El derecho de sobreelevación y subedificación

AutorXavier O'Callaghan
Cargo del AutorMagistrado del Tribunal Supremo. Catedrático de Derecho Civil

Y SUBEDIFICACIÓN

DERECHO DE SOBREELEVACIÓN

El derecho de sobreelevación es aquel por el que su titular puede construir sobre una edificación ajena, siendo propietario de lo construido. Por lo cual, como advierte ALBALADEJO (1), realmente es un derecho de superficie.

Sin embargo, se puede constituir no como derecho de superficie, sino como derecho independiente, como derecho real a elevar una construcción sobre un edificio (2), que se rige por lo pactado entre las partes y las reglas generales a los derechos reales. Lo contempla, como inscribible en el Registro de la Propiedad, el artículo 16.2 del Reglamento Hipotecario.

El vuelo es la extensión vertical del derecho de propiedad y se puede separar de éste mediante el derecho de superficie y mediante el derecho de sobreelevación, construyendo sobre un edificio y adquiriendo la propiedad de lo sobreedificado, lo que conlleva, o bien —caso raro— la constitución de propiedad horizontal sobre el edificio, o bien —que será lo normal— la modificación del régimen y cuotas de ésta por la incorporación del nuevo o nuevos pisos que se han construido en virtud, precisamente, del derecho de...

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