ORDEN FORAL 67/2009, de 16 de febrero, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se desarrolla el Área de Inspección General del Cuerpo de la Policía Foral, a nivel de Brigadas y Grupos.

SecciónI - Comunidad Foral de Navarra
Rango de LeyOrden foral

Mediante Decreto Foral 103/2008, de 20 de octubre, se modificó parcialmente el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Policía Foral de Navarra, aprobado por Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio.

El artículo 12 del mencionado texto reglamentario dispone que corresponde al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior la creación, modificación o supresión de las Comisarías, Oficinas de Atención Policial, Brigadas y Grupos, a propuesta del Director General de Interior.

Por su parte, el artículo 15.2 del Decreto Foral 265/2004, de 26 de julio, modificado por el Decreto Foral 103/2008, de 20 de octubre, estructura el Área de Inspección General en las Divisiones de Comunicación y Enlace Operativo, General Técnica y Régimen Interno.

Por todo ello, en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente en la materia,

CAPÍTULO I Artículos 1 a 17

Estructura organizativa del Área de Inspección General

SECCIÓN 1ª Artículos 1 a 6

División General Técnica

Artículo 1 Brigadas.

La División General Técnica se estructura en las siguientes brigadas:

  1. Brigada de Administración Policial.

  2. Brigada de Desarrollo Tecnológico.

  3. Brigada de Administración de Medios.

Artículo 2 Brigada de Administración Policial.
  1. Corresponde a la Brigada de Administración Policial la realización de las tareas siguientes:

  1. Recepción, registro y distribución de toda la documentación de la Policía Foral.

  2. Gestión de la comunicación interna y externa de la Policía Foral en coordinación con las unidades competentes en la materia de la Administración Foral.

  3. Secretaría del Jefe de la Policía Foral.

  4. Atención de las relaciones institucionales con otros Cuerpos de Policía y organizaciones y protocolo.

  5. Recopilación y divulgación de normativa y procedimientos aplicables a la operatividad policial.

  6. La elaboración de informes jurídicos y asesoramiento.

  7. Centralización y apoyo a las Áreas y Comisarías de todas las tareas generales de carácter administrativo correspondientes a la Policía Foral.

  8. Gestión y control de toda la documentación de la Policía Foral inspeccionando su correcta tramitación en plazo y forma, así como su registro, archivo y custodia.

  9. Identificación y atención de las necesidades de la Policía Foral en recursos humanos en coordinación con la unidad competente de la Dirección General de Interior.

  10. Gestión y tramitación de todo lo relacionado con licencias, permisos, vacaciones, situaciones administrativas, control de horarios, provisión de puestos de trabajo así como velar por el cumplimiento de las disposiciones vigentes en esta materia.

  11. Gestión y control de los expedientes personales de los componentes de la Policía Foral.

  12. Desarrollo de una cultura preventiva de riesgos laborales, impulsando aquellas acciones oportunas de acuerdo a la legislación específica, la elaboración de los planes de prevención de riesgos laborales y coordinación con las unidades competentes de la Administración.

  13. Gestión económica y presupuestaria de la Policía Foral en coordinación con los órganos competentes de la Secretaría General Técnica.

  14. Tramitación y control de desplazamientos y viajes practicados por la Policía Foral.

    ñ) Gestión de los ingresos recabados en concepto de elaboración de informes policiales, tasas, acompañamientos y servicios especiales.

  15. Identificación y definición de las necesidades de formación de la Policía Foral.

  16. Planificación, organización y evaluación de las actividades formativas en colaboración con Escuela de Seguridad de Navarra.

  17. Orientación a los formadores de la Policía Foral en colaboración con la Escuela de Seguridad de Navarra, así como participación en el diseño y desarrollo de jornadas y conferencias de interés para la función policial.

  18. Captación de ofertas formativas de interés para la función policial.

  19. Revista de armas en colaboración con la División de Régimen Interno.

  20. Atención del servicio de biblioteca y actividades culturales.

  21. Cualesquiera otras de análoga naturaleza que le sean encomendadas.

Artículo 3 Grupos.
  1. Para la mejor especialización en la ejecución de sus tareas, la Brigada de Administración Policial, se estructura en los siguientes grupos:

    1. Grupo de Jefatura.

    2. Grupo de Gestión Administrativa.

    3. Grupo de Recursos Humanos.

    4. Grupo de Gestión Económica y Control Presupuestario.

    5. Grupo de Formación.

  2. Los grupos del apartado anterior tendrán carácter central.

Artículo 4 Brigada de Desarrollo Tecnológico.
  1. Corresponde a la Brigada de Desarrollo Tecnológico la realización de las tareas y cometidos siguientes:

  1. La realización de estudios de innovación y mejora tecnológica en la prestación de los servicios de la Policía Foral.

  2. La evaluación continuada de los recursos tecnológicos asignados a la Policía Foral y su mejora continua.

  3. Velar por el cumplimiento de acuerdos y convenios de carácter tecnológico con otras organizaciones.

  4. Garantizar el mantenimiento de los sistemas informáticos policiales, proponiendo la realización de proyectos de mejora tecnológica en colaboración con los órganos competentes.

  5. Velar por el cumplimiento de la normativa existente en materia de protección de datos de naturaleza personal en colaboración con los órganos competentes.

  6. Gestión y control de los permisos de acceso a los sistemas informáticos policiales.

  7. Elaboración y mantenimiento de los mapas delincuenciales así como de la cartografía.

  8. Elaboración, análisis y control de la estadística policial.

  9. La inserción y validación de los datos de naturaleza policial.

  10. Enlace policial con otras Administraciones Públicas en relación con procesos de coordinación policial en la Unión Europea, siguiendo las directrices de la jefatura de la Policía Foral.

  11. Cualesquiera otras de análoga naturaleza que le sean encomendadas.

Artículo 5 Grupos.
  1. Para la mejor especialización en la ejecución de sus tareas, la Brigada de Desarrollo Tecnológico, se estructura en los siguientes Grupos:

    1. Grupo de Proyectos, Innovación, Análisis y Estadísticas.

    2. Grupo de Mecanización de Datos.

    3. Grupo de Enlace.

  2. Los Grupos del anterior apartado tendrán carácter central.

Artículo 6 Brigada de Administración de Medios.
  1. Corresponde a la Brigada de Administración de Medios la realización de las tareas siguientes:

    1. Atención de las demandas existentes en cuanto a recursos materiales en coordinación con las unidades correspondientes de la Dirección General de Interior.

    2. Gestión y mantenimiento del inventario de bienes adscritos a la Policía Foral.

    3. Elaboración de los pliegos técnicos para los diversos procedimientos de adquisición de medios y participación en los órganos de contratación que le sean encomendados.

    4. Colaboración en el control, gestión y mantenimiento de vehículos y recursos materiales.

    5. Atención y servicio del laboratorio fotográfico.

    6. Mantenimiento de los edificios y mobiliario de las dependencias de la Policía Foral.

    7. Planificación y ordenación de las instalaciones existentes en la Policía Foral, promoviendo un óptimo aprovechamiento del espacio.

    8. Implantación y seguimiento de sistemas de gestión ambiental en las instalaciones y recursos de la Policía Foral.

    9. Mantenimiento y control de los medios de transmisión y telefonía de la Policía Foral.

    10. Análisis y mejora continua de los sistemas de comunicación policiales.

    11. Auditoría y control del correcto uso de los medios materiales, velando por la gestión adecuada de los mismos.

    12. Otras de análoga naturaleza que le sean encomendadas.

  2. La Brigada regulada en el apartado anterior tendrá carácter central.

SECCIÓN 2ª Artículos 7 a 9

División de Régimen Interno

Artículo 7 Grupos.

La División de Régimen Interno se estructura en los siguientes grupos:

  1. Grupo de Evaluación e Investigación.

  2. Grupo de Calidad y Régimen Disciplinario.

Artículo 8 Grupo de Evaluación e Investigación.
  1. Corresponde al Grupo de Evaluación e Investigación, la realización de las tareas siguientes:

    1. La instrucción de las informaciones reservadas e investigaciones que se determinen por las autoridades competentes, sobre actuaciones de los integrantes de la Policía Foral, así como sobre aspirantes que se encuentren en la Escuela de Seguridad de Navarra.

    2. Auditoria y evaluación de los servicios de policía que se determinen en orden a la mejora de los mismos.

    3. Otras de análoga naturaleza que le sean encomendadas.

  2. El Grupo de Evaluación e Investigación tendrá carácter central.

Artículo 9 Grupo de Calidad y Régimen Disciplinario.
  1. Corresponde al Grupo de Calidad y Régimen Disciplinario, la realización de las tareas siguientes:

    1. Atención y asistencia personal a los miembros de la Policía Foral o a sus familiares, con ocasión de circunstancias extraordinarias o fatalidades de carácter grave que les puedan afectar.

    2. Impulso y desarrollo de acciones preventivas en aras a la consecución de una ética profesional en la Policía Foral, acorde con las expectativas de la sociedad.

    3. Gestión de todo lo relativo a agradecimientos, sugerencias y reclamaciones de los ciudadanos con ocasión de sus relaciones con la Policía Foral.

    4. Implantación y desarrollo de los modelos de calidad en los servicios de policía.

    5. Gestión administrativa y control de todo lo relativo a las armas amparadas en la condición de Policía Foral, así como la revista de las mismas en coordinación con el Grupo de Formación.

    6. Gestión administrativa y control de las credenciales profesionales.

    7. Seguimiento del cumplimiento de los compromisos adquiridos por la Policía Foral a través de la Carta de Servicios.

    8. Tramitación de expedientes...

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