Derecho y políticas ambientales en Asturias (Segundo semestre 2021)

AutorAlejandra Boto Álvarez
CargoProfesora Titular de Derecho Administrativo, Universidad de Oviedo.
Páginas670-685
REVISTA CATALANA DE DRET AMBIENTAL Vol. XII Núm. 2 (2021): 1 16
-Crònica-
[DOI: https://doi.org/10.17345/rcda3148] 1
DERECHO Y POLÍTICAS AMBIENTALES EN ASTURIAS
(SEGUNDO SEMESTRE 2021)
ALEJANDRA BOTO ÁLVAREZ
Profesora Titular de Derecho Administrativo.
Universidad de Oviedo
Sumario: 1. Textos legales en tramitación. 1.1. Una Ley ambiental en ciernes. 1.2. Actividad
física y deportiva en perspectiva ambiental. 2. Decretos aprobados. 2.1. Consejo de la Movilidad.
2.2. Instituto Mixto de Investigación en Biodiversidad (IMIB). 2.3 Registro de huella de carbono
para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero. 2.4
Desempeño de las competencias en materia de saneamiento de agua. 2.5. Consejo para la
Agenda 2030. 3. Decretos en preparación. 3.1. Caza. 3.2. Turismo. 4. Planes y programas. 4.1.
Medidas concretas para la protección de la fauna. 4.2 Lobo ibérico: ¿statu quo? 4.3. Plan Director
de Abastecimiento de Aguas 2020-2030. 4.4. Plan de adaptación al cambio climático de los
puertos autonómicos.
El período que cubre la presente crónica ha sido especialmente activo desde la
perspectiva de la normativa con incidencia ambiental, habiéndose iniciado la
tramitación de una esperada Ley autonómica general sobre medio ambiente, y
de otros instrumentos sectoriales de rango reglamentario. También se ha dado
continuidad a líneas de trabajo que estaban abiertas y de las que crónicas
precedentes habían dado oportuna noticia, a la que conviene dar seguimiento.
A fin de realizar una presentación sistemática de estas cuestiones, se opta por
su presentación agrupada en atención al rango del instrumento que les afecta, y
a su estado de avance.
1. TEXTOS LEGALES EN TRAMITACIÓN
1.1 Una Ley ambiental en ciernes
En el BOPA núm. 162, de 23 de agosto de 2021 se publicaba el arranque del
trámite de información pública respecto al Anteproyecto de Ley del Principado
de Asturias de calidad ambiental. Tal es finalmente la expresión elegida como
título para una norma que buscar servir de marco general para la protección y
A. Boto Álvarez RCDA Vol. XII Núm. 2 (2021)
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tutela del medio ambiente en la Comunidad Autónoma
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, mediante el
establecimiento de los fines y principios a que debe quedar sujeta la actividad
económica, tanto pública como privada, por razones medioambientales, de
forma que se contribuya a lograr un crecimiento sostenible.
La consulta pública previa sobre la iniciativa, lanzada en julio de 2020,
identificaba su necesidad de aprobación sin alternativas, pues hasta ahora, para
el desarrollo de proyectos y actividades con incidencia sobre el medio, se viene
aplicando en Asturias la legislación estatal (por ejemplo, en materia de
evaluación ambiental y de autorizaciones ambientales), pero estos
procedimientos resultan en ocasiones demasiado abiertos y generales. Por
razones de eficacia administrativa, y coordinación, es necesario su desarrollo
normativo. Este, requiere de una norma con rango de Ley pues, por ejemplo, es
preciso solucionar la necesaria derogación de la figura de la Evaluación
Preliminar de Impacto Ambiental (EPIA), establecida en la Ley 5/1991, de 5 de
abril, de Protección de los Espacios Naturales del Principado de Asturias, que
no tiene encaje en el marco normativo europeo actualmente vigente en este
ámbito. También es necesario aclarar el régimen de las actividades clasificadas,
que siguen rigiéndose en esta Comunidad Autónoma aún por el Reglamento de
Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP) del año 1961,
lo que genera una importante litigiosidad que se ha analizado en varias
ocasiones en la sección de análisis jurisprudencial de esta Revista. Otro objetivo
declarado era dotar a la Comunidad Autónoma de una norma que posibilite la
adopción de compromisos políticos en materia de planificación ambiental y el
ulterior desarrollo reglamentario en aspectos concretos como el establecimiento
de valores límite de emisión, la contaminación acústica, la normalización de la
documentación de seguimiento a presentar por las empresas, o los instrumentos
económicos al servicio de la protección ambiental. A pesar de la evidente
1
Algunas noticias previas habían anunciado una “Ley de sostenibilidad y protección ambiental”
y llegaron a circularse borradores con ese nombre:
https://www.asturias.es/Asturias/SEDE/FICHEROS_SEDE/tablon/proyectos_normativos/13_16
1205_anteproyecto_ley_sostenibilidad.pdf.

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