Derecho y políticas ambientales en Cataluña (Primer semestre 2017)

AutorMarina Rodríguez Beas
Páginas1-43
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. VIII Núm. 1 (2017): 1 43
-Crònica-
[DOI: http://dx.doi.org/10.17345/rcda.1788] 1
DERECHO Y POLÍTICAS AMBIENTALES EN CATALUÑA
(PRIMER SEMESTRE 2017)
MARINA RO DGU EZ BEAS
Profesora de Derecho Administrativo
Universitat Rovira i Virgili
Investigadora
Centre d’Estudis de Dret Ambiental de Tarragona (CEDAT)
Sumario: 1. Introducción. 2. La Ley 4/2017, de 28 de marzo, de presupuestos de la Generalitat
de Catalunya para el 2017, y su impacto medioambiental. 3. El impacto de la Ley 5/2017, de 28
de marzo, de m edidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y
regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en
establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas
envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono, sobre la legislación ambiental. 3.1.
Cánones sobre la disposición del desperdicio de los residuos y del agua. 3.2. El impuesto sobre
los grandes establecimientos comerciales. 3.3. El impuesto sobre el riesgo medioambiental de
la producción, manipulación y transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos. 3.4. El
impuesto sobre las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.
3.5. La modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo. 3.6. Modificaciones legislativas
en materia de ordenación ambiental. a) La modificación de la Ley 12/2006, de 27 de julio, de
medidas en materia de medio ambiente. b) La modificación del Decreto Legislativo 1/2009, de
21 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de los residuos. c) La
modificación de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las
actividades. 3.7. Modificaciones legislativas en materia de ordenación de aguas. 3 .8.
Modificaciones legislativas en materia de medio natural. 3.9. La modificación de la Ley 16/2015,
de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la
Generalitat y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica. 4.
Otras normas y actuaciones de interés desde la perspectiva de la protección medioambiental.
M. Rodríguez Beas RCDA Vol. VIII Núm. 1 (2017)
2
1. INTRODUCCIÓN
Durante el período objeto de análisis (del 1 de octubre de 2016 al 30 de marzo
de 2017), se han producido un buen número de novedades normativas en
materia ambiental en Cataluña, aun cuando, curiosamente, no se ha aprobado
ninguna norma con rango de ley específicamente ambiental. La técnica
legislativa empleada ha sido, como ya había sucedido en los años anteriores,
la utilización de una ley de acompañamiento a los presupuestos para modificar
algunas leyes ambientales catalanas. De nuevo, se utiliza una ley de medidas
fiscales, financieras y administrativas para introducir algunas reformas de
importancia ambiental, pero también para crear algunos tributos propios. En
efecto, a través de la Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales,
administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de
los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en
establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas
azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono, se han
modificado, entre otras leyes ambientales, la Ley 12/2006, de 27 de julio, de
medidas en materia de medio ambiente y de modificación de las leyes 3/1988 y
22/2003, relativas a la protección de los animales, de la Ley 12/1985, de
espacios naturales, de la Ley 9/1995, del acceso motorizado al medio natural, y
de la Ley 4/2004, relativa al proceso de adecuación de las actividades de
incidencia ambiental; el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de los residuos; la Ley
20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las
actividades; el Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña;
la Ley 5/2003, de 22 de abril, de medidas de prevención de los incendios
forestales en las urbanizaciones, los núcleos de población, las edificaciones y
las instalaciones situados en terrenos forestales; la Ley 12/1985, de 13 de
junio, de espacios naturales. Asimismo, la Ley 5/2017 también ha creado dos
nuevos tributos ambientales propios de la Generalitat de Catalunya: el
impuesto sobre el riesgo medioambiental de la producción, manipulación y
transporte, custodia y emisión de elementos radiotóxicos; y el impuesto sobre
las emisiones de dióxido de carbono de los vehículos de tracción mecánica.
RCDA Vol. VIII Núm. 1 (2017) Derecho y políticas ambientales en Cataluña
3
En cuanto a los proyectos de ley en trámite, en este período cabe destacar que
el Proyecto de Ley de puertos y de transporte en aguas marítimas y
continentales superó, en la sesión del Pleno del Parlament de Catalunya
celebrada el 22 de diciembre de 2016, el debate a la totalidad sin ninguna
enmienda; y que continúan su curso la tramitación del Proyecto de Ley de
Comercio, Servicios y Ferias y la del Proyecto de Ley de ordenación de las
actividades de espectáculos públicos y recreativas.
Paralelamente, se están gestando varias iniciativas normativas de gran interés
en materia ambiental. En primer lugar, el Departament de Territori i
Sostenibilitat ha iniciado un proceso participativo con los entes locales para la
elaboración del Anteproyecto de Ley de calidad ambiental. En el marco de este
proceso participativo, la Direcció General de Qualitat Ambiental i Canvi Climàtic
ha organizado, en colaboración con las diputaciones, unas jornadas
informativas para exponer diferentes aspectos de la actual Ley 20/2009, así
como las casuísticas en su aplicación, y, por otro lado, avanzar los objetivos del
Anteproyecto de Ley de calidad ambiental, que la pretende sustituir. Los
objetivos estratégicos que plantea el Anteproyecto de Ley son: transición hacia
una producción ambientalmente sostenible, con un uso eficiente de los
recursos y de la energía y, por tanto, más competitiva; evolución de un modelo
de actividad intervenida previamente a un modelo de empresario responsable;
ajustar la normativa catalana al marco comunitario europeo y la legislación
básica; facilitar los regímenes de menor intervención previa; disponer de una
base de datos ambiental de actividades; y consolidar la Administración
electrónica en todos los regímenes de intervención. En segundo lugar,
mediante el Acuerdo del Govern de 13 de diciembre de 2016, se ha aprobado
la memoria preliminar del Anteproyecto de Ley de ordenación del litoral, que se
someterá a información pública y audiencia de las entidades afectadas. El
Anteproyecto, publicado el pasado 16 de enero de 2017 en el Diari Oficial de la
Generalitat de Catalunya (DOGC), pretende desarrollar la competencia
exclusiva en ordenación del litoral establecida en el artículo 149.3 del Estatuto
de Autonomía de Cataluña y la competencia en ejecución y gestión de las
obras de interés general situadas en el litoral catalán, regulada en el artículo
149.4 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, a través de la articulación de un

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR