El derecho europeo

AutorRamón Soler Belda
Páginas267-276

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No se trata de hacer un recorrido pormenorizado de la imposición en general de los países europeos. Es preferible ver las líneas maestras de lo que ha ocurrido en los mismos, desde las constituciones hasta los impuestos en concreto, en una visión comparativa con España, que no siempre es posible, aunque lo que se intenta destacar es la aplicación de la progresividad en los Estados europeos.

La intención de este estudio comparado es buscar ideas aplicables para nuestra legislación, sobre todo en la práctica de la progresividad dentro de la legislación tributaria. Para ello con las pinceladas que se apuntan entiendo que son suficiente si bien en la mayoría de los casos están algo anticuadas, pero da una visión clara de por donde ha evolucionado la tributación de los diferentes impuestos en cada pais.

Constitución

No es normal que las constituciones europeas traten del sistema impositivo. En la Ley Fundamental Alemana de 1949496se enumera los impuestos en su artículo 106, pero no hay un lugar concreto, dentro de esta Ley marco, donde aparezcan los principios rectores de la política tributaria. Al ser un país descentralizado donde el 30% del ingreso y el

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40% del gasto están en manos del escalón intermedio de la organización territorial. Anualmente existen unas leyes de reforma fiscal anuales497.

La Constitución Austriaca es de 1920498, no dice nada sobre imposición y tiene un alto nivel de descentralización. La Constitución belga realmente la nueva redacción dada en el texto de 17 de febrero de 2004 es la ley suprema existente499y proclama principios como el de legalidad e igualdad. En 1953500Dinamarca redacta un nuevo texto constitucional. Aparece claramente el principio de legalidad (art. 43), pero no los de justicia tributaria. Algo similar ocurre en Finlandia en su constitución es de 1919501.

Francia, constitucionalmente se rige por una ley fundacional de la V República desde 1958502, En materia de Derechos de los ciudadanos, se remite a la Declaración de 1789503de Derechos del ciudadano. Es el país más jacobino de la UE. La Constitución de Grecia, próxima a la española, es de 1975504. En cuanto al sistema fiscal indica que "contribuirán proporcionalmente a sus facultades". Holanda, con una Constitución de 1815505, tampoco tiene referencias a los derechos y obligaciones tributarias. La actual Constitución Italiana es de 1947506en su artículo 53 ss el que más se parece a nuestro artículo 31: "Todos están obligados a contribuir a los gastos públicos en proporción a su capacidad contributiva. El sistema tributario estará inspirado en criterios de proporcionalidad".

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Renta de las Personas Físicas

En la legislación alemana (vigente hasta 2003) los tipos aplicables oscilaban entre el 17% y el 47%, no tenían planteamiento diferenciado las rentas de capital y las ganancias patrimoniales507. A partir de 2009 los tipos aplicables oscilan entre el 14% y el 42%.

Aun así Alemania mantiene un sistema de tipo Global508aunque emplea para el cálculo del beneficio empresarial el método de comparación de patrimonios netos, que es un sistema donde el resultado se calcula a partir del balance comparado y el beneficio por el que se tributa es el incremento del patrimonio neto de la empresa al final del ejercicio. Los tipos mínimos y máximo son el 15% (a partir de 7.664 €) y el 42% (a partir de 52.151 €) y los tramos 4509. No tributa las rentas de capital explícitas ni las ganancias patrimoniales dependiendo del tiempo de posesión, aunque el periodo es escaso de manera que prácticamente se puede decir que están exentas510.

Los dividendos tienen una exención parcial del 50% y se le aplica una desgravación individual511La plusvalía por transmisión de acciones también goza de una exención parcial del 50% en la mayor parte de los casos512. La carga financiera en Alemania no puede exceder del 50% de sus ingresos

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en la suma de los impuestos de renta y patrimonio513. Para los incrementos injustificados de patrimonio se acude a la estimación indirecta514.

En el caso austriaco, a partir de 2005 en la imposición sobre la renta, la escala es de 4 tramos El tipo mínimo es el 21% (ya se ha reducido al 10%) y el máximo el 50% (a partir de 50.8790 €), tiene un tipo mínimo exento básico que es muy bajo, pero que se aumenta conforme aumenta la renta. Las rentas de capital tributan a tipo único del 25% y es liberatorio, para mantener el secreto bancario, aunque parece que este uso está próximo a llegar a su fin515, En la actualidad existe un régimen transitorio que se inició en el 15% y que debe acabar en el 35% de retención en origen y que supone un pago liberatorio de este impuesto, en caso de que el tributante lo sea de otro estado miembro, el 75% de la cantidad retenida será transferida al estado de residencia efectiva516. Las ganancias de capital se añaden al resto de la renta a fin de determinar el tipo de gravamen aunque en algunos casos se aplica la exención de la mitad del beneficio517. Las actividades empresariales admiten compensación de pérdidas sin límite. Tributa entre el 23% (a partir de 10.000 €) y el 50% (a partir de 51.000 €) con 5 tramos518.

En Bélgica antes de 2007 rige el sistema global, la escala era de 6 tramos, los tipos oscilan entre el 25% y el 52%; a partir de ese año se ha reducido hasta el 50% pero a partir de una cantidad pequeña como es 30.210€, a este tipo hay que añadirle los recargos municipales. Las rentas de capital tributan al 25% en general, en concreto las acciones lo hacen a este tipo519 (15% en caso de los bonos)520. Las actividades económicas en IRPF tienen recargos municipales y locales entre el 0 y el 20%, además del recargo regional (que suele ser el 1%). Admite la compensación de pérdidas. El tipo oscila entre el 25% (desde el primer euro) y el 50% (a partir de 30.840 €)

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con 5 tramos de imposición521. El tipo para las rentas de capital explícitas es el 25%; las ganancias patrimoniales de inmuebles dependen del tiempo (entre el 0 y el 16,50%) y las de participaciones de capital están en función de la vinculación con la empresa (entre el 0 y el 16,50%)522.

Dinamarca desde 1987 estableció un sistema modular de acuerdo a la fuente de renta: Trabajo, tributa en 3 tramos entre el 50% y el 62%. Rentas de Capital e IS tributan al 50%. La deducción de los intereses dio lugar a que aun con tipos marginales máximos pudiese dar lugar a recaudaciones negativas523. A partir de 1994 vuelve al modelo sintético con tarifa progre-siva y tipo marginal del 61%. El actual sistema se denomina celular524en el que la tributación de las diferentes rentas se hace de forma separada.

Finlandia a partir de 1993 se integra en la CE, tiene en IRPF una escala de 7 tramos, con un tipo mínimo del 18%, uno máximo del 57%. Tributando las rentas de capital por el tipo del 25%. A partir de 2009, la escala es de 6 tramos, tipos entre el 17% y el 53%. Para rentas de capital y patrimoniales el tipo fijo es el 28%525. Las rentas de actividades económicas tributan progresivamente entre el 10,5% (a partir de 12.000 €) y el 33,50% (a partir de 59.600 €) repartido entre 5 tramos526y que la renta de actividades económicas está constituida por rentas del trabajo y el capital de manera que se aplica el sistema dual a cada parte de renta con el tipo que le corresponde.

Francia en 2002 la imposición sobre la renta tenía 6 tramos que van desde el 7.5% hasta el 52,75%. En 2009 tiene 5 tramos (5,50% y el tipo marginal máximo del 40%)527. Los beneficios empresariales son por evaluación global, similar a los módulos. Tiene un tipo único del 15% en intereses y los

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dividendos y ganancias patrimoniales van a tipo general528. Las plusvalías por transmisión de acciones tributan al 24%529.

Grecia también utiliza el modelo global con un marginal del 40% y el sistema de módulos para las actividades económicas530.

Holanda utiliza un modelo sintético, con una tarifa en 4 tramos que se eleva hasta el 52%, incluye la cotización a la seguridad social. Las rentas de capital y ganancias patrimoniales, tributa al 30%531salvo cuando la participación en la empresa es superior al 5% que se queda en el 25%532. Utiliza el modelo celular con tres categorías: renta ganada y de la vivienda habitual (tarifa progresiva), ganancias de capital (que incluye también las rentas de las participaciones de control en las empresas y que tributa al 25%) y rentas del ahorro que también incluye una imputación de rentas del 4% para todo el valor del patrimonio (están gravadas con un tipo fijo del 30%)533.

Irlanda tiene 2 tramos, uno al 20% y otro al 42%. Las rentas de capital al 22%, los dividendos de acciones a tipo general y las ganancias patrimoniales al 20%534. Aplica el sistema de Estimación Objetiva para las rentas agrícolas.

En 2009 en Italia esta vigente un impuesto con 5 tramos, del 18% al 45%. Utiliza el modelo global y la estimación objetiva. El tipo de actividades económicas es progresivo, tiene 3 tramos y oscila entre el 23% y el 39%535. Las rentas de capital al 12,5% si no es participación mayoritaria que tributa al tipo general536. Tiene tipos especiales para plusvalías y fondos537.

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Luxemburgo rige el sistema global, con los tipos más bajos de la CE, donde no tributan las rentas de...

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