El Derecho en la llamada sociedad de la información

AutorIsabel Villaseñor Rodríguez; Juan Antonio Gómez García
Cargo del AutorFacultad de Ciencias de la Documentación (UCM)/Facultad de Derecho (UNED)
Páginas51-60

Page 51

3.1. Concepto de sociedad de la información

Hoy día, se están produciendo cambios de gran profundidad en nuestro mundo motivado por la irrupción de las nuevas tecnologías digitales como instrumentos de creación, almacenamiento y difusión de información. Las comunicaciones y los flujos de información (merced, sobre todo, a la universalización de Internet) se están digitalizando en la gran mayoría de los ámbitos de nuestra sociedad (también en el ámbito jurídico) a escala mundial, hasta el punto de que están imponiéndose progresivamente nuevas formas de organización y relación sociales, de producción y desarrollo económicos, y culturales. En esta nueva era de la información, marcada por la revolución tecnológica derivada de la imposición de las nuevas tecnologías de la información y de las telecomunicaciones (TIC), todos los procesos humanos que acompañan a este nuevo modelo vienen a comprenderse genéricamente bajo el concepto de sociedad de la información.

Es este un concepto extraordinariamente complejo, en gran medida teñido de ideología, sobre todo en lo que respecta a su carácter beneficioso o no. Aquí no vamos a entrar en estas cuestiones y simplemente nos vamos a hacer eco de un concepto descriptivo que da cuenta de manera neutra del fenómeno, como es el proporcionado por el Libro Verde sobre la Sociedad de la Información en Portugal (1997)4. Según este documento, sociedad de la información aludiría aPage 52 “…una forma de desarrollo económico y social en el que la adquisición, almacenamiento, procesamiento, evaluación, transmisión, distribución y diseminación de la información con vistas a la creación de conocimiento y a la satisfacción de las necesidades de las personas y de las organizaciones, juega un papel central en la actividad económica, en la creación de riqueza y en la definición de la calidad de vida y las prácticas culturales de los ciudadanos.

En general, se habla de que este nuevo modelo constituye una rápida transformación progresiva respecto a los anteriores, y por ello se habla de la sociedad de la información como la sucesora de la sociedad industrial. Así, se alude a ella también desde conceptos como por ejemplo los de sociedad post-industrial, sociedad post-fordista, sociedad post-moderna, etc... No obstante, aun existiendo matices diferenciadores en su concepción en razón de la denominación que se emplee, todos ellos son relativamente similares en su objetivo de mostrar la pujanza del nuevo paradigma (Castells) representado por la sociedad de la información.

Lo decisivo en este nuevo paradigma es la implantación, especialmente a partir de la década de los ochenta del siglo pasado, de nuevas tecnologías (la nanotecnología, la informática, la robótica, la inteligencia artificial, las telecomunicaciones, la biotecnología, etc...) basadas en la digitalización de la información en ellas contenida (lo cual ha favorecido la interdependencia y la fungibilidad en el uso y acceso, el almacenamiento, la transmisión y el procesamiento de la información entre sí en grandes cantidades: las redes de información), con el fin de gestionar los procesos técnico-económicos, sociales y culturales a escala global. En consecuencia, esta nueva sociedad de la información ha adoptado formas y características peculiares, distintas a cualquier otro paradigma social anterior y ha situado al sujeto ante un particular mundo donde, por ejemplo, conceptos como los de espacio y tiempo (se habla ahora de tiempo y espacio digitales, de atemporalidad, interacción múltiple y desterritorización en las relaciones entre los sujetos) se han visto transformados de manera sustancial desde su forma de comprensión tradicional, dando lugar así a un nuevo sujeto, el sujeto virtual, que vive en un nuevo entorno, el entorno cibernético.

No obstante, esto no debe llevarnos a pensar que estamos ante una sociedad basada materialmente en la información misma. Si así fuera, no estaríamos hablando de un nuevo modelo, ya que en todas las sociedades ha jugado un papel fundamental la información, su acceso, su manejo y el conocimiento a partir de ella elaborado en sus más distintas formas (mágico, religioso, mítico, científico, etc...); lo que resulta nuevo en verdad es lo que tiene que ver conPage 53 el procesamiento de la información mediante las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, las cuales han posibilitado un extraordinario aumento cuantitativo y cualitativo del mismo a través de procesos permanentes, dinámicos, interactivos y flexibles de información. Ello ha generado un efecto de ampliación y, a su vez, de retroalimentación de los flujos de información, que ha llevado a transformar sensiblemente las relaciones sociales, económicas y culturales existentes, originando, como venimos diciendo, nuevas formas.

3.2. Sociedad de la información y sociedad del conocimiento

Sobre todo al principio de la aparición del paradigma de sociedad de la información se hablaba también de sociedad del conocimiento como de términos sinónimos. Sin embargo, la gran mayoría de los estudiosos que se han ocupado de estos temas afirma que no cabe entenderse así ambos conceptos, puesto que se incurriría en un error conceptual de gran importancia.

Y es que, como se adelantó anteriormente, información no es lo mismo que conocimiento. La relación existente entre ambos es...

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