Entre los derechos de las mujeres y el poder judicial: el divorcio durante la Segunda República española (1931-1936)

AutorRubén Pérez Trujillano
CargoUniversidad Internacional de La Rioja
Páginas391-437
AHDE, tomo XC, 2020
Entre los derechos de las mujeres y el poder
judicial: el divorcio durante la Segunda República
española (1931-1936)
RESUMEN
Este artículo aborda la intervención judicial en el proceso de capacitación civil de
las mujeres en su camino hacia la ciudadanía durante la Segunda República española
(1931-1936). Así, se estudian los impedimentos creados para que las mujeres pudieran
tener acceso a los puestos judiciales. Se desgajarán de esta premisa algunas ideas
sobre la hegemonía del discurso machista en distintos cuerpos estatales, y no solo en la
administración de justicia, así como sus perniciosas repercusiones en lo tocante a la
eficacia jurídica, y no ya la efectividad, de la legislación progresista y la Constitución
de 1931 (II). A continuación, se analizan fuentes documentales a efectos de decantar el
discurso judicial relativo a la prescripción de un modelo de familia y de mujer con arre-
glo a pautas preconstitucionales. El divorcio fue uno de los grandes avances republica-
nos en materia de igualdad, por lo que el estudio detenido de su aplicación práctica
sirve para conocer cómo la interpretación judicial moduló el ejercicio y el contenido de
los derechos recién reconocidos (III). Por último, se remarcan algunas conclusiones
alrededor de la subjetividad jurídica de las mujeres que se derivaba de la praxis judi-
cial en estos planos: el del divorcio pero, también, el de la capacidad para contratar,
para administrar y disponer de bienes y, en fin, para participar en la vida civil y hacer
valer sus intereses y derechos judicialmente. Todos ellos permiten afirmar que la feme-
nina fue una ciudadanía disminuida por la acción de los tribunales (IV).
PALABRAS CLAVE
Segunda República española, Constitución de 1931, poder judicial, feminismo,
período de entreguerras, igualdad.
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Rubén Pérez Trujillano
AHDE, tomo XC, 2020
ABSTRACT
This article addresses the judicial intervention in the process of recognition of civil
rights to women on their way to citizenship during the Spanish Second Republic (1931-
1936). Thus, it studies the obstacles created for women to access to judicial positions.
Some ideas about the hegemony of the sexist discourse in different State bodies, and not
only in the administration of justice, stems from this premise. In particular, ideas about
the legal efficacy and also the effectiveness of the progressive legislation and the Cons-
titution of 1931 will be deduced (II). Afterwards, the article analyses documentary sour-
ces and archives in order to distil the judicial discourse regarding the prescription of a
family and woman’s model according to preconstitutional guidelines. Divorce was one
of the great republican advances in the field of equality, so that the detailed study of its
practical application is useful to understand how judicial interpretation modulated the
exercise and definition of the newly recognized rights by republican regime (III). Fina-
lly, some conclusions are drawn with respect to women’s legal subjectivity, which deri-
ved from judicial practice in these topics: not only on the ground of the divorce, but also
on the area of the ability to contract, to administer and to dispose of property and, in
general, to participate in civil life and to assert their interests and rights before the
courts. On this basis, it is possible to conclude by affirming that women’s citizenship
was diminished by the action of the courts (IV).
KEY WORDS
Spanish Second Republic, Constitution of 1931, Judicial Power, feminism, interwar
period, equality.
Recibido: 13 de marzo de 2020.
Aceptado: 30 de marzo de 2020.
S: I. Introducción. II. El monopolio masculino de la interpretación judicial
y la eficacia de la Constitución. III. La institución de la familia y la posición de la
mujer: el modelo constitucional y el modelo judicial. III.1 Divorcio. III.2 Estu-
pro y violación. III.3 Adulterio y malos tratos. III.4 Clase social y moral bur-
guesa. IV. La ciudadanía femenina entre normatividad y normalidad. IV.1 Fac-
tores jurídico-positivos. IV.2 Factores socio-culturales. IV.3 Factores
ius-históricos. IV.4 La última barrera contra los derechos de las mujeres.
V. Conclusión.
I. INTRODUCCIÓN
La exploración del proceso de capacitación jurídica de las mujeres y la atri-
bución de derechos civiles que tuvo lugar durante la Segunda República espa-
ñola presenta un doble interés. En primer lugar, permite conectar el plano de la
subjetividad jurídica y el de la ciudadanía, lo que resulta útil para analizar la
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dialéctica entre una lógica doméstica de la sujeción, característica de la tradi-
ción jurídica española, y una lógica constitucional de los derechos, que preten-
día desplazarla por aquellos años. En segundo lugar, la pregunta sobre la confi-
guración republicana de la personalidad jurídica de las mujeres remite a los
puntos de fricción surgidos entre las transformaciones constitucionales y legis-
lativas, de un lado, y la práctica judicial, de otro.
El presente artículo 1 aspira a diferenciar estas dimensiones de conflicto,
pero asimismo a sondear las limitaciones de unas y otras agencias: el derecho
constitucional y el civil, la realidad jurídico-positiva y la judicial, la acción
constituyente y la estatalizada, el programa transformador de la República y la
actuación autónoma del aparato de Estado. Para ello, se acomete el análisis
crítico de fuentes normativas y judiciales 2.
II. EL MONOPOLIO MASCULINO DE LA INTERPRETACIÓN
JUDICIAL Y LA EFICACIA DE LA CONSTITUCIÓN
El feminismo atravesó una modesta etapa dorada durante el primer bienio
republicano. Aunque las mujeres carecían del derecho de sufragio activo cuan-
do se votó a las Cortes Constituyentes en 1931, el reconocimiento del sufragio
pasivo llevó a la tribuna a las primeras diputadas de España 3. En el plano local,
las comisiones gestoras estatuidas en algunos municipios abocaron al nombra-
miento de las primeras alcaldesas hacia febrero de 1933, como sucedió en Mon-
cada (Valencia) 4. La espita de la participación política de las mujeres quedó
abierta. En noviembre acudieron a las urnas a emitir su voto en las elecciones
generales, completándose así la ciudadanía política de la mitad de la población
adulta.
1 Este artículo ha sido realizado mientras era visiting fellow posdoctoral en el Sheffield Cen-
tre for International and European Law, School of Law, University of Sheffield. Para su elabora-
ción ha sido imprescindible mi estancia como investigador visitante predoctoral en la Universitat
Pompeu Fabra gracias a una ayuda competitiva del V Plan Propio de Investigación de la Universi-
dad de Sevilla.
2 Se citarán las siguientes fuentes primarias, cuyas siglas será bueno anticipar ya: Archivo de
la Audiencia provincial de Sevilla (AAPS), Archivo del Consejo de Estado (ACE), Archivo del
Congreso de los Diputados (ACD), Arxiu Central del Tribunal Superior de Justícia de Catalun-
ya (ACTSJC), Archivo General Arzobispal de Sevilla (AGAS), Archivo Histórico Nacional (AHN),
Archivo Histórico Provincial de Córdoba (AHPCo), Archivo Histórico Provincial de Huel-
va (AHPH), Archivo Histórico Provincial de Sevilla (AHPS), Archivo Municipal de Jerez de la
Frontera (AMJ), Arxiu del Pavelló de la República (APR), Archivo Municipal de San
Roque (AMSR), Archivo de la Real Chancillería de Granada (ARCG) y Archivo del Reino de
Valencia (ARV). También uso abreviaturas útiles para carpeta (carp.), código civil (CC), código
penal (CP), expediente (exp.), Gaceta de Madrid (GM), legajo (leg.), ley de divorcio (LD), ley de
matrimonio civil (LMC) y signatura (sig.), además de las más habituales.
3 F C, Pilar, «La II República. Entre lo privado y lo público (1931-1939)», en
Elisa Garrido (ed.), Historia de las mujeres en España, Madrid, 1997, pp.493-514, pp.509-511.
4 «Valencia en 1933», en Las Provincias. Almanaque para 1934, Valencia, Domenech, 1934,
p. 53.

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