Decreto 130/1982, de 13 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica de la Consejería de Cultura.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
Determinada la estructura orgánica básica de la Consejería de Cultura, por Decreto 46/1982, de 4 de agosto, resulta preciso dotar a sus Centros Directivos de los Servicios administrativos que les permitan ejercitar tanto las competencias ya transferidas como las que, en un futuro próximo, hayan de serlo conforme a lo dispuesto en el Estatuto de Andalucía.
En su virtud, con informe de la Consejería de Hacienda y aprobación de la Consejería de Presidencia, a propuesta de la Consejería de Cultura, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de octubre de
1982.
DISPONGO:
En la Consejería de Cultura, junto a los órganos establecidos por el Decreto 46/1982, de 4 de agosto, funcionará el Consejo de Dirección de la Consejería, presidido por su titular y formado, además por el Viceconsejero, el Secretario General Técnico y los Directores Generales. A sus reuniones podrán asistir, cuando sean convocados, los Presidentes, Directores o altos funcionarios de los diferentes Organismos o Servicios de la Consejería.
El Viceconsejero, como Jefe Superior después del Consejero, ostentará por su delegación la representación de la Consejería y ejercerá las facultades, prerrogativas y funciones que le atribuyan la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y demás disposiciones aplicables, y las que expresamente le confiera el Consejero de Cultura.
La Secretaría General Técnica y las Direcciones Generales, además de las atribuciones que les asigna la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado, tendrán las competencias y estructura orgánica que respectivamente se establecen en los artículos siguientes.
A) La Secretaría General Técnica actuará como órgano de estudio, documentación, asistencia técnica y administrativa, y tendrá a su cargo la gestión de los servicios comunes y de personal de la Consejería.
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La Secretaría General Técnica constará de los siguientes servicios:
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Servicio de Documentación, Estudios y Legislación.
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Servicio de Administración Interior y Asuntos Generales.
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Servicio de Cooperación, Campañas y Animación Cultural.
A) La Dirección General de Patrimonio Cultural velará por la conservación, defensa, protección y enriquecimiento del Patrimonio Cultural de...
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