Derecho sancionador y la política criminal

AutorNuria Querol Aragón
Páginas137-163

Page 137

6.1. Introducción y proposiciones fundamentales

“... cuántos recursos y cuántos castigos son necesarios para hacer cumplir los diferentes tipos de leyes? O, dicho de otra manera, ¿cuántos delitos deben ser permitidos y cuántos delincuentes deben librarse del castigo?” Gary Becker (1968)

El análisis económico de la política criminal y el derecho sancionador consiste en un estudio de la decisión de infringir (delinquir), -es decir, un estudio sobre la persona misma del delincuente-, y sobre la forma en que esta decisión puede verse afectada por los incentivos, positivos y negativos, creados por la sociedad a través del sistema jurídico penal.

Vamos por tanto a comprobar la utilidad del análisis económico del Derecho para la política criminal, el Derecho penal y otros Derechos sancionadores.

Partimos de la base de que los individuos son racionales en el sentido económico, es decir, que intentan maximizar su bienestar dentro de las limitaciones en que se mueven, como son, las limitaciones en la información, en la capacidad para la toma de decisiones, respecto al conflicto con otros valores....etc. Esa racionalidad les lleva a responder de diferente manera en función de los estímulos ó incentivos presentes en cada caso, pudiendo ser modificados por la política jurídica.

Es decir, los individuos cometen actos ilícitos porque el beneficio que obtienen con ello es mayor que el coste incurrido, siendo estos beneficios y costes de naturaleza muy diversa41. Esto no quiere decir que los individuos sopesen cuidadosamente las consecuencias antes de la comisión, sino que el ánimo que les ha

Page 138

movido (consciente o inconsciente) ha sido la sensación de que cometerlo es mejor que abstenerse de hacerlo, es decir que se comportan como si hubieran ponderado tales resultados con su comportamiento. No se puede negar que el comportamiento delictivo es más variado y complejo que un cálculo sistemático de beneficios y costes. A nivel individual se pueden señalar varios motivos distintos a la racionalidad como son la venganza, la presión de los amigos, el resentimiento, la pasión, la rabia, la falta de educación, el capital social42, los problemas familiares, el ejemplo de los padres etc. Otras disciplinas han mostrado más interés por tratar de explicar diversos factores sociales: como por ejemplo las teorías biológicas, que ofrecen una explicación con referencia al género, la edad y la clase social tanto de los agresores como de las víctimas.

Se ha demostrado que el acceso al sistema educativo no es suficiente para prevenir los problemas juveniles43y la delincuencia, siendo necesaria la influencia familiar, de los amigos, etc. para asentar la transmisión de valores, de actitudes y de la información en general. De esta forma la causalidad que conduce a la delincuencia se inicia con insuficiencias familiares y sociales que, agravadas por la pobreza, llevan a los jóvenes a abandonar la escuela. Más tarde un mercado laboral adverso los conduce hacia alternativas diferentes al trabajo y el estudio como son el consumo de droga y las actividades ilegales, por lo que es la situación económica y social la que empuja a los jóvenes a la delincuencia.

Tres son las proposiciones básicas sobre el comportamiento delictivo:

a) El castigo tiene efectos disuasorios.

b) Delinquir es rentable para quien lo hace, es decir merece la pena ex -ante para su autor.

c) Las condiciones económicas son un determinante fundamental de la cantidad de criminalidad existente.

6.2. El efecto disuasorio de las penas: ¿Disuade el castigo?

El problema de las penas se contempla en economía asemejando el castigo al precio que ha de pagar una persona para adquirir un bien determinado: a mayor castigo (precio) menor nivel de delitos querrá cometer (cantidad), siendo el precio (el coste del castigo) un valor esperado, que depende de la magnitud de la pena y de la probabilidad de que ésta se produzca. Por ejemplo, el precio (coste del castigo) de una condena de 20 años, cuya probabilidad de producirse es del

Page 139

50% debido a la insuficiente efectividad de la policía, del sistema judicial o del penitenciario, no representa para el delincuente un coste de 20 años sin o de 20 * 50% = 10 años

Por lo tanto hay dos formas de aumentar el castigo: aumentando las penas y/o aumentando probabilidad de que las penas se produzcan cuando se comete un delito (aumentando el número ó efectividad de la policía, el número de jueces, fiscales, personal e instituciones penitenciarias etc.).

La evidencia empírica disponible demuestra el efecto disuasorio del castigo, tanto en el caso de homicidios44(en los países donde está permitida la pena de muerte) como en el resto de los delitos. Respecto al caso de los homicidios penalizados con la pena de muerte hay que destacar el hecho de que esté demostrada que su efectividad es independiente de la defensa de su utilización, que dependerá de los valores imperantes en cada sociedad.

En cualquier caso, como veremos a continuación, tanto la teoría como la evidencia empírica han demostrado que el castigo sólo es una solución a corto plazo, ya que la solución más eficiente a medio y largo plazo es la modificación de las condiciones económicas del delincuente45.

Gráfico Nº 1 El castigo esperado y la decisión de cometer un delito Severidad del castigo

Fuente: Cooter y Ullen, 2000.

Page 140

La curva del castigo esperado tiene pendiente positiva para demostrar que el castigo se vuelve más severo a mayor gravedad del delito.

El castigo de los delincuentes es probabilístico: es posible que no sea aprehendido y es posible que sea aprehendido pero no condenado. Si un ladrón roba 6.000 euros, la multa por el robo se valorara en 12.000 euros y la probabilidad de ser atrapado y condenado fuera del 75% entonces el castigo esperado es igual a 0.75*(12.000)= 9.000 euros. (A mayor multa ó probabilidad del castigo la curva del castigo estará desplazada hacia arriba)

Una persona racional (suponemos neutralidad al riesgo) y amoral (que no siente culpa por el delito) cometerá46actos delictivos mientras su beneficio sea superior al castigo esperado, diferencia que se maximiza en el punto X* del gráfico anterior.

El objetivo del derecho penal es minimizar el coste social del delito que es igual a la suma del daño que causa más el coste de su prevención.

Representamos en el gráfico Nº 2 siguiente en el eje de abscisas las reducciones de la cantidad de la actividad delictiva de modo que en el origen de coordenadas la reducción lograda en cero y a medida que nos desplazamos a la derecha se logra una reducción mayor.

La curva del Coste social marginal (CSMg) representa el coste social marginal del logro de un nivel dado de reducción del delito, y tiene pendiente positiva porque lograr reducciones adicionales del delito cada vez es más costoso: por ejemplo reducir el delito en un 1% es más fácil cuando ya se ha reducido previamente un 5% que cuando ya se ha reducido previamente el 95%.

La curva del Beneficio social marginal (BSMg) mide el beneficio social del logro de la reducción en el número de delitos y tiene pendiente negativa porque el beneficio social de la reducción de delitos disminuye a medida que declina el número de delitos existente. Por ejemplo, la reducción del 5% al 7% beneficia más a la sociedad que la reducción existente entre 95% y el 97%.

La disuasión socialmente óptima se da en el punto en que el coste social marginal de una reducción adicional del delito se iguala al beneficio marginal social, que se da en el punto D*. A la izquierda de D* el BSMg de una reducción supera al CSMg por lo que hay que reducir más el delito. A la derecha del punto D* ocurre lo contrario, el CSMg>BSMg por lo que la sociedad debe reducir el delito en menor cantidad.

Si disminuye el coste de oportunidad (por ejemplo si se convierte en más conveniente políticamente disminuir el delito que construir hospitales) de los recursos destinados a la disuasión del delito, la curva de CSMg bajaría a CSMg2y el nivel óptimo pasaría a ser D**.

Page 141

Gráfico Nº 2 La disuasión óptima y el castigo eficiente

Fuente: Cooter y Ullen, 2000.

La eficiencia requiere que se escojan los gastos en disuasión que minimicen los costes sociales netos esperados:

Todo lo anterior nos explica que:

a) La disuasión costosa impide que una sociedad racional elimine el delito en su totalidad.

b) Si aumenta el coste de la disuasión, disminuirá la cantidad óptima de ella.

c) Si aumenta el daño neto del delito, aumentará la disuasión óptima a realizar.

6.3. El carácter “rentable” de las actividades delictivas

La rentabilidad47 del delito para el delincuente se observa en el gráfico Nº 1 anterior (pág 160) Ahora bien, es tarea del análisis económico el identificar los componentes más importantes de los beneficios y los costes, sometiendo las hipótesis a la contrastación empírica, desglosando para cada grupo de actividades delictivas los diferentes beneficios y costes, con unos resultados abrumadores en cuanto a los beneficios.

Page 142

¿Porqué los delincuentes realizan actos ilícitos? Porque su beneficio esperado (probabilidad de éxito*importe del “botín”) es mayor que su coste esperado (probabilidad de ser aprehendidos*sanción).

Ya hemos visto que se puede influir aumentando el coste esperado (aumentando la probabilidad ó aumentando la sanción), pero ¿hasta cuánto deben elevarse las penas? Hasta que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR