Derecho y políticas ambientales en Extremadura (Segundo semestre 2020)

AutorPedro Brufao Curiel
CargoProfesor Titular Doctor de Derecho Administrativo Universidad de Extremadura
Páginas2-7
P. Brufao Curiel RCDA Vol. XI Núm. 2 (2020): 1-7
2
Novedades jurídicas en el Derecho Ambiental extremeño
En esta entrega sobre el Derecho y la política ambiental extremeños, indicamos
la publicación de medidas contra especies que se consideran dañinas, como
aplicación de la excepción general al principio general de conservación de las
especies silvestres, ya sean o no objeto de aprovechamiento.
En primer lugar, contamos con la Orden de 4 de mayo de 2020 sobre las
normas de control durante 2020 de la langosta mediterránea, que se ampara
en el RD 1507/2003, de 28 de noviembre, por el que se establece el programa
nacional de control de las plagas de langosta y otros ortópteros, cuyo art. 4
establece que las Comunidades Autónomas en las que existan poblaciones
endémicas de plagas de langosta u otros ortópteros efectuarán prospecciones
anuales en las épocas adecuadas para determinar la presencia de dichas
plagas, así como, en su caso, para delimitar los lugares de puesta o las zonas
de avivamiento.
Esta Orden se ampara en la normativa contra plagas de la Ley 43/2002, de 20
de noviembre, de Sanidad Vegetal, el RD 1311/2012, de 14 de septiembre, por
el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de
los productos fitosanitarios y el Decreto extremeño 138/1994, de 13 de
diciembre, por el que se establecen las bases de actuación en las campañas
oficiales fitosanitarias, que comprenden como “campaña oficial de tratamientos
fitosanitarios bajo el control de las autoridades de Sanidad Vegetal el
tratamiento aéreo y terrestre de la langosta mediterránea con deltametrín 2,5
%, tanto para el tratamiento de las ninfas como de los insectos adultos. Con
esta Orden se regulan las condiciones en las que la lucha contra la langosta
mediterránea de los propietarios y arrendatarios de fincas de los noventa
municipios del anexo, medidas que se fomenta por la Comunidad Autónoma y
cuyos agentes cuentan con la potestad del acceso a las fincas. Sin embargo,
hay que considerar a su vez el alimento que estos insectos supone para la
avifauna de las zonas pseudoesteparias, como los Llanos de Cáceres o La
Siberia, fuente de alimento indispensables para especies como la avutarda, el
sisón, la ortega, el cernícalo primilla, el mochuelo o la perdiz. Esta cuestión se
ha criticado por algunas entidades como SEO/Birdlife, que ha publicado que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR