Derechos de los interesados

AutorAna Marzo Portera
Cargo del AutorLicenciada en Derecho por la Universidad de Valencia Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid
Páginas201-222

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El título III de la LOPD se ocupa de una cuestión tan esencial como los derechos de las personas en el ámbito de la protección de datos. Estos derechos básicamente son:

- El derecho de consulta al Registro General de Protección de Datos.

- Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

- El derecho a la impugnación de valoraciones.

- El derecho a recabar la tutela de la AEPD o, en su caso, de las autoridades de control de las Comunidades Autónomas.

- El derecho de indemnización.

Veamos a continuación las obligaciones del responsable del fichero en esta materia.

15. El derecho de consulta al Registro General de Protección de Datos

Este derecho permite a cualquier interesado recabar del RGPD –entre otros datos– información oportuna acerca de la existencia de tratamientos de datos de carácter personal bajo responsabilidad de un responsable del tratamiento, y en particular información relativa a:

- Las categorías de datos sometidas a tratamiento.

- Las finalidades de tratamiento de los datos.

- Las cesiones de datos que se efectuarán a terceros.

- Y la dirección para ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

La consulta al RGPD que cualquier interesado puede efectuar, es pública y gratuita.

16. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de datos, según ha afi rmado el TC en su St. número 292/2000, constituyen el haz de facultades que emanan del derecho fundamental a la protección de datos y “sirven a la capital función

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que desempeña este derecho fundamental: garantizar a la persona un poder de control sobre sus datos personales, lo que sólo es posible y efectivo imponiendo a terceros los mencionados deberes de hacer”.

16.1. Características generales

Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se caracterizan por las siguientes particularidades:

- El responsable del tratamiento deberá conceder al interesado un medio sencillo y gratuito para el ejercicio de los mismos. A tales efectos, el ejercicio por el interesado de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición será gratuito y en ningún caso podrá suponer un ingreso adicional para el responsable del tratamiento ante quien se ejercitan.

- Son personalísimos y podrán ser ejercitados por el interesado siempre que acredite su identidad.

* El RDLOPD permite que, cuando el responsable del fichero o tratamiento disponga de servicios de cualquier índole para la atención a su público o el ejercicio de reclamaciones relacionadas con el servicio prestado o los productos ofertados al mismo, se conceda la posibilidad al afectado de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición a través de dichos servicios y en estos casos, la identidad del interesado se considerará acreditada por los medios establecidos para la identifi cación de los clientes del responsable en la prestación de sus servicios o contratación de sus productos.

* Cuando el interesado se encuentre en una situación de incapacidad que le imposibilite el ejercicio personal de estos derechos, podrán ejercitarse por su representante legal, en cuyo caso será necesario que acredite tal condición.

* También podrán ejercitarse a través de representante voluntario, expresamente designado por el interesado para el ejercicio del derecho. En ese caso, deberá constar claramente acreditada la identidad del interesado representado, mediante la aportación de copia de su documento nacional de identidad o documento equivalente, y la representación conferida por aquél.

* Cuando el responsable del tratamiento responsable del fichero sea un órgano de las AAPP o de la Administración de Justicia, podrá acreditarse por el interesado la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fi dedigna, o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.

- El responsable del tratamiento deberá denegar el ejercicio de los derechos, cuando la solicitud que reciba sea formulada por persona distinta del interesado y no se acredite que la misma actúa en representación del interesado.

- Son derechos independientes, de tal forma que no puede entenderse que el ejercicio de ninguno de ellos sea requisito previo para el ejercicio de otro.

- No se considerarán conformes a lo dispuesto en la LOPD y en el RDLOPD los supuestos en que el responsable del tratamiento establezca como medio para que el interesado pueda ejercitar sus derechos:

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- El envío de cartas certificadas o semejantes.

* La utilización de servicios de telecomunicaciones que implique una tarifi cación adicional al afectado o;

* Cualesquiera otros medios que impliquen un coste excesivo para los interesados.

- El responsable del tratamiento deberá adoptar las medidas oportunas para garantizar que las personas de su organización que tienen acceso a datos de carácter personal puedan informar del procedimiento a seguir por los empleados para el ejercicio de sus derechos.

16.2. Procedimiento general para el ejercicio de los derechos

- Por un lado, la normativa vigente permite seguir el procedimiento establecido por el responsable del tratamiento, de acuerdo con lo dispuesto por éste en relación a los servicios específicos para la atención de su público.

- Por otro lado, el marco general previsto en el RDLOPD para el ejercicio de los derechos, establece que tanto responsable del tratamiento como interesado afectado, deberán tener en cuenta lo siguiente:

* El ejercicio deberá llevarse a cabo por el interesado mediante comunicación dirigida al responsable del tratamiento que deberá contener:

Documentos acreditativos de la petición que formula.

* Recibida la comunicación enviada por el interesado, el responsable del tratamiento deberá contestar la solicitud que se le dirija en todo caso. La contestación a la solicitud efectuada por el interesado deberá efectuarse siempre, aún en el caso de que no figuren datos personales del interesado en sus ficheros.

* En el ejercicio de cualquiera de los derechos de que dispone el interesado, sí el responsable del tratamiento comprueba que la solicitud no reúne los requisitos especifi cados en la normativa vigente, el responsable del tratamiento deberá solicitar al interesado la subsanación de los mismos.

- En el caso en que el interesado ejercite sus derechos ante un encargado del tratamiento (por ejemplo, la gestoría laboral que elabora las nóminas o el asesor fi scal que liquida los impuestos o retenciones de IRPF), el encargado del tratamiento ante

Nombre y apellidos del interesado que ejercita el derecho.

* Fotocopia de su documento nacional de identidad, o de su pasaporte u otro documento válido que lo identifi que y, en su caso, de la persona que lo represente, o instrumentos electrónicos equivalentes así como el documento o instrumento electrónico acreditativo de tal representación. En el caso de las AAPP, todo lo anterior se entenderá sin perjuicio de la normativa específica aplicable a la comprobación de datos de identidad por las AAPP en los procedimientos administrativos.

* Petición en que se concreta la solicitud.

* Dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma del interesado solicitante.

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quien se presenta la solicitud, deberá dar traslado de la misma al responsable del tratamiento a fin de que por este último se resuelva la petición, a menos que en la relación existente entre el encargado del tratamiento con el responsable, se prevea expresamente que el primero atenderá, por cuenta del responsable del tratamiento, las solicitudes de ejercicio por los interesados de sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.

- En cualquier caso y sea quien sea la entidad que resuelva la petición del interesado, la respuesta deberá ser conforme con los requisitos previstos para cada caso en el RDLOPD que a continuación se expondrán.

- Es importante señalar que corresponderá al responsable del tratamiento la prueba del cumplimiento del deber de respuesta al interesado solicitante (disponga o no de datos personales suyos), debiendo conservar la acreditación del cumplimiento del mencionado deber durante el tiempo en que pudieran ser exigidas responsabilidades legales por incumplimiento de la LOPD o RDLOPD.

Finalmente, además de los requisitos generales expuestos, el responsable del tratamiento deberá tener en cuenta que, cuando las leyes aplicables a determinados ficheros concretos establezcan un procedimiento especial para la rectificación o cancelación de los datos contenidos en los mismos, deberá contemplarse además lo dispuesto en aquéllas.

16.3. El derecho de acceso

El derecho de acceso es el derecho del interesado a obtener información sobre las siguientes cuestiones:

- Si sus propios datos de carácter personal están siendo objeto de tratamiento.

- La finalidad del tratamiento que en su caso, se esté realizando.

- La información disponible sobre el origen de dichos datos.

- La información disponible sobre las comunicaciones (cesiones) realizadas o previstas realizar de los mismos.

- En virtud del derecho de acceso el interesado podrá obtener del responsable del tratamiento información relativa:

* A datos concretos.

* A datos incluidos en un...

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