El derecho a recibir una indemnización por errores judiciales y por el funcionamiento anormal de la administración de justicia

AutorJosé Manuel Chozas Alonso
Cargo del AutorCoordinador
Páginas322-323

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La persona sobre la que haya recaído un fallo condenatorio como consecuencia de un error judicial tiene derecho a recibir una indemnización en determina-

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das circunstancias. El CEDH no exige que un tribunal declare la inocencia del imputado, sólo que haya un error judicial25.

El art. 205.2 PCPP dispone que en el supuesto de sobreseimiento con efecto de cosa juzgada o sentencia absolutoria, podrá el sobreseído o absuelto incoar el procedimiento de reclamación de indemnización ante el Ministerio de Justicia por error judicial o funcionamiento anormal y, de haber padecido prisión preventiva, por inexistencia objetiva o subjetiva del hecho.

El TEDH ha establecido, en Tendam vs. España (2010)26que en el caso del sometimiento a prisión preventiva y posterior absolución del art. 294.1 LOPJ, el razonamiento que rechaza la demanda de indemnización al distinguir entre una absolución en ausencia de pruebas y una absolución que resulta de una constatación de la inexistencia de los hechos delictivos ignora la absolución previa del...

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