Derecho civil: responsabilidad civil extracontractual por enfermedades ocasionadas por el amianto

AutorMaría Ángeles Parra Lucán
Páginas535-557
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2021
MARÍA ÁNGELES PARRA LUCÁN, Derecho civil…”
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XX
Derecho civil: responsabilidad civil
extracontractual por enfermedades ocasionadas por
el amianto *
MARÍA ÁNGELES PARRA LUCÁN
SUMARIO: 1. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL POR
ENFERMEDADES OCASIONADAS POR LA EXPOSICIÓN AL
AMIANTO (STS, SALA PRIMERA, 141/2021, DE 15 DE MARZO). 2.
EL AMIANTO, SU USO INDUSTRIAL, SU PROHIBICIÓN Y LA
FÁBRICA DE CERDANYOLA DEL VALLÉS. 2.1. El uso industrial del
amianto y su prohibición. 2.2. La planta de Cerdanyola del Vallés. 2.3.
Breve referencia al marco normativo español sobre el asbesto. 2.4.
Conclusiones obtenidas del conjunto normativo expuesto. 3.
FUNDAMENTO DE LA RESPONSABILIDAD DE URALITA. 3.1.
Responsabilidad por culpa. 3.2. Responsabilidad frente a los pasivos
ambientales. 3.3. Responsabilidad frente a los pasivos domésticos. 4. LOS
DAÑOS INDEMNIZABLES. 4.1. La compatibilidad entre las acciones
ejercitadas en concepto de heredero (iure hereditatis) y las entabladas en
concepto de perjudicado (iure propio). 4.2. Cuantía de las
indemnizaciones. 4.2.1. Moderación de la indemnización en caso de
muerte sobrevenida. 4.2.2. Utilización del baremo del automóvil. 4.3. El
perjuicio estético. 4.4. Las placas pleurales.
* orcid.org/0000000297049948
Trabajo realizado en el marco del Proyecto de Investigación del Ministerio de Ciencia e
Innovación PID2019-108844RB-I00 y del Grupo de investigación de referencia de la
Universidad de Zaragoza DE IURE, S26_17R.
OBSERVATORIO DE POLÍTICAS AMBIENTALES 2021
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RESUMEN: La sentencia 141/2021, de 15 de marzo, del Pleno de la Sala Primera del
Tribunal Supremo, ha confirmado que Corporación Industrial de
Materiales de Construcción S.A. (antes Uralita) debe pagar
indemnizaciones por los daños causados por la actividad industrial que la
empresa desarrolló en Cerdanyola del Vallés (Barcelona) entre 1907 y
1997. Se indemniza a familiares de trabajadores de la planta que sufrieron
daños por el lavado en casa de la ropa de trabajo (exposición doméstica) y
se indemniza también a vecinos que vivían en las proximidades de la
fábrica y que han sufrido daños por la contaminación ambiental
(exposición ambiental).
ABSTRACT: Judgment 141/2021, of March 15, of the Plenary of the First Chamber of
the Supreme Court, has confirmed that Corporación Industrial de
Materiales de Construcción S.A. (formerly Uralita) must pay
compensation for the damages caused by the industrial activity that the
company carried out in Cerdanyola del Vallés (Barcelona) between 1907
and 1997. Compensation is given to relatives of plant workers who
suffered damage from washing at the home of the work clothes (domestic
exposure) and compensation is also paid to neighbors who lived in the
vicinity of the factory and who have suffered damage from environmental
pollution (environmental exposure).
PALABRAS CLAVE: Responsabilidad extracontractual. Enfermedades ocasionadas por
el amianto.
KEYWORDS: Tort liability. Diseases caused by asbestos.
1. RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL POR
ENFERMEDADES OCASIONADAS POR LA EXPOSICIÓN
AL AMIANTO (STS, SALA PRIMERA, 141/2021, DE 15 DE
MARZO)
La sentencia 141/2021, de 15 de marzo, del Pleno de la Sala de lo Civil
del Tribunal Supremo, resuelve los recursos interpuestos en el litigio iniciado
por 43 personas contra Uralita, S.A., por los daños sufridos a causa de la
actividad industrial que esta empresa desarrolló en Cerdanyola del Vallés
(Barcelona), entre 1907 y 1997, consistente en la fabricación de elementos
para la construcción mediante el uso de amianto.

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