. Sin tratar de

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enumerar todos los instrumentos legislativos que regulan esta actividad, conviene, para cumplir los objetivos pretendidos, fijar la atención en el desarrollo español de la Política Agraria Común en este ámbito y las medidas destinadas al desarrollo sostenible del medio rural.

En primer lugar, el Programa Nacional de Desarrollo Rural, aprobado oficialmente por Decisión de la Comisión Europea de 26 de mayo de 2015, está formado por el programa nacional de desarrollo rural; la declaración ambiental estratégica; la información de evaluación ex ante; la red rural nacional: lógica de intervención, y la red rural nacional: plan de indicadores.

En dicho Programa se establecen las "diversas"201prioridades a afrontar por España: fomentar la transferencia de conocimientos y la innovación en la agricultura, la silvicultura y las zonas rurales; mejorar la viabilidad de las explotaciones y la competitividad de todos los tipos de agricultura en todas las regiones y promover las tecnologías agrícolas innovadoras y la gestión sostenible de los bosques; promover la organización de la cadena alimentaria, incluidos la transformación y la comercialización de productos agrícolas, el bienestar de los animales y la gestión de riesgos en la agricultura; restablecer, conservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura; promover la eficiencia de los recursos y apoyar la transición a una economía baja en carbono y resistente al cambio climático en los sectores agrícola, alimentario y silvícola; y, por último, promover la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales. En el marco de dicho programa, las diversas Comunidades Autónomas articulan los propios (en el marco de sus competencias) teniendo como prioridades comunes las expuestas supra202.

En segundo, se ha dictado la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para el desarrollo sostenible del medio rural. Esta norma concilia el desarrollo del medio rural a través de su explotación económica con su sostenibilidad, con el objetivo común de fomentar el empleo, entre otros colectivos, y sobre todo, el de los jóvenes. A tal fin, por un lado, impulsa la creación y el mantenimiento del empleo en el medio rural, en especial para mujeres, jóvenes y personas con discapacidad, y preferentemente en las zonas rurales prioritarias, y para ello propone distintos tipos de medidas (art. 22):

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- El apoyo a la creación de empresas, al autoempleo y al empleo en cooperativas, singularmente en los sectores de actividad económica relacionados con el uso de nuevas tecnologías y con prácticas innovadoras en materia medioambiental.

- El mantenimiento de puestos de trabajo en sectores productivos especialmente significativos en el medio rural y la creación de empleos en sectores emergentes.

- El fomento de políticas activas para reducir la temporalidad del empleo en el medio rural.

- El diseño de actividades para informar y formar a los habitantes del medio rural sobre la potencialidad de uso de su Patrimonio Natural y Cultural, proponiendo iniciativas que faciliten su implicación en el turismo geológico, ecológico, minero y otros aprovechamientos culturales.

El principal instrumento de aplicación de la Ley 45/2007 es el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, el cual concreta las medidas de política rural, así como los procedimientos y los medios para llevarlas a cabo. Mediante el Real Decreto 752/2010, de 4 de junio, se aprueba el primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible para el período 2010-2014, el cual establece el marco nacional de planificación, incluyendo la zonificación del territorio de cada Comunidad Autónoma, actualmente Programa de Desarrollo Rural 2014-2020, el cual menciona (y trata de potenciar) específicamente el concepto de "empleo verde". Por su parte, el Plan de Zona Rural se configura como el instrumento de planificación a escala de zona rural de las medidas y acciones contempladas de forma genérica en el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, el cual debe ser elaborado y aprobado por la Comunidad Autónoma.

Por otro, ordena a las distintas Administraciones Públicas, según su competencia, promover el mantenimiento y la mejora de una actividad agrícola, ganadera y forestal suficiente y compatible con un desarrollo sostenible del medio rural, en particular en las zonas rurales prioritarias o calificadas como de agricultura de montaña, mediante (art. 16):

- La prestación de una atención preferente a los profesionales de la agricultura, y de ellos prioritariamente a los que sean titulares de una explotación territorial. Esta preferencia se aplicará, en particular, en la asignación de derechos de producción o de pago único de la reserva nacional o derivados de otros fondos o normas comunitarias o nacionales, y en la percepción de incentivos para la reestructuración sectorial de la Política Agraria Común.

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- La aplicación de las medidas de los reglamentos comunitarios relativos a la ayuda al desarrollo rural, con carácter prioritario, a los profesionales de la agricultura titulares de explotaciones territoriales.

Entre los colectivos beneficiarios destaca, otorgándoles el mayor nivel de apoyo, las mujeres, los jóvenes agricultores, titulares o cotitulares de una explotación, los profesionales de la agricultura203, las personas físicas que obtengan al menos el 50 por ciento de su renta de actividades agrarias, y las cooperativas y sociedades agrarias de transformación de explotación comunitaria de la tierra o ganado.

El mecanismo utilizado para unir el desarrollo propuesto con la sostenibilidad pretendida es el contrato territorial de zona rural. Este vínculo es el instrumento que establece el conjunto de compromisos a suscribir entre las Administraciones Públicas y los titulares de las explotaciones agrarias que orienten e incentiven su actividad en beneficio de un desarrollo sostenible del medio rural, cuya suscripción será requisito necesario para beneficiarse de las prioridades expuestas, y sus determinaciones se ajustarán a las Directrices Estratégicas Territoriales de Ordenación Rural.

Por último, se prevé que los planes nacionales de fomento empresarial incluirán una atención diferenciada para las zonas...

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