El desafío de la fiscalidad de las criptomonedas. Las obligaciones de información en el IRPF

AutorMercedes Ruiz Garijo
CargoCatedrática de Derecho Financiero y Tributario. Universidad Rey Juan Carlos
Páginas19-36
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Estudios
El desafío de la fiscalidad de las criptomonedas.
Las obligaciones de información en el IRPF
Mercedes Ruiz Garijo
Catedrática de Derecho Financiero y Tributario.
Universidad Rey Juan Carlos
Fecha de recepción: 02-09-2021
Fecha de aceptación: 16-09-2021
RESUMEN:
Volatilidad. Activo especulativo. Anonimato. Inestabilidad. No trazabilidad. Estos son
algunos de los términos que aparecen en el universo de las monedas virtuales, todavía casi
mundialmente desregulado (a excepción de algunos países). En nuestro país, el legislador ha
comenzado por establecer obligaciones de suministro de información en el Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para reaccionar frente al fraude fiscal relacionado
con las criptomonedas. La tercera Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal de 2021
(las anteriores fueron en 2006 y 2012) incluye tres tipos de obligaciones de suministro de
información de carácter periódico con alcance en el IRPF. Dos corresponden a las entidades
residentes en territorio español que prestan servicios de cambio de monedas virtuales y
servicios de tenencia. Y la tercera corresponde al propio titular de monedas virtuales en
el extranjero. Estas medidas son, en nuestra opinión, un esfuerzo loable pero que, como
veremos, no van a resultar del todo eficaces. Primero porque el fraude fiscal en nuestro
país, relacionado con las criptomonedas no ha sido cuantificado (ni creemos que pueda
hacerse) con precisión. Ni siquiera se conoce con total certeza jurídica la fiscalidad de las
criptomonedas, más allá de las contestaciones a las consultas de la Dirección General de
Tributos (DGT). En las líneas que siguen analizaremos las obligaciones de suministro de
información creadas por la Ley de 2021, su idoneidad, así como su eficacia en la prevención
o lucha contra el fraude fiscal relacionado con las monedas virtuales.
Palabras claves: Monedas virtuales, Criptomoneda, Bitcoin, control tributario, monedero
electrónico, modelo 720, régimen tributario sancionador.
ABSTRACT:
Volatility. Speculative asset. Anonymity. Instability. No traceability. These are some of the
terms that appear in the universe of virtual currencies, still almost worldwide unregulated
(an exception of some countries). In our country, the legislator has begun by establishing
Estudios
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obligations to supply information to react to tax fraud in Personal Income Tax (PIT), related
to cryptocurrencies. The third Law on the prevention and fight against tax fraud of 2021
(the previous ones were in 2006 and 2012) includes three types of obligations to supply
information of a periodic nature with scope of personal income tax. Two obligations to
entities resident in the Spanish territory that provide virtual currency exchange services and
holding services. And the third to the owner of virtual currencies abroad. These measures
are, in our opinion, a laudable effort but, as we will see, they will not be entirely effective.
First, because tax fraud in our country, related to cryptocurrencies has not been quantified
(nor do we believe it can be done) with precision. The taxation of cryptocurrencies is not
even known with full legal certainty, beyond the doctrine from the General Directorate
of Taxes (GDT). In the following lines, we will analyze the information supply obligations
created by the 2021 Law, its suitability, as well as its effectiveness in preventing or fighting
tax fraud related to virtual currencies.
Key words: Virtual currencies, Criptocurrencies, bitcon, location, Tax control, e-wallet,
Model 720, sanctioning tax regime.
SUMARIO. 1. Introducción. Breve apunte sobre ausencia de una regulación legal y fiscal de las
monedas virtuales y sus consecuencias: 1.1. De la negación al reconocimiento institucional
de las monedas virtuales. 1.2. Doctrina sobre la calificación jurídica de las monedas
virtuales y su posible tributación. 1.2.1. IVA. 1.2.2. Imposición directa.- 2. Control tributario
y lucha contra el fraude fiscal asociado a las monedas virtuales. La reacción del legislador
mediante el establecimiento de obligaciones de suministro de información a efectos de
IRPF: 2.1. Obligación de suministro de información de las entidades residentes en territorio
español. 2.1.1. En relación con los servicios de tenencia (saldos). 2.1.2. En relación con los
servicios de cambio de monedas virtuales. 2.2. Obligación de información sobre monedas
virtuales situadas “en el extranjero” mediante la presentación del insistente y controvertido
modelo 720.- 3. Conclusiones.- 4. Bibliografía.
1. INTRODUCCIÓN. BREVE APUNTE SOBRE AUSENCIA DE UNA
REGULACIÓN LEGAL Y FISCAL DE LAS MONEDAS VIRTUALES Y
SUS CONSECUENCIAS
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