El derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones religiosas y morales

AutorElena García-Antón Palacios
Cargo del AutorDoctora en Derecho y profesora de Derecho Administrativo de la Universidad Europea de Madrid
Páginas57-85
CAPÍTULO II
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El derecho de los padres a
educar a sus hijos según sus
convicciones religiosas y morales
SUMARIO: 1. El derecho de los padres a educar sus hijos conforme a
sus creencias personales en Estados Unidos. 1.1. El reconocimiento
jurisprudencial del derecho de los padres a «dirigir» la educación de sus
hijos. 1.2. La oposición de los padres a que sus hijos estudien determi-
nados contenidos docentes. 1.2.1. Naturaleza jurídica de la oposición.
1.2.2. Posibilidades de exención o dispensa. 2. El derecho de los padres
a educar a sus hijos según sus convicciones en Canadá. 3. El derecho
de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones religiosas y -
losócas en el CEDH. 4. El derecho de los padres a elegir la educación
de sus hijos en la Constitución española.
LA EDUCACIÓN SEXUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO PÚBLICO:
CONFLICTOS EN EL DERECHO COMPARADO Y EL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
ELENA GARCÍA-ANTÓN PALACIOS
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1. El derecho de los padres a educar
sus hijos conforme a sus creencias
personales en Estados Unidos
1.1. El reconocimiento jurisprudencial
del derecho de los padres a «dirigir»
la educación de sus hijos
Dentro del elenco de derechos reconocidos en el Bill of Rights no
aparece el derecho de los padres a educar a sus hijos conforme a sus con-
vicciones personales, será el Tribunal Supremo norteamericano quien se
reera al derecho de los padres a «dirigir» («direct»)1 la educación de sus
hijos como un derecho fundamental comprendido en el concepto de
libertad garantizado en la Decimocuarta Enmienda de la Constitución
federal2. Este derecho consiste tanto en informar como en formar, es
decir, abarca no sólo el derecho a enseñar conceptos o dar instrucciones
a sus hijos, sino también el derecho a ir formándoles en conductas, acti-
tudes, valores y principios morales y religiosos.
En este contexto, la noción de un derecho de los padres para diri-
gir la educación de sus hijos surgió a nales del siglo XIX y principios
del XX, durante el primer periodo del activismo judicial3 en la educa-
ción (PROJECT, 1976, p. 1433), destacando, en la primera etapa los
1 406 U.S. 205, 232-233.
2 Meyer v. Nebraska, 262 U.S. 390 (1923), 400.
3 El activismo judicial (judicial activism) representa una corriente de pensamiento
que expresa el papel protagonista del juez al decidir sobre la constitucionalidad
y legalidad de la actuación de los poderes legislativo y ejecutivo, cfr. (PALOMI-
NO 1994, p. 36).

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