Derecho de información

AutorCarlos Hugo Preciado Domenech
Páginas145-148

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El derecho de información que aquí vamos a tratar es el derecho de in? formación activa, concretamente el derecho de informar, de que gozan los delegados sindicales en el marco de la actividad sindical, es decir el derecho a transmitir a los miembros de la sección sindical y al resto de trabajadores información sindical y expresar con libertad sus opinio? nes en materias concernientes a la esfera de su representación, pudien? do publicar y distribuir, sin perturbar el normal desenvolvimiento del trabajo, las publicaciones de interés laboral o social, comunicándolo a la empresa [art. 68.d) ET y art. 10.3 LOLS].

En primer lugar ha que enmarcar este derecho de información dentro de la información de los representantes sindicales, a fin de acotar los términos del análisis del derecho.

El concepto de información desde la perspectiva de los representan? tes de los trabajadores o, en su caso, delegados sindicales (art. 10.1.3 LOLS), comprende el derecho a informar, el derecho a ser informado y el derecho a informarse.

- Derecho a informar a los trabajadores en todos los temas y cuestiones previstos en el art. 64 ET, en cuanto directa o indirectamente tengan o puedan tener repercusión en las relaciones laborales [art. 64.7.e) ET].

- Derecho a informarse por sí mismos, ejerciendo sus competencias de vigilancia y control (art. 64.7 ET). Manifestaciones explícitas y parti? cularmente intensas de este derecho se contemplan en la normativa de prevención de riesgos laborales [vid art. 36.2.c) LPRL].

- Derecho a ser informado por el empresario, en los términos que pre? vé la legislación (art. 64.1 ET).

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Por otro lado, desde la perspectiva de los representantes unitarios o sindicales, podemos distinguir dos vertientes del derecho de informa? ción: activa y pasiva.

1) Activa: derecho a informar (transmitir datos a los trabajadores) y a informarse (obtener datos por sí mismos, en ejercicio de las funciones de vigilancia y control que el ET le asigna).

El derecho a informar es un derecho de libertad, que constituye la plasmación en el ámbito laboral del derecho fundamental previsto en el art. 20.1.d) CE de comunicar o recibir (desde la perspectiva del tra? bajador) libremente información veraz por cualquier medio de difu? sión".

Su exponente en el ET lo hallamos tanto en el art. 64.7.e) ET, que con? tiene el derecho del comité de empresa a informar a sus representados en todos los temas y cuestiones señalados en tal precepto en cuanto...

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