El derecho a la educación y el principio de rehabilitación de la pena

AutorSonia Calaza López/José Carlos Muinelo Cobo
Páginas331-372
Capítulo 16
EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y EL PRINCIPIO
DE REHABILITACIÓN DE LA PENA
Sonia Calaza López
José Carlos Muinelo Cobo
1. INTRODUCCIÓN
En el año 2016, un buen número de Profesores, de Derecho, Economía, Filo-
sofía, Ciencia Política y Sociología, tanto de la UNED como de otras Universida-
des –Alcalá de Henares, Alicante, Barcelona, Canarias, Carlos III (Madrid), CEU,
ICADE, Navarra, País Vasco, Santiago de Compostela, Sevilla y Villanueva– hemos
creado un Grupo de Innovación Docente (GID): “Excelencia Universitaria: El Cono-
cimiento Crítico Transversal” (GID2016-11), con la finalidad de afrontar estudios
conjuntos sobre materias sensibles a nuestros estudiantes. En el año 2020 nos fue
concedido, por el Vicerrectorado de Digitalización e Innovación de la UNED, un
Proyecto de Innovación Docente (PID) con el título “Experiencias docentes con
colectivos vulnerables. El derecho a la educación y el principio de rehabilitación
de la pena”.
El contenido de este Proyecto de Innovación Educativa se encuentra orien-
tado a mejorar la calidad de los procesos de enseñanza/aprendizaje de un colec-
tivo vulnerable de nuestro alumnado, en concreto, los estudiantes con capacidades
especiales, de un lado, y los internos en centros penitenciarios, de otro. Estos estu-
diantes constituyen, sin ninguna duda, una línea estratégica de nuestra Universi-
dad, que cuenta no sólo con un Programa especial, integrado por un buen número
especialistas de distintas ramas del conocimiento científico, sino también por un
número creciente de Profesores, que nos ocupamos de mejorar la calidad de la
enseñanza de quiénes, por razón de sus propias barreras físicas o de su estancia
en prisión, no pueden acceder físicamente a las aulas de los centros asociados de
la UNED. Nuestro compromiso con el alumnado, en general, y con los colectivos
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JUSTICIA, REPARACIÓN Y REINSERCIÓN
vulnerables, en particular, ha de intensificarse, además, en supuestos como el que
presentamos, en el que la capacidad, esfuerzo y talento de los estudiantes han de
luchar contra barreras tan infranqueables como su discapacidad, los muros de la
prisión y el ambiente demoledor en el que desarrollan sus estudios universitarios.
La hipótesis o punto de partida es la incuestionable necesidad de acercar-
nos a los colectivos estudiantiles más vulnerables de la sociedad en una Universi-
dad, que en su caso, lo ha de ser “sin distancia”, para tratar de fomentar, potenciar
y mejorar sus capacidades, logrando, con ello, prestar un servicio a la sociedad,
mediante la reinserción de quiénes se encuentren en buenas condiciones y con
excelentes aptitudes para ello, sino también de recuperar o restaurar, acaso des-
cubrir “talentos” ocultos en personas que disponen de grandes cualidades y capa-
cidades para alcanzar ciertos objetivos laborales. Y no sólo por ser la UNED, una
Universidad pública destinada a todos los colectivos hemos de cumplir esta finali-
dad social, sino por un deber moral implícito a cualquier profesión. Así, los Profe-
sores universitarios hemos de conocer, en el marco docente, hasta dónde y cómo
podemos afrontar, guiar, explicitar y vencer las barreras de los alumnos con dificul-
tades para lograr el éxito académico y laboral siempre que ello sea posible.
Los antecedentes y estado actual del tema de investigación docente propuesto
se encuentran contenidos en las publicaciones científicas derivadas de nuestros
anteriores proyectos de innovación docente. Conviene, a este respecto, recordar
que la Constitución española establece en su artícu lo 25.1 que “nadie puede ser
condenado o sancionado por acciones u omisiones que en el momento de produ-
cirse no constituyan delito o infracción administrativa, según la legislación vigente
en aquel momento”. Este mismo precepto, en su apartado segundo, señala que “las
penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la
reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El con-
denado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los dere-
chos fundamentales de este capítulo, a excepción de los que se vean expresamente
limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley
penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los bene-
ficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al
desarrollo integral de su personalidad”.
Así, pues, tanto el acceso a la cultura, como el desarrollo integral de la personali-
dad de los internos en centros penitenciarios constituyen un mandato constitucional.
El artícu lo 27.5 de la Constitución señala, a su vez, que los poderes públicos garan-
tizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la
enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y creación de
centros docentes. Aún cuando tan sólo la enseñanza básica es obligatoria y gratuita,
por mandato del precepto 27.4 CE, lo cierto es que los internos en centros peniten-
ciarios gozan no sólo de un derecho a la enseñanza básica, con la mencionada gra-
tuidad, sino también, como no podía ser de otro modo, de un derecho a la educación
en las distintas etapas de la formación académica, incluida la universitaria.
EL DERECHO A LA EDUCACIÓN Y EL PRINCIPIO DE REHABILITACIÓN DE LA PENA
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La enseñanza o educación básica es la que garantiza, al menos, la alfabeti-
zación (leer, escribir y cálculo numérico). La enseñanza secundaria (bachillerato)
supone un mayor nivel de especialización e imprescindible formación para acce-
der a la Universidad. La UNED cuenta con un programa de acceso a la selectivi-
dad; otro para el acceso a la Universidad de mayores de 25; y otro, al fin, para idén-
tico acceso de los mayores de 45. Aún cuando este Grupo de Innovación Docente
recibe a los estudiantes ya en la etapa de la enseñanza universitaria, lo cierto es
que asiste a los exámenes de las etapas previas, momento que constituye una pri-
mera toma de contacto con los futuros estudiantes de nuestro Grado en Derecho.
La carrera de Derecho es, precisamente, la más estudiada entre los internos de los
Centros penitenciarios. Y ello muy probablemente por contener asignaturas (Dere-
cho penal, Derecho procesal, Derecho internacional, Derecho laboral, etc.) que
les ayudan a comprender el sistema penitenciario español; los elementos del ilí-
cito cometido; el proceso judicial en virtud del cual han sido condenados; y, al fin,
a superar este tránsito vital, esta etapa crucial que va desde la comisión de la actua-
ción delictiva hasta la ansiada reinserción.
Este Grupo de Innovación tiene como principal objetivo el análisis y segui-
miento de los estudiantes, en general, el de aquellos que se encuentran en una
situación de especial vulnerabilidad (así, los estudiantes discapacitados, los estu-
diantes privados judicialmente de capacidad, los estudiantes internos en centros
penitenciarios o los estudiantes con dificultades especiales por razón de trastornos
psíquicos o enfermedades físicas). En este concreto proyecto centraremos, priori-
tariamente, nuestra atención en los estudiantes internos en centros penitenciarios,
a los que haremos un seguimiento, con entrevistas personales y estudio de cuales
fueren los mejores métodos de aprendizaje universitario a distancia para lograr su
reinserción por la vía de la formación académica.
En la Universidad española hay, en el momento actual, 16.000 estudiantes con
discapacidad, más de la mitad de ellos lo son de la Universidad Nacional de Edu-
cación a Distancia (UNED).
La UNED cuenta no sólo con avanzadas y específicas tecnologías de la infor-
mación y de la comunicación (TICs), preparadas para este colectivo, sino, funda-
mentalmente, con equipos humanos destinados, en exclusiva, a la atención, segui-
miento, control y apoyo a las personas con discapacidad.
El Centro de Atención a Universitarios de la UNED (UNIDIS) es el órgano
encargado de dotar al alumno de una plataforma educativa real y virtual sin límites,
de suerte que su función se centre exclusivamente en el estudio de sus materiales
didácticos. La labor de mediación entre el estudiante y los diferentes departamen-
tos y servicios universitarios, tanto docentes como administrativos, para la adap-
tación de los procesos enseñanza-aprendizaje y de evaluación a las necesidades
derivadas de la discapacidad o la diversidad funcional funciona realmente bien.
Además del equipo humano formado por UNIDIS, con todo tipo de profesiona-

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