El derecho colaborativo

AutorDaniela Horvitz Lennon
Cargo del AutorUniversidad de Chile Horvitz & Horvitz Abogados Santiago-Chile
Páginas281-286
EL DERECHO COLABORATIVO
Daniela Horvitz Lennon
Universidad de Chile
Horvitz & Horvitz Abogados
Santiago- Chile
I CONTEXTUALIZACION TEMPORAL
Para efecto de comprender la legislación, y la práctica, del Derecho de Familia
en Chile, resulta imprescindible una pequeña reseña histórica en cuanto a su
evolución.
Aunque parezca muy sorprendente para la mayoría, recién a partir del año
2004 en Chile existe el divorcio vincular.
Hasta el año 2004, no solo no existía el divorcio, sino que el Derecho de
Familia no era conocido como tal.
Los juicios de protección a menores, tuición, alimentos y visitas eran de com-
petencia de los llamados Juzgados de Menores, los cuales operaban según un pro-
cedimiento completamente escrito (igual al civil y comercial) con muy pocas nor-
mas especiales.
Recién el año 2004 se crean los llamados Tribunales de Familia, con un proce-
dimiento especialísimo, y en que la competencia dice relación con todas las mate-
rias relacionadas al ámbito familiar. Para graficar la diferencia, y a modo ejemplar,
si en los juzgados de menores habían 8 jueces para la jurisdicción de Santiago (ca-
pital), en los Tribunales de Familia de la misma zona hoy existen 52 jueces.
La tardía implementación del sistema de justicia de familia en Chile, tuvo
la ventaja que recogió varias instituciones ya depuradas de las legislaciones

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