El derecho a la intimidad y las etiquetas de radiofrecuencia (RFID).

AutorAntoni Roig
Páginas37-57

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Ver nota 20

1. Marco general

La sustitución de los códigos de barras por las etiquetas de identificación por radiofrecuencia (RFID21), también denominadas "etiquetas inteligentes", parece sólo cuestión de tiempo. La novedad radica en su capacidad de identificación individualizada y la posibilidad de transmisión de la información a distancia. En efecto, las etiquetas RFID

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asocian información a un concreto producto como puede ser, por ejemplo, el televisor o la secadora de una marca concreta que se encuentra en la tercera fila de electrodomésticos de una tienda concreta. Hay que tener en cuenta que esta etiqueta puede contener datos aparentemente anodinos pero también puede incorporar datos de carácter personal. Por otro lado, no sólo la lectura de esos datos puede realizarse a distancia, sino además de forma que los sujetos no se den cuenta, por medio de un lector específico. Otra característica novedosa es su elevada capacidad de almacenaje de información. Y no estamos sólo ante una acumulación de datos en bruto, sino ante una potencial gestión inteligente de la información. En efecto, la información puede, a su vez, almacenarse en bases de datos y explotarse con finalidades muy diversas.

Este tipo de tecnología ya se está utilizando actual-mente en ámbitos diversos como, por ejemplo, la logística, el pago del peaje en las autopistas, el pago del transporte en bus o metro, las tiendas de artículos de lujo, el comercio al por menor, los documentos de viaje o la localización de las maletas en los aeropuertos; aun cuando su uso comercial más habitual consiste en la gestión de stocks de empresas mayoristas. En todos los casos se recurre a las etiquetas RFID en relación con objetos, pero, ¿podría asociarse su uso con las personas? La respuesta es afirmativa y, de hecho, ese uso ya se está dando. Por ejemplo, se utilizan en algunos países para controlar los movimientos de las personas mayores en las residencias de la tercera edad, para localizar a los médicos y los pacientes en los hospitales, para tener controlados a los niños en las escuelas o en las guarderías y hasta resultan útiles en las carreras de maratón o en las empresas petroquímicas.

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2. Supuestos generales
2.1. Identificación y acceso

La tecnología RFID podría usarse habitualmente en los pasaportes. Varias asociaciones de derechos fundamentales han alertado sobre los riesgos ligados a los pasaportes electrónicos. Así, European Digital Rights advirtió, en noticia de 22 de noviembre de 2006, de las dificultades que planteaba la seguridad del pasaporte electrónico británico, que se estaba implantando progresivamente. Concretamente, alertaban de la existencia de demostraciones prácticas de copia del contenido mediante lectores. Algo parecido ha sucedido con el pasaporte electrónico holandés. Se abría seguido en este caso el mismo sistema estándar que el proyectado para los pasaportes estadounidenses. Habría también sido posible en este supuesto el acceso y la copia ilegal. ¿Por qué se dan estos problemas de seguridad?

Los pasaportes electrónicos parecen tener dos graves problemas. El primero, es la pretensión de implantación universal. Cuando se busca que todos los países dispongan de tecnología de lectura de estos pasaportes es inevitable que la capacidad de lectura esté al alcance de personas no autorizadas. El segundo, consiste en la valoración de sus beneficios: los resultados hasta la fecha no son muy alentadores. En este sentido, se advierte de la necesidad de poner en evidencia los beneficios asociados a esta medida, pues de otro modo se asociará inevitablemente con el control de incógnito. Además, una contramedida tan sencilla como usar unas placas de aluminio podría evitar la lectura. Por consiguiente, estaríamos expuestos a la

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peor combinación posible entre libertad y seguridad: una medida ineficaz y encima vulneradora de derechos fundamentales.

El acceso de personas a áreas restringidas podría también realizarse mediante tarjetas inteligentes. En algunos países, la creación de bases de datos personales biométricas o con material genético ha sido considerada desproporcionada para la finalidad del control de acceso. El razonamiento es el siguiente: si es posible realizar el control de acceso identificando con medios menos incisivos, ¿por qué disponer de información genética, en el mejor de los casos, inútil? En el mismo sentido, es probable que deba acotarse o limitarse también el uso de la radiofrecuencia a estos efectos si quiere respetarse este principio.

2.2. Comercio

En muchos centros comerciales, los productos se identifican ya en la actualidad en varios momentos. El coste de la etiqueta limitó inicialmente el uso extensivo de las etiquetas RFID a los artículos de mayor coste. La reducción progresiva del coste de la RFID permite la aplicación cada vez más universal de esta tecnología. En primer lugar, puede marcarse la mercancía cuando llega al alma-cén. Además, en ocasiones el estante donde se encuentra suele estar indicado. Finalmente, en el punto de venta, la etiqueta es consultada. Por todo ello, la etiqueta RFID permite una gestión de mercancías más eficaz y rápida. Se aduce incluso que ahorra tiempo al comprador, pues no es necesario cargar individualmente el coste o el código de cada producto comprado. En algunas bibliotecas, la devo-

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lución de los libros en el servicio de préstamo se gestiona igualmente mediante estas etiquetas.

Otra ventaja consiste en la capacidad de control de la trazabilidad, es decir de seguimiento del historial del producto. Ello debería ayudar a evitar la venta de productos fraudulentos, defectuosos o caducados. Es comprensible que la industria farmacéutica considere a la RFID una herramienta interesante. En definitiva, su progresiva extensión a la gestión de materiales almacenados obedece a razones puramente económicas y no debería suponer en principio un riesgo para los derechos individuales. Ello es así pues no se usan datos personales, ni siquiera se relacionan los códigos con datos personales.

Ahora bien, las posibilidades de estas etiquetas van mucho más allá de la gestión eficiente de stocks. Uno de los posibles riesgos para el derecho a la intimidad de las personas proviene de la capacidad para fijar perfiles de usuario gracias a las preferencias de consumo detectadas en los centros comerciales. El riesgo existiría debido a la posibilidad técnica de haber vinculado de alguna mane-ra un código de producto a un comprador. Por ejemplo, todos los productos tienen únicamente un número de tienda único, que se combina con el nombre del comprador, obtenido quizá con tarjeta de crédito, y que luego se incorpora a una base de datos personales de compradores. Por otro lado, al no existir incentivo económico, ni obligación legal de desconectar la etiqueta una vez se ha comprado el producto, muchas etiquetas quedan activas. Por consiguiente, los datos incorporados en la ropa, o en los complementos de los clientes, así como la información relativa a los medicamentos que pudieran llevar encima podrían en ocasiones ser detectables por lectores compatibles. En general, la etiqueta inteligente potencia las po-

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sibilidades de venta directa, pues los hábitos de compra pueden ser reconocidos por un lector cuando la persona entra en un establecimiento comercial.

Las tiendas de comestibles, por ejemplo, podrían regalar tarjetas de fidelidad con descuento (y chip incorporado), que tendrían la capacidad de ser usadas en la compra, cada vez que se visite el comercio. Ello permitiría saber qué productos son adquiridos por cada persona, identificada por la tarjeta de fidelidad, y en qué establecimiento, por ejemplo. Podría saberse cuánto tiempo tarda en usarse un producto, y podrían deducirse estilos de vida, salud, capacidad económica, hábitos de compra. Ello estaría, además, a disposición de terceros, dotados de lectores equivalentes. Los datos así...

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