Derechos Humanos y ética globalizada

AutorEusebio Fernández García
Cargo del AutorCatedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid
Páginas85-118

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1. Introdución

Si entendemos la ética o moral en el sentido que lo hicieron J. ORTEGA y GASSET, X. ZUBIRÍ y J. L. LÓPEZ ARANGUREN, como quehacer de la vida humana, es decir, como proyecto vital, entonces tendrá poco sentido plan-tearse la posibilidad de globalizar algo así entendido.

Si la vida humana es un quehacer moral, un resultado que vamos moldeando a lo largo de nuestra existencia, en medio de condicionamientos de todo tipo, entonces se trataría de algo tan personal que resulta intransferible a otras personas.

Por tanto, no tiene sentido hablar de ética globalizada si nos queremos referir a esta vertiente personal de la ética. En cambio, la cuestión varía de perspectiva si nos delimitamos al campo social y público de nuestra existencia cotidiana. Aquí sí cabe hablar de una ética globalizada porque global es la necesidad de lograr la convivencia entre los seres humanos y global también es la exigencia de dignificar esa convivencia con el reconocimiento, respeto y protección de ciertos derechos básicos y fundamentales: los derechos humanos.

Globalizar la vida individual como quehacer moral, también individual, atenta contra valores básicos de una sociedad civilizada, ya sea la propia identidad personal, que es lo mejor que nos define, ya la responsabilidad individual, ya valores como la diversidad o el pluralismo en las formas de pensamiento, creencias o maneras de vivir, o los derechos de las minorías a la diferencia. Globalizar de forma atropellada y uniforme1sería convertir a los individuos y grupos sociales en un medio para objetivos de manipulación.

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Quien tenga dudas sobre todo esto sería aconsejable que leyera el ensayo "Sobre la libertad" de J. S. MILL. Allí se señala que "La única libertad que merece este nombre es la de buscar nuestro propio bien, por nuestro camino propio, en tanto que no privemos a los demás del suyo o les impidamos esforzarse por conseguirlo", o que "para dejar libre juego a la naturaleza de cada uno, es esencial que personas diferentes puedan seguir diferentes vidas", o " ¿Qué es lo que hasta ahora ha preservado de esta suerte? ¿Qué ha hecho a la familia europea de naciones una porción de la humanidad progre-siva, y no una estacionaria? Ninguna superior excelencia en ellas que cuando existe, existe como efecto y no como causa, sino su notable diversidad de carácter y cultura. Individuos, clases, naciones, han sido extremadamente desemejantes unos de otros; han seguido una gran variedad de caminos, conduciendo todo a algo de valor... Europa, a mi juicio, debe totalmente a esta pluralidad de caminos su desenvolvimiento progresivo y multilateral. Pero empieza ya a poseer este beneficio en grado considerablemente menor. Decididamente va avanzando hacía el ideal chino de hacer a todo el pueblo igual"2.

También es buena guía para lograr nuestro propósito la lectura de Isaiah BERLIN, al indicar que "hay una pluralidad de culturas y de temperamentos... existe una pluralidad de valores que los hombres pueden buscar, y lo hacen. Y estos valores difieren... creo que esos valores son objetivos"3.

Además todo esto encuentra su asidero legal en el reconocimiento constitucional del "libre desarrollo de la personalidad" como "fundamento del orden político y de la paz social", según reza el art. 10.1 de la Constitución Española.

La búsqueda de ese ideal de vida es, pues, algo individual, intransferible, plural y multiforme. La libertad, en cuanto a su realización, encuentra los obstáculos de las exigencias prácticas, de los principios que hacen posible la convivencia humana y las libertades y derechos de los otros. Las excepciones a esa realización "ilimitada" de la libertad se fundamentan, pues, en la existencia del principio de que "todos los seres humanos deben tener algúnos valores en común, porque, de no ser así, dejarán de ser humanos"4.

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Son esos valores en común los que conforman y dan sentido y contenido a una ética globalizada. Y la mejor traducción de esos valores comunes, que preservan la idea de humanidad, se encuentra en el contenido de los derechos humanos fundamentales con sus deberes respectivos.

En resumen: no es posible ni deseable el intento de sustituir las éticas personales e individuales por una ética globalizada. El riesgo que se corre es la eliminación de la diversidad y el pluralismo de formas de pensamiento y de vida, lo que conlleva la destrucción de la libertad humana.

Por otro lado, en el ámbito social y público de nuestra conducta sí es necesario globalizar un modelo ético de convivencia, guiado por el respeto a los derechos humanos fundamentales. Comprendida así la ética globalizada funcionaría como una ética de mínimos. Una vez logrado este objetivo, comenzarían a actuar modelos éticos sin pretensión de globalizarse o universalizarse y de acuerdo con sus ideales de bien, felicidad o realización personal.

Apostar por la defensa de ciertos derechos como básicos o fundamentales puede sonar a ingenuidad a aquellos que no quieren olvidar las amargas e injustas experiencias de la historia de la humanidad y que solamente en el último siglo cuenta con suficientes muestras de barbarie. Nadie nos asegura que esos hechos no vayan a repetirse (o que ahora no se estén repitiendo). Ello hace aún más precisa la necesidad de buscar maneras de proteger esos derechos.

Quizá exista mucho de fé en la convicción de que, frente a las pocas esperanzas de mejorar la condición humana, hay una dignidad en los seres humanos que debe ser proclamada y una de las formas de hacerlo es reconocer en ellos un número de derechos inviolables.

Los derechos naturales de los iusnaturalistas racionalistas5(para quienes el poder político se legitima siempre y cuando proteja los derechos naturales), los derechos-fortaleza de B. Constant (o "una parte de la existencia humana que, necesariamente, permanece individual e independiente y que se encuentra por derecho, fuera de toda competencia social")6, los derechos morales como derechos previos al contrato democrático (previos en el sentido que el sistema democrático debe asegurarlos y éste, como toda organización política, debe ser vista como un medio cuyo fin es ese aseguramiento) a los que me he referido de manera reiterada desde hace tiempo7y, recientemente, la imagen de los dere-

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chos humanos como "coto vedado"8utilizada por Ernesto Garzón Valdés ("coto vedado en el que han de resguardarse los derechos fundamentales no negociables, como condición necesaria de la democracia representativa"9), son distintas versiones de la misma consideración de esos derechos como imprescriptibles y universales.

En todo caso, esa "creencia" en los derechos humanos admite una sencilla y sólida explicación, como la dada por I. Berlin en respuesta a Ramin Jahanbegloo: "Sí usted me pregunta por qué creo en los derechos humanos, puedo decirle que porque es la única forma decente -e incluso tolerable- de que los humanos vivan juntos; y si me pregunta qué significa "decente", puedo decirle que es el único tipo de vida que los humanos deben seguir si no quieren destruirse unos a otros. Estas verdades son generales, pero no dan por sentado algo inalterable"10.

Hoy es imposible concebir la idea de una sociedad justa al margen del reconocimiento y protección de los derechos humanos fundamentales. Y lo mismo ocurre con la democracia: los derechos humanos se desarrollan y fortalecen en el marco de una democracia política, social y económica. Pero también es cierto que los derechos sirven para fundamentar la democracia11.

A su vez, la democracia, si quiere perseverar como un sistema correcto de organización política y evitar su degradación, debe organizarse inspirándose en los principios y exigencia del Estado de Derecho12. Como ha señalado Elías DÍAZ los derechos fundamentales "constituyen la razón de ser del Estado de Derecho, su finalidad, más radical, el objetivo y criterio que da sentido a los mecanismos jurídicos y políticos que componen aquel"13.

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Como se ve, todos son componentes que se interconectan, a la vez que recogen las experiencias de una historia que al olvidarse fácilmente de ellos hoy nos ayuda a optar por formas de convivencia justas y a rechazar con vehemencia sus falsificaciones.

En las páginas que siguen se defenderá algo parecido a una federación de Estados de Derecho como formas de organizar la política en el plano mundial. Es una manera de pasar de la universalidad de los derechos individuales a la universalización del Estado de Derecho.

No obstante, si cabe la posibilidad de ser más exigentes en el plano de los deseos me gustaría añadir que, ya que estamos en época de globalización, es muy oportuno pensar en globalizar (universalizar o internacionalizar) el Estado Social y Democrático de Derecho. Hay una razón importante para ello: que, como ha indicado también Elías DÍAZ, "el Estado Social de Derecho es, con mucho, lo mejor que hasta ahora hemos logrado inventar o implantar"14.

Y ya para finalizar esta introducción, las objeciones que en el apartado final se hacen a la idea de ciudadanía cosmopolita, no pretenden negar su importancia, sino exponer algunas dificultades que aparecen cuando ésta se quiere llevar a la práctica. Por el momento me parece que la idea de doble ciudadanía, la cosmopolita y la patriótica, están condenadas a convivir de la mejor manera que puedan. No creo factible, pero tampoco deseable, deshacernos de aquellas pertenencias...

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